Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
Otórguese suplemento “Estímulo Diciembre” a personas comprendidas Art. 34 Ley Nº 3
Art. 1º.- Otórgase un suplemento denominado “Estímulo Diciembre” por esta única vez, cuyo monto será de $ 450,00 por persona, a las contrataciones efectuadas por aplicación del artículo 34 inciso C) subinciso 5) apartado i) de la Ley Nº 3 modificada por la Norma Jurídica de Facto Nº 930, incluídos en el presente Decreto.-