Decreto Nº 3745-2020
Habilítanse las Colonias de Vacaciones y Natatorios Públicos.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O. 3444 del 11-12-20.-
Dictado el 11-12-20.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1º.-HABILÍTANSE, en el marco del artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 956/20, las actividades de las denominadas "COLONIAS DE VACACIONES" y los "NATATORIOS PÚBLICOS", en todo el ámbito de la Provincia de La Pampa.
Artículo 2°:Las personas que se encuentren alcanzadas por las habilitaciones dispuestas por el artículo anterior deberán cumplir con los "PROTOCOLOS SANITARIO EPIDEMIOLÓGICOS" que como ANEXO I y ANEXO II, integran y se dan por aprobados por el presente.
Artículo 3°.-DÉJASE ESTABLECIDO que previa evaluación epidemiológica y sanitaria las habilitaciones establecidas por el artículo 1° del presente podrán modificarse, suspenderse o reanudarse, en forma total o parcial, por esta Autoridad Provincial.
Artículo 4º.-ÍNSTASE a los comprovincianos y a la población pampeana en general aactuar con compromiso, solidaridad y responsabilidad social, acatando las formas, condiciones y modalidades aconsejadas y las recomendaciones de las Autoridades Sanitarias Nacional y Provincial, teniendo en cuenta que la pandemia provocada por el Coronavirus –COVID 19-involucra cuestiones sensibles de salud de toda la población.
Artículo 5°.-Las autoridades municipales y comunales, en el marco de lo normado por el artículo 28 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 956/20, en coordinación con las autoridades competentes provinciales, dispondrán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar las medidas dispuestas en el presente.
Artículo 6º.-El presente Decreto entrará VIGENCIA a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 7º.-El presente Decreto será refrendado por todos los Señores Ministros.
ANEXO I
PROTOCOLO SANITARIO EPIDEMIOLÓGICO PARA LAS COLONIAS DE VACACIONES
1.-HORARIO PERMITIDO
De lunes a viernes en la franja horaria máxima de 08:00 horas a 20:00 horas
2.-MEDIDAS GENERALES –MEDIDAS DE PROTECCIÓN
2.1. Previo al inicio de la actividad se brindará una charla informativa a los padres, tutores y asistentes a la colonia, sobre el presente protocolo y los cuidados a tener y la forma de proceder durante la actividad. De ser posible la charla se hará vía remota. En caso de ser presencial se deberán mantener las medidas de distanciamiento.
2.2. Se capacitará al personal sobre las normas de cuidado establecidas y protocolos vigentes para evitar el contagio de Covid-19
2.3. Todo el personal que se desempeñe en la institución deberá exigir el cumplimiento de protocolo.
2.4. Se dispondrá de cartelería visible indicando las medidas preventivas, como la correcta higiene de manos y la apropiada higiene respiratoria
2.5. El ingreso y egreso, de asistentes y del personal, estará bajo la supervisión de personal de la institución
2.6. El ingreso y la salida de los grupos deberá llevarse a cabo por diferentes sectores. En caso de no tener estructura disponible, se realizará de manera escalonada respetando diferentes horarios a fin de evitar aglomeraciones.
2.7. El personal de ingreso debe controlar la temperatura corporal, de asistentes y del personal. Asimismo, debe desinfectar las manos con alcohol al 70%.
2.8. Se deberán demarcar en forma clara las áreas de trabajo de los responsables de la actividad.
2.9. Los padres no ingresarán al predio, a excepción de aquellas instituciones en las que necesariamente se deba ingresar con vehículo, en tal caso, los padres no pueden bajarse del mismo.
2.10. Evitar saludar con contacto físico
2.11. En todo momento se debe promover y respetar el distanciamiento mínimo y obligatorio de 2 metros.
2.12. Adoptar medidas de higiene respiratoria, al toser o estornudar taparse la boca o nariz con pañuelo descartable y de no contar con este elemento, utilizar el pliegue del codo
2.13. En caso que alguna persona afectada a la colonia (asistente o personal) presenten síntomas compatibles con Covid-19 se deberá informar de manera inmediata al responsable, debiendo aislarse al grupo al cual pertenece la persona hasta conocer el resultado del test. En caso de resultar positivo de Covid -19 se aislara al grupo durante 14 díasconsecutivos al último contacto. Si es negativo el resto del gripo puede volver a la colonia.
3.-CAPACIDAD
3.1. La totalidad de las actividades deben realizarse, preferentemente, al aire libre.
3.2. En espacios cerrados la capacidad de ocupación máxima permitida es del 50% de la capacidad de ocupación total.
3.3. En caso de ambientes cerrados se deben ventilar de manera constante y forma natural. En lo posible mantener puertas y ventanas abiertas durante todo el desarrollo de la actividad. No usar ventilación mecánica.
4.-DEL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD
4.1. Las actividades solo podrán realizarse con reserva de vacante. No podrán realizar la actividad quienes no se encuentren previamente inscriptos para ello
4.2. Se aconseja diagramar diferentes turnos y grupos durante el transcurso de la franja horaria permitida. 4.3. Cada turno tendrá una duración máxima de 3 horas.
4.4. Podrán funcionar con niñas y niños desde los 4 años de edad.
4.5. Las actividades se deben organizar en grupos de no más de 10 personas, los que trabajarán bajo el método ―burbuja‖. Las burbujas no pueden interactuar entre ellas.
4.6. Preferentemente, los grupos asignados a una burbuja, así como el personal a cargo deberá mantenerse durante toda la temporada.
4.7. Las actividades se deben organizar de la manera de evitar la superposición de personas para ejecutar los procedimientos y permitir el distanciamiento de dos metros entre ellos.
4.8. Las actividades en la pileta se limitarán a la enseñanza y aprendizaje de natación regida por los protocolos de ese deporte. No se permite realizar actividades en el agua que impliquen juegos masivos.
4.9. Es obligatorio, en todo momento, la utilización del cubre nariz, boca y mentón o mascara, excepto cuando por la actividad de que se trate se aconseje su no utilización.
4.10. Cada asistente a la colonia deberá llevar sus propios elementos para hidratarse durante el desarrollo de la actividad. El predio deberá contar con dispenser de agua para reposición, pero no podrá disponer de vasos u otros elementos que pudieran compartirse.
4.11. Cada asistente deberá asistir a la colonia con su toalla individual y alcohol en gel o pulverizador con alcohol al 70%, elementos que no pueden compartirse.
4.12. No se permite el uso de vestuarios, sólo estarán disponibles los baños para uso de necesidades fisiológicas básicas, los que deberán permanentemente ser higienizados y desinfectados.
4.13. A fin de llevar un estricto control de trazabilidad, es OBLIGATORIOllevar una planilla -en formato digital u
otro-en la que consten los datos identificatorios de cada persona que ingrese al predio, día y horario de presencia en el complejo.
4.14. En ningún caso se permite la presencia de público ni de personas ajenas a la actividad
4.15. Se debe disponer de insumos necesarios para la limpieza, desinfección e higiene de manos; alcohol en gel y toallas de papel distribuidos estratégicamente en todo el predio. Disponer de tal forma que el usuario contacte el elemento fácilmente.
4.16. Cada miembro del personal tendrá su propio rociador de alcohol sanitizante en todo momento.
4.17. No compartir material acuático ni utensilios, vajillas, mates, cubiertos o cualquierotro elemento.
4.18. Se recomienda limpiar y desinfectar de manera intensa y frecuente los equipos y herramientas que se utilicen.
4.19. Para abonar la actividad y/o servicio se recomienda el uso de pagos electrónicos.
4.20. En el predio deberán disponer tachos de residuos, sin tapas, para descartar pañuelos de papel y otros desechos.
4.21. Los residuos deberán ser descartados la finalizar cada turno. Al finalizar la jornada serán desinfectados
4.22. Al finalizar la actividad de un turno, se deben desinfectar de manera profunda todo los elementos y el espacio utilizado.
4.23. Se PROHÍBE la realización de campamentos y actividades de convocatoria masiva y/o extra colonia, como pernoctadas.
No deben acudir a desarrollar actividades aquellas personas que:
Presenten síntomas de manera aguda tales como: dificultad respiratoria, fiebre, tos, dolor muscular, dolor de garganta, rinorrea (secreción acuosa o mucosa de los orificios nasales), diarrea, alteración del olfato o del gusto. Hayan estado en contacto con un caso sospechoso o confirmado de COVID19 en los últimos 14 días y no tengan el alta sanitaria de esta situación.Se encuentren en aislamiento indicado por la autoridad sanitaria
ANEXO II
PROTOCOLO SANITARIO EPIDEMIOLÓGICO PARA PILETAS PÚBLICAS
1.-HORARIO PERMITIDO
De lunes a domingos en la franja horaria máxima de 08:00 horas a 20:00 horas
2.-MEDIDAS GENERALES –MEDIDAS DE PROTECCIÓN
2.1. Al inicio de cada jornada se debe desinfectar el complejo en su totalidad, prestando especial atención alas zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes
2.2. Se deberán demarcar claramente las áreas de espera y las de ingreso y egreso. Siempre que sea posible, los puntos de ingreso serán distintos a los puntos de egreso con la finalidadde reducir el aglomeramiento de personas.
2.3. El ingreso y egreso, de asistentes y del personal, estará bajo la supervisión de personal de la institución.
2.4. Hasta el ingreso a las instalaciones se deberá utilizar, obligatoriamente, cubre nariz, boca y mentón o máscara.
2.5. La conducta de higiene será obligatoria en todo momento, en caso de toser o estornudar, hacerlo cubriéndose con el pliegue del codo, para evitar propagación de fluidos.
2.6. Evitar saludar con contacto físico
2.7. En todo momento se debe respetar el distanciamiento mínimo y obligatorio de 2 metros.
2.8. No compartir material acuático ni utensilios, vasos, vajillas, mates o cualquier otro elemento
2.9. Se debe proveer de dispensadores con alcohol en gel o soluciones desinfectantes para manos, distribuidos en todo el establecimiento y de manera accesible a asistentes y personal.
2.10. La señalización se usará para delimitar espacios, distancias de seguridad, flechas para control de circulación y dirección. Responderá a una estrategiapara evitar entrecruzar personas y distancia personal que reduzca el riesgo de exposición y propagación del Covid-19.
2.11. No podrá ingresar al establecimiento ningún trabajador enfermo. Diariamente se tomará la temperatura de cada empleado al ingreso al establecimiento.
2.12. Todo el personal que se desempeñe en la institución deberá exigir el cumplimiento de protocolo.
3 CAPACIDAD
3.1. El aforo permitido de asistencia de gente a piletas públicas es del 50% del máximo total permitido, siempre que ese porcentaje permita garantizar el distanciamiento social.
3.2. Fuera la piscina deberán establecerse cuadrantes de no más de 16 metros cuadrados, con una separación entre cuadrantes de 3 metros.
3.3. En cada cuadrante no puede haber más de 6 personas, las cuales deberán mantener distanciamiento social de 2 metros
4.-DEL ESTABLECIMIENTO
4.1. A fin de llevar un estricto control de trazabilidad, es OBLIGATORIOllevar una planilla -en formato digital u otro-en la que consten los datos identificatorios de cada persona que ingrese al predio, día y horario de presencia en el complejo.
4.2. Los complejos natatorios deben contar con un enfermero profesional y disponer de botiquín de primeros auxilios.
4.3. Se debe contar con cartelería en espacios estratégicosque contengan las medidas de bioseguridad presente en los protocolos.
4.4. Preferentemente se deberá trabajar con el sistema de reserva previa
4.5. No están permitidos los juegos en el agua ni el uso de material auxiliar de juegos ni accesorios.
4.6. La pileta tendrá subdivisiones que deberán respetarse para lograr una distribución armónica de los bañistas en el agua, que permita el control y asegure el distanciamiento personal.
4.7. Los predios que lo permitan deberán tener corredores de circulación de tres (3) metros de ancho.
4.8. Se recomienda el pago a través de medios electrónicos.
4.9. Se prohíbe el uso de vestuarios
4.10. En la zona de piletas y adyacencias se deben disponer contenedores, sin tapas, para el depósito de residuos.
4.11. Los residuos deberán ser descartados cada 4 horas. Los contenedores, al finalizar la jornada serán desinfectados.
4.12. Preferentemente, el servicio de buffet deberá prestarse en el lugar en que se encuentre el asistente, de manera tal de evitar el desplazamiento de éste. Los asistentes deberán ser siempre atendidos por la misma persona. Se recomienda que se trabaje con el sistema de delivery a través de pedidos por medios virtuales. Caso contrario, debe adaptarse, en lo pertinente, a las medidas de seguridad e higiene establecidos para el rubro gastronomía.
4.13. El establecimiento proveerá al personal obligatoriamente los siguientes insumos y elementos de protección: Alcohol en gel, cubre nariz, boca y mentón de tela o máscara, correcto funcionamiento de los sanitarios (agua, jabón líquido y toallas de papel), rociador con alcohol y agua al 70%, lavandina, trapos de piso y todo otro elemento de higiene necesario para el trabajo.
4.14. Los ambientes cerrados se deben ventilar de manera constante y forma natural. Mantener puertas y ventanas abiertas durante todo el desarrollo de la actividad. No usar ventilación mecánica.
4.15. En los espacios cerrados la capacidad de ocupación no puede superar el 50% de la capacidad de ocupación total. No deben acudir a desarrollar actividades aquellas personas que: Presenten síntomas de manera aguda tales como: dificultad respiratoria, fiebre, tos, dolor muscular, dolor de garganta, rinorrea (secreción acuosa o mucosa de los orificios nasales), diarrea, alteración del olfato o del gusto. Hayan estado en contacto con un caso sospechoso o confirmado de COVID19 en los últimos 14 días y no tengan el alta sanitaria de esta situación.Se encuentren en aislamiento indicado por la autoridad sanitaria