DECRETO Nº 4164-2016

Crea el Programa Tarjeta Joven en la órbita de la Dirección General de Juventud del Ministerio de Desarrollo Social

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en B.O. Nº 3236 del 16-12-16.-

Dictado el 01-12-16.-

Operador del Digesto: Y.A.C.-

 

Artículo 1º.- Créase el Programa Tarjeta Joven en la órbita de la Dirección General de Juventud del Ministerio de Desarrollo Social, que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto.-

 

Artículo 2º.-Apruébase los modelos de Actas de Adhesión que como Anexo II forman parte integrante del presente Decreto y autorízase al Señor

Director General de Juventud a suscribir las mismas.-

 

Artículo 3º.-Las imputaciones de las erogaciones serán con cargo a las partidas asignadas del presupuesto correspondiente.-

 

ANEXO I

 

Denominación

Programa Provincial Tarjeta Joven.

 

Finalidad

Tiene por finalidad aglomerar y brindar en forma ordenada todos los servicios y acciones de la Dirección General de Juventud, el Ministerio de Desarrollo Social y las Agencias Juveniles Municipales. También generar en todo el territorio provincial, y en la urbes más elegidas por nuestros jóvenes fuera de la provincia, servicios en condiciones preferenciales con comerciantes, entidades intermedias y profesionales.

 

Objetivo General

Brindarle a los Jóvenes pampeanos entre 14 y 30 años, una coordinada y ordenada oferta de programas, beneficios, servicios y condiciones preferenciales con el sector privado en todo el territorio de la provincia de La Pampa y en las urbes más elegidas por ellos fuera de la provincia.

 

Objetivo Específico

Brindar mediante un catálogo mensual, en forma coordinada y ordenada todos los beneficios y condiciones preferenciales.

Generar en una única base de datos, toda la información de los jóvenes pampeanos, mediante la adhesión al registro único de Beneficiarios y Aspirantes a beneficios sociales del Ministerio de Desarrollo Social.

Consolidar la mayor cantidad y calidad de beneficios preferenciales a los bienes y servicios demandados por los jóvenes a través de convenios celebrados con el sector privado.

 

Beneficiarios

Todos los jóvenes pampeanos entre 14 y 30 años que se encuentren dentro y fuera del territorio provincial.

 

Beneficiarios Menores de Edad

Los jóvenes pampeanos que aún no han cumplido los 18 años, menores de edad conforme lo dispuesto por el artículo 25 del Código Civil y Comercial de la Nación, podrán acceder al beneficio del presente programa siempre que ejerzan sus derechos a través de su representante legal.

La solicitud de incorporación al Programa Tarjeta Joven necesariamente deberá estar rubricada por su representante legal. Dicha intervención implicará la aceptación del contenido del mencionado Programa en todos sus términos, para producir sus efectos respectivos.

 

Plan de Acción

El plan de acción cuenta con cinco etapas.

 

Primera Etapa:

DIFUSIÓN, SOLICITUD Y ENTREGA DE TARJETA JOVEN

Los jóvenes beneficiarios de este programa podrán solicitar su Tarjeta Joven recurriendo a los siguientes lugares:

Dirección General de Juventud, San Martín 534, Santa Rosa, La Pampa.

Casa de la Juventud Pampeana en Córdoba, Crisol 168, Bº Nueva Córdoba, Córdoba.

Agencias Juveniles Municipales, ubicadas en 55 Municipalidades de la provincia.

Mediante el sitio Web desde cualquier punto del país.

Una vez solicitada por cualquiera de las vías, se enviará a cada beneficiario en el transcurso de 10 días. Con esta solicitud el beneficiario queda registrado en la base de datos interna de la Dirección General de Juventud y posteriormente en el registro Pilquen.

 

Segunda Etapa:

CONVENIOS DE CONDICIONES PREFERENCIALES CON SECTOR PRIVADO

El segundo segmento del programa Tarjeta Joven consiste en la propuesta y adhesión del sector privado al programa. Por medio de los promotores de Tarjeta Joven se visitarán comercios, entidades y profesionales de toda la provincia y fuera de ella, llevándoles la propuesta de adhesión al programa.

La propuesta consiste en obtener para el joven un descuento en los bienes y/o servicios que brinda el comercio adherido, asegurándose el comerciante como potenciales clientes los beneficiarios de Tarjeta Joven y accediendo a la publicidad y promoción en los catálogos de comercios adheridos emitido mensualmente.

Resultados Esperados: obtener una suma cada vez mayor de beneficios para los jóvenes y conseguir un buen sistema de información de las demandas de los mismos para ayudarlos cada día más.

 

Tercera Etapa:

DIFUSIÓN DE BENEFICIOS Y PUESTA EN MARCHA DE CATALOGO GEOREFERENCIADO

Se difundirá mensualmente el catálogo con todos los beneficios en formato papel, virtual y por medio de App oficial georeferenciada.

Se pretende llegar a los beneficiarios en forma inmediata con todos los descuentos y actualizaciones de la mejor manera. Todos los meses se colgará en la Web el catalogo para consultas, se enviará vía E-mail y se contará con la aplicación para descargar en Smartphone, que brindará la georeferencia de los beneficios en todo momento y desde cualquier punto del país. Por último, se distribuirá a los comercios y Agencias Juveniles los Catálogos formato papel para consultas y asesoramientos.

La publicidad es una herramienta crucial de este programa ya que es el medio de conexión en la relación privado-beneficiario.

 

Cuarta Etapa:

CONTROL Y ADMINISTRACIÓN DE BENEFICIOS

Una vez completada la adhesión y ya emitida la tarjeta, se realizará un control sobre el acceso preferencial y el cumplimiento de los términos establecidos en los convenios, como también de la calidad de los servicios y/o bienes a los que acceden los jóvenes.

Para llevar el control sobre el cumplimiento de los convenios se habilitarán los mismos canales de inscripción como canales de control de calidad por parte de los usuarios, donde pueden hacer llegar sus reclamos y opiniones sobre el cumplimiento y la calidad de la oferta. De esta manera se logra no sólo acceder al conocimiento del cumplimiento o incumplimiento de los convenios firmados, sino también a un sondeo sobre la calidad de los mismos por parte de los beneficiarios.

Estos canales son:

Dirección General de Juventud, San Martín 534, Santa Rosa, La Pampa.

Casa de la Juventud Pampeana en Córdoba, Crisol 168, Bº Nueva Córdoba, Córdoba.

Agencias Juveniles Municipales.

Mediante sitio Web desde cualquier punto del país.

Completada la primera parte, es decir, el cumplimiento de las actas de adhesión y el control de calidad de los bienes y servicios, se procederá con la administración de las propias actas firmadas.

 

Quinta Etapa:

ADHESIÓN AL REGISTRO ÚNICO DE BENEFICIARIOS Y ASPIRANTES DEL MDS. SISTEMA PILQUÉN

Adhiriendo al sistema se contará con soporte informático de calidad para la carga y procesamiento de los datos de los jóvenes adheridos, bajo legislación que proteja la información de acuerdo a las normativas vigentes.

Una vez adheridos al sistema la información podrá ser organizada de la debida forma teniendo en cuenta la masividad de los beneficiarios que acceden a Tarjeta Joven. Esto multiplicado por la cantidad de bienes y servicios a los que accederán genera una gran cantidad de variables con las que deben trabajarse, por eso la necesidad de contar con un software desarrollado específicamente para la actividad.

 

Sexta Etapa:

ANÁLISIS ESTADÍSTICO PARA DISEÑO DE POLÍTICAS

Con los datos almacenados en “Pilquen” se realizarán análisis del comportamiento de los jóvenes, con especial énfasis en sus demandas, para poder mejorar las decisiones políticas que se tomen desde la Dirección de Juventud como también la elaboración de programas o el refinamiento de los mismos en el año venidero.

Tener una base de información tan amplia, que permita trabajar con información fiel sobre una cantidad de casos tan extensa sin dudas mejorará la comprensión que de los jóvenes se tiene, y al perfeccionar la materia prima sobre la que se elaborarán las políticas mejorará sin duda la calidad de los servicios que se brindan desde el Gobierno de La Pampa a la juventud.

 

ANEXO II

ACTA DE ADHESIÓN DE BENEFICIOS TARJETA JOVEN

PROFESIONALES

 

OBJETO: El presente acta de adhesión tiene por objeto enumerar los beneficios y condiciones que los profesionales adheridos brindan en el marco de los beneficios institucionales del Programa Provincial Tarjeta Joven, aprobado por Decreto Nº ……../16, que la Dirección General de Juventud, dependiente de la Subsecretaria de Juventud, Deporte, Recreación y Turismo Social, del Ministerio de Desarrollo Social - Gobierno de la Provincia de La Pampa, gestiona para facilitar la integración de los jóvenes pampeanos residentes dentro y fuera de la provincia mediante la puesta a disposición de servicios y atenciones con condiciones preferenciales.

 

BENEFICIOS: A tal efecto el PROFESIONAL ADHERIDO otorgará a los jóvenes pertenecientes al programa TARJETA JOVEN, un BENEFICIO que consiste en condiciones preferenciales para la adquisición de los servicios que ofrece, y se establecen los siguientes descuentos sobre el honorario profesional mínimo establecido por el Colegio correspondiente, según sea la prestación. A tal efecto el PROFESIONAL ADHERIDO brindará la atención propia de su especialidad a los usuarios otorgándoles un BENEFICIO que consiste en:

 _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

 

 

El honorario profesional que se toma como base de cálculo es el establecido por el colegio profesional correspondiente y publicado en su página web, y se accederá por el siguiente medio de pago:

EFECTIVO TARJETA DE CRÉDITO TARJETA DE DÉBITO OTROS ________________________________

 

Por su parte la Dirección General de Juventud dará difusión, de la presente adhesión por los medios con los que cuenta (cartelera, pagina web, fan page, comunicación directa, catalogo físico y virtual, App oficial de rastreo de beneficios, etc.). A los fines de publicitar y dar a conocer al profesional entre los miles de beneficiarios de Tarjeta Joven, potenciales clientes.

 

BENEFICIARIOS: Se considera BENEFICIARIO a todo usuario de Tarjeta Joven (pampeanos de entre 14 y 30 años que residan dentro y fuera del territorio provincial) expedida por la Dirección General de la Juventud. Al efecto de contar con los beneficios que ofrece el profesional y sus servicios en razón de la presente adhesión, los beneficiarios deberán acreditar su condición de tales mediante la exhibición de la Tarjeta Joven, complementándola con su identificación personal, para constatar identidad.

 

DATOS DEL PROFESIONAL ADHERIDO

Razón social o denominación del profesional: _______________ CUIT_______

Nombre y Apellido del profesional: _________________ DNI ________________ Domicilio del Profesional: _____________ Localidad: ________C.P: ____ Teléfono fijo: ____________ Móvil: ______________ E-mail: ___________________________________________

 

VIGENCIA

La presente adhesión permanecerá vigente hasta tanto sean modificados los beneficios o las condiciones de adhesión por parte del Profesional o de la Dirección General de Juventud, y sean comunicados al interesado. En caso de modificarse alguno de los datos de contacto, así como toda otra información relevante en relación a los beneficios aquí enunciados deberá ser comunicada a las oficinas de la Dirección General de Juventud, personal, telefónicamente, o bien mediante correo electrónico: tarjetajovenlapampa@gmail.com

 

_____________                                                                                                                                                                                                                                                                                        _____________

Profesional Adherido                                                                                                                                                                                                                              Dirección General

de Juventud

 

ADHESIÓN DE BENEFICIOS TARJETA JOVEN

COMERCIOS

 

OBJETO

El presente acta de adhesión tiene por objeto enumerar los beneficios y condiciones que los comercios adheridos brindan en el marco de los beneficios institucionales del Programa Provincial Tarjeta Joven, aprobado por Decreto Nº ……../16, que la Dirección General de Juventud, dependiente de la Subsecretaría de Juventud, Deporte, Recreación y Turismo Social, Ministerio de Desarrollo Social - Gobierno de la Provincia de La Pampa, gestiona para facilitar la integración de los jóvenes pampeanos residentes dentro y fuera de la provincia mediante la puesta a disposición de servicios y atenciones con condiciones preferenciales.

 

BENEFICIOS

A tal efecto el COMERCIO ADHERIDO otorgará a los jóvenes pertenecientes al programa TARJETA JOVEN, un BENEFICIO que consiste en las siguientes condiciones preferenciales en la adquisición de los bienes y servicios que ofrece:

_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

 

Los descuentos se aplicarán sobre el precio comercial de venta al público de todos los productos que ofrece el comercio, con el siguiente medio de pago:

EFECTIVO TARJETA DE CRÉDITO TARJETA DE DÉBITO OTROS ________________________________________

Por su parte la Dirección General de Juventud dará difusión, de la presente adhesión por los medios con los que cuenta (cartelera, pagina web, fan page, comunicación directa, catalogo físico y virtual, App oficial de rastreo de beneficios, etc.). A los fines de publicitar y dar a conocer al comercio entre los miles de beneficiarios de Tarjeta Joven, potenciales clientes.

 

BENEFICIARIOS

Se considera BENEFICIARIO a todo usuario de Tarjeta Joven (pampeanos de entre 14 y 30 años que residan dentro y fuera del territorio provincial) expedida por la Dirección General de la Juventud. Al efecto de contar con los beneficios que ofrece el comercio en razón de la presente adhesión, los beneficiarios deberán acreditar su condición de tales mediante la exhibición de la Tarjeta Joven, complementándola con su identificación personal, para constatar identidad.

DATOS DEL COMERCIO ADHERIDO

Razón social o denominación del comercio ___________ CUIT______

Nombre y Apellido de la persona a cargo: ___________________ DNI ___________ Domicilio del Comercio: ____________ Localidad: ________ C.P: ____ Teléfono fijo: ________ Móvil: __________________ E-mail: _________________________________________

  

VIGENCIA

La presente adhesión permanecerá vigente hasta tanto sean modificados los beneficios o las condiciones de adhesión por parte del Comercio o de la Dirección General de Juventud, y sean comunicados al interesado. En caso de modificarse alguno de los datos de contacto, así como toda otra información relevante en relación a los beneficios aquí enunciados deberá ser comunicada a las oficinas de la Dirección General de Juventud, personal, telefónicamente, o bien mediante correo electrónico: tarjetajovenlapampa@gmail.com

 

_____________                                                                                                                                                                                                                                                                                        _____________

Persona a cargo del                                                                                                                                                                                                                               Dirección General

Comercio Adherido                                                                                                                                                                                                                                de Juventud

 

ADHESIÓN DE BENEFICIOS TARJETA JOVEN

ENTIDADES

 

OBJETO: El presente acta de adhesión tiene por objeto enumerar los beneficios y condiciones que las entidades adheridas brindan en el marco de los beneficios institucionales del Programa Provincial Tarjeta Joven, aprobado por Decreto Nº ……../16, que la Dirección General de Juventud, dependiente de la Subsecretaria de Juventud, Deporte, Recreación y Turismo Social, Ministerio de Desarrollo Social - Gobierno de la Provincia de La Pampa, gestiona para facilitar la integración de los jóvenes pampeanos residentes dentro y fuera de la provincia mediante la puesta a disposición de servicios y atenciones con condiciones preferenciales.

 

BENEFICIOS: A tal efecto LA ENTIDAD ADHERIDA brindará a los jóvenes pampeanos, un BENEFICIO que consiste _____________________________ varían según el servicio y aplicado al precio previsto para el público en general. Cualquier modificación en los BENEFICIOS aquí acordaos será comunicada a la Dirección General de Juventud de La Pampa, personalmente o mediante correo electrónico con una antelación no menos a 30 (treinta) días de su implementación, a los fines de que la Dirección pueda comunicar tales cambios a sus BENEFICIARIOS. Asimismo cualquier modificación respecto a los datos de los profesionales que brindan servicios en cualquiera de las vías formales anunciadas. Las bonificaciones se aplican para todos los SERVICIOS QUE BRINDA LA ENTIDAD.

Por su parte la Dirección General de Juventud dará difusión, de la presente adhesión por los medios con los que cuenta (cartelera, pagina web, fan page, comunicación directa, catalogo físico y virtual, App oficial de rastreo de beneficios, etc.). A los fines de publicitar y dar a conocer al comercio entre los miles de beneficiarios de Tarjeta Joven, potenciales clientes. BENEFICIARIOS: Se considera BENEFICIARIO a todo usuario de Tarjeta Joven (pampeanos de entre 14 y 30 años que residan dentro y fuera del territorio provincial) expedida por la Dirección General de la Juventud. Al efecto de contar con los beneficios que ofrece LA ENTIDAD en razón de la presente adhesión, los beneficiarios deberán acreditar su condición de tales mediante la exhibición de la Tarjeta Joven, complementándola con su identificación personal, para constatar identidad. La relación ENTIDAD- BENEFICIARIO será regida por las normas éticas y legales que regulan dicha relación, sin intervención alguna por parte de la Dirección General de Juventud de La Pampa. La responsabilidad emergente de la relación BENEFICIARIO-ENTIDAD no implica intervención o vínculo alguno con la Dirección, ya que el presente solo tiene por objeto brindar beneficio de descuento a los BENEFICIARIOS y publicitar dichos beneficios brindados por la ENTIDAD adherida.

 

DATOS DE LA ENTIDAD ADHERIDA

Razón social o denominación de la entidad: __________ CUIT______________________

Nombre y Apellido de la persona a cargo: ___________________ DNI_______________ Domicilio de la Entidad: _________ Localidad: __________ C.P:___Teléfono fijo: ____________ Móvil: _____________

E-mail: ______________________________­­­­­

 

VIGENCIA: La presente adhesión permanecerá vigente hasta tanto sean modificados los beneficios o las condiciones de adhesión por parte del Comercio o de la Dirección General de Juventud, y sean comunicados al interesado. En caso de modificarse alguno de los datos de contacto, así como toda otra información relevante en relación a los beneficios aquí enunciados deberá ser comunicada a las oficinas de la Dirección General de Juventud, personal, telefónica mente, o bien mediante correo electrónico: tarjetajovenlapampa@gmail.com

 

______________                                                                                                                                                                                                                                                                                                 _____________

Persona a cargo                                                                                                                                                                                                                                    Dirección General

de la Entidad                                                                                                                                                                                                                                       de Juventud