Decreto Nº 3745-2020

Habilítanse las Colonias de Vacaciones y Natatorios Públicos.[1]

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3444 del 11-12-20.-

Dictado el 11-12-20.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

 

Artículo 1º.-HABILÍTANSE, en  el  marco  del  artículo  6°  del  Decreto  de  Necesidad  y Urgencia  N°  956/20,  las  actividades  de  las  denominadas "COLONIAS DE VACACIONES" y los "NATATORIOS PÚBLICOS",  en  todo  el  ámbito  de  la  Provincia  de  La Pampa.

 

Artículo 2°:Las  personas  que  se  encuentren  alcanzadas por  las  habilitaciones  dispuestas  por  el  artículo  anterior deberán  cumplir  con  los  "PROTOCOLOS  SANITARIO EPIDEMIOLÓGICOS" que como ANEXO I y ANEXO II, integran y se dan por aprobados por el presente.

 

Artículo 3°.-DÉJASE   ESTABLECIDO   que   previa evaluación  epidemiológica  y  sanitaria las  habilitaciones establecidas   por   el   artículo   1°   del   presente   podrán modificarse,  suspenderse  o  reanudarse,  en  forma  total  o parcial, por esta Autoridad Provincial.

 

Artículo 4º.-ÍNSTASE a  los  comprovincianos  y  a  la población pampeana  en  general  aactuar con compromiso, solidaridad  y  responsabilidad  social,  acatando  las  formas, condiciones y modalidades aconsejadas y las recomendaciones de las Autoridades Sanitarias Nacional y Provincial, teniendo en cuenta que la pandemia provocada por   el   Coronavirus –COVID   19-involucra   cuestiones sensibles de salud de toda la población.

 

Artículo 5°.-Las  autoridades  municipales  y  comunales, en  el  marco  de  lo  normado  por  el  artículo  28  del  Decreto de  Necesidad  y  Urgencia  Nº  956/20,  en  coordinación  con  las  autoridades  competentes  provinciales,  dispondrán  los procedimientos de  fiscalización necesarios para  garantizar las medidas dispuestas en el presente.

 

Artículo 6º.-El  presente  Decreto  entrará  VIGENCIA  a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

 

Artículo 7º.-El  presente  Decreto  será  refrendado  por todos los Señores Ministros.

 

ANEXO I

PROTOCOLO SANITARIO EPIDEMIOLÓGICO PARA LAS COLONIAS DE VACACIONES

 

1.-HORARIO PERMITIDO

De  lunes  a  viernes  en  la  franja  horaria  máxima  de  08:00 horas a 20:00 horas

 

2.-MEDIDAS     GENERALES –MEDIDAS     DE PROTECCIÓN

2.1. Previo al inicio de la actividad se brindará una charla informativa  a  los  padres,  tutores  y  asistentes  a  la  colonia, sobre  el  presente  protocolo  y  los  cuidados  a  tener  y  la forma  de  proceder  durante  la  actividad.  De  ser  posible  la charla  se  hará  vía  remota.  En  caso  de  ser  presencial  se deberán mantener las medidas de distanciamiento.  

2.2. Se capacitará al personal sobre las normas de cuidado establecidas  y  protocolos  vigentes  para  evitar  el  contagio de Covid-19

2.3.  Todo  el  personal  que  se  desempeñe  en  la  institución deberá exigir el cumplimiento de protocolo. 

2.4.   Se   dispondrá   de   cartelería   visible   indicando   las medidas preventivas, como la correcta higiene de manos y la apropiada higiene respiratoria

2.5.  El  ingreso  y  egreso,  de  asistentes  y  del  personal, estará bajo la supervisión de personal de la institución

2.6.  El  ingreso  y  la  salida  de  los  grupos  deberá  llevarse  a cabo   por   diferentes   sectores.   En   caso   de   no   tener estructura  disponible,  se  realizará  de  manera  escalonada respetando     diferentes     horarios     a     fin     de     evitar aglomeraciones.

2.7.  El  personal  de  ingreso  debe  controlar  la  temperatura corporal,  de  asistentes  y  del  personal.  Asimismo,  debe desinfectar las manos con alcohol al 70%.

2.8.  Se  deberán  demarcar  en  forma  clara  las  áreas  de trabajo de los responsables de la actividad.

2.9.  Los  padres  no  ingresarán  al  predio,  a  excepción  de aquellas  instituciones  en  las  que  necesariamente  se  deba ingresar  con  vehículo,  en  tal  caso,  los  padres  no  pueden bajarse del mismo.

2.10. Evitar saludar con contacto físico

2.11.  En  todo  momento  se  debe  promover  y  respetar  el distanciamiento mínimo y obligatorio de 2 metros.

2.12.  Adoptar  medidas  de  higiene  respiratoria,  al  toser  o estornudar taparse la boca o nariz con pañuelo descartable y  de  no  contar  con  este  elemento,  utilizar  el  pliegue  del codo

2.13.  En  caso  que  alguna  persona  afectada  a  la  colonia (asistente  o  personal)  presenten  síntomas  compatibles  con Covid-19   se   deberá   informar   de   manera   inmediata   al responsable, debiendo aislarse al grupo al cual pertenece la persona  hasta  conocer  el  resultado  del  test.  En  caso  de resultar  positivo  de  Covid -19  se  aislara  al  grupo  durante 14 díasconsecutivos  al  último  contacto.  Si  es  negativo  el resto del gripo puede volver a la colonia.

 

3.-CAPACIDAD

3.1.   La   totalidad   de   las   actividades   deben   realizarse, preferentemente, al aire libre.

3.2.   En   espacios   cerrados   la   capacidad   de   ocupación máxima   permitida   es   del   50%   de   la   capacidad   de ocupación total.

3.3.  En  caso  de  ambientes  cerrados  se  deben  ventilar  de manera constante y forma natural. En lo posible  mantener puertas y ventanas abiertas durante todo el desarrollo de la actividad. No usar ventilación mecánica.

 

4.-DEL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD

4.1.  Las  actividades  solo  podrán  realizarse  con  reserva  de vacante.  No  podrán  realizar  la  actividad  quienes  no  se encuentren previamente inscriptos para ello

4.2.  Se  aconseja  diagramar  diferentes  turnos  y  grupos durante el transcurso de la franja horaria permitida. 4.3. Cada turno tendrá una duración máxima de 3 horas.

4.4.  Podrán  funcionar  con  niñas  y  niños  desde  los  4  años de edad.

4.5.  Las  actividades  se  deben  organizar  en  grupos  de  no más  de  10  personas,  los  que  trabajarán  bajo  el  método ―burbuja‖. Las burbujas no pueden interactuar entre ellas.

4.6. Preferentemente,  los  grupos  asignados  a  una  burbuja, así  como  el  personal  a  cargo  deberá  mantenerse  durante toda la temporada.

4.7.  Las  actividades  se  deben  organizar  de  la  manera  de evitar   la   superposición   de   personas   para   ejecutar   los procedimientos   y   permitir   el   distanciamiento   de   dos metros entre ellos.

4.8. Las actividades en la pileta se limitarán a la enseñanza y aprendizaje de natación regida por los protocolos de ese deporte. No se permite realizar actividades en el agua que impliquen juegos masivos.

4.9.  Es  obligatorio,  en  todo  momento, la  utilización  del cubre nariz, boca y mentón o mascara, excepto cuando por la actividad de que se trate se aconseje su no utilización.

4.10. Cada asistente a la colonia deberá llevar sus propios elementos   para   hidratarse   durante   el   desarrollo   de   la actividad.  El  predio  deberá  contar  con  dispenser  de  agua para  reposición,  pero  no  podrá  disponer  de  vasos  u  otros elementos que pudieran compartirse.

4.11.  Cada  asistente  deberá  asistir  a  la  colonia  con  su toalla  individual  y  alcohol  en  gel  o  pulverizador  con alcohol al 70%, elementos que no pueden compartirse.

4.12.  No  se  permite  el  uso  de  vestuarios,  sólo  estarán disponibles los baños para uso de necesidades fisiológicas básicas, los que deberán permanentemente ser higienizados y desinfectados.

4.13. A fin de llevar un estricto control de trazabilidad, es OBLIGATORIOllevar una planilla -en formato digital u

otro-en  la  que  consten  los  datos  identificatorios  de  cada persona  que  ingrese  al  predio,  día  y  horario  de  presencia en el complejo.

4.14. En ningún caso se permite la presencia de público ni de personas ajenas a la actividad

4.15.  Se  debe  disponer  de  insumos  necesarios  para  la limpieza, desinfección e  higiene  de  manos; alcohol en gel y toallas de  papel distribuidos estratégicamente  en todo el predio.  Disponer  de  tal  forma  que  el  usuario  contacte  el elemento fácilmente.

4.16. Cada miembro del personal tendrá su propio rociador de alcohol sanitizante en todo momento.

4.17. No compartir material acuático ni utensilios, vajillas, mates, cubiertos o cualquierotro elemento.

4.18.   Se   recomienda   limpiar   y   desinfectar   de   manera intensa  y  frecuente  los  equipos  y  herramientas  que  se utilicen.

4.19.  Para  abonar  la  actividad  y/o  servicio  se  recomienda el uso de pagos electrónicos.

4.20. En el predio deberán disponer tachos de residuos, sin tapas, para descartar pañuelos de papel y otros desechos.

4.21.  Los  residuos  deberán  ser  descartados  la  finalizar cada turno. Al finalizar la jornada serán desinfectados

4.22.  Al  finalizar  la  actividad  de  un  turno,  se  deben desinfectar  de  manera  profunda  todo  los  elementos  y  el espacio utilizado.

4.23.   Se PROHÍBE la   realización   de   campamentos   y actividades  de   convocatoria   masiva   y/o   extra   colonia, como pernoctadas.

No   deben   acudir   a   desarrollar   actividades   aquellas personas que:

Presenten  síntomas  de  manera  aguda  tales  como: dificultad respiratoria, fiebre, tos, dolor muscular, dolor de garganta,  rinorrea  (secreción  acuosa  o   mucosa  de  los orificios nasales), diarrea, alteración del olfato o del gusto. Hayan estado en contacto con un caso sospechoso o  confirmado  de  COVID19  en  los  últimos  14  días  y  no tengan el alta sanitaria de esta situación.Se  encuentren  en  aislamiento  indicado  por  la autoridad sanitaria

 

ANEXO II

PROTOCOLO SANITARIO EPIDEMIOLÓGICO PARA PILETAS PÚBLICAS

 

1.-HORARIO PERMITIDO

De lunes a domingos en la franja horaria máxima de 08:00 horas a 20:00 horas

 

2.-MEDIDAS     GENERALES –MEDIDAS     DE PROTECCIÓN

2.1.  Al  inicio  de  cada  jornada  se  debe  desinfectar  el complejo en su totalidad, prestando especial atención alas zonas  de  uso  común  y  a  las  superficies  de  contacto  más frecuentes

2.2. Se deberán demarcar claramente las áreas de espera y las  de  ingreso  y  egreso.  Siempre  que  sea  posible,  los puntos  de  ingreso  serán  distintos  a  los  puntos  de  egreso con la finalidadde reducir el aglomeramiento de personas.

2.3.  El  ingreso  y  egreso,  de  asistentes  y  del  personal, estará bajo la supervisión de personal de la institución.

2.4. Hasta el  ingreso a  las instalaciones  se  deberá  utilizar, obligatoriamente, cubre nariz, boca y mentón o máscara.

2.5.  La  conducta  de   higiene  será  obligatoria  en  todo momento,    en    caso    de    toser    o    estornudar,    hacerlo cubriéndose    con    el    pliegue    del    codo,    para    evitar propagación de fluidos.

2.6. Evitar saludar con contacto físico

2.7. En todo momento se  debe  respetar el distanciamiento mínimo y obligatorio de 2 metros.

2.8.  No  compartir  material  acuático  ni  utensilios,  vasos, vajillas, mates o cualquier otro elemento

2.9. Se debe proveer de dispensadores con alcohol en gel o soluciones desinfectantes para manos, distribuidos en todo el  establecimiento  y  de  manera  accesible  a  asistentes  y personal.

2.10.  La  señalización  se  usará  para  delimitar  espacios, distancias de seguridad, flechas para control de circulación y   dirección.   Responderá   a   una   estrategiapara   evitar entrecruzar  personas  y  distancia  personal  que  reduzca  el riesgo de exposición y propagación del Covid-19.

2.11.   No   podrá   ingresar   al   establecimiento   ningún trabajador enfermo. Diariamente  se  tomará  la  temperatura de cada empleado al ingreso al establecimiento.

2.12. Todo el personal que se desempeñe en la institución deberá exigir el cumplimiento de protocolo. 

 

3 CAPACIDAD

3.1.  El  aforo  permitido  de  asistencia  de  gente  a  piletas públicas  es  del  50%  del  máximo  total  permitido,  siempre que  ese  porcentaje  permita  garantizar  el  distanciamiento social.

3.2. Fuera la piscina deberán establecerse cuadrantes de no más  de  16  metros  cuadrados,  con  una  separación  entre cuadrantes de 3 metros.

3.3. En cada cuadrante no puede haber más de 6 personas, las  cuales  deberán  mantener  distanciamiento  social  de  2 metros

 

4.-DEL ESTABLECIMIENTO

4.1.  A  fin  de  llevar  un  estricto  control  de  trazabilidad,  es OBLIGATORIOllevar una planilla -en formato digital u otro-en  la  que  consten  los  datos  identificatorios  de cada persona  que  ingrese  al  predio,  día  y  horario  de  presencia en el complejo.

4.2.   Los   complejos   natatorios   deben   contar   con   un enfermero  profesional  y  disponer  de  botiquín  de  primeros auxilios.

4.3. Se debe contar con cartelería  en espacios estratégicosque contengan las medidas de bioseguridad presente en los protocolos.

4.4.  Preferentemente  se  deberá  trabajar  con  el  sistema  de reserva previa

4.5. No están permitidos los juegos en el agua ni el uso de material auxiliar de juegos ni accesorios.

4.6.  La pileta  tendrá  subdivisiones  que  deberán  respetarse para lograr una distribución armónica de los bañistas en el agua,  que  permita  el  control  y  asegure  el  distanciamiento personal.

4.7. Los predios que  lo permitan deberán tener corredores de circulación de tres (3) metros de ancho.

4.8.    Se    recomienda    el    pago    a    través    de    medios electrónicos.

4.9. Se prohíbe el uso de vestuarios

4.10.   En   la   zona   de   piletas   y   adyacencias   se   deben disponer   contenedores,   sin   tapas,   para   el   depósito   de residuos.

4.11.  Los  residuos  deberán  ser  descartados  cada  4  horas. Los     contenedores,     al     finalizar     la     jornada     serán desinfectados.

4.12.   Preferentemente,   el   servicio   de   buffet   deberá prestarse  en  el  lugar  en  que  se  encuentre  el  asistente,  de manera   tal   de   evitar   el   desplazamiento de   éste.   Los asistentes  deberán  ser  siempre  atendidos  por  la  misma persona.  Se  recomienda  que  se  trabaje  con  el  sistema  de delivery  a  través  de  pedidos  por  medios  virtuales.  Caso contrario,  debe  adaptarse,  en  lo  pertinente,  a  las  medidas de   seguridad   e   higiene   establecidos   para   el   rubro gastronomía.

4.13. El establecimiento proveerá al personal obligatoriamente  los  siguientes  insumos  y  elementos  de protección: Alcohol en gel, cubre nariz, boca y mentón de tela  o  máscara,  correcto  funcionamiento  de  los  sanitarios (agua,  jabón  líquido  y  toallas  de  papel),  rociador  con alcohol  y  agua  al  70%,  lavandina,  trapos  de  piso  y  todo otro elemento de higiene necesario para el trabajo.

4.14. Los ambientes cerrados se  deben ventilar de  manera constante  y  forma  natural.  Mantener  puertas  y  ventanas abiertas durante todo el desarrollo de la actividad. No usar ventilación mecánica.

4.15.  En  los  espacios  cerrados  la  capacidad  de  ocupación no  puede  superar  el  50%  de  la  capacidad  de  ocupación total. No   deben   acudir   a   desarrollar   actividades   aquellas personas que: Presenten  síntomas  de  manera  aguda  tales  como: dificultad respiratoria, fiebre, tos, dolor muscular, dolor de garganta,  rinorrea  (secreción  acuosa  o   mucosa  de  los orificios nasales), diarrea, alteración del olfato o del gusto. Hayan estado en contacto con un caso sospechoso o  confirmado  de  COVID19  en  los  últimos  14  días  y  no tengan el alta sanitaria de esta situación.Se  encuentren  en  aislamiento  indicado  por  la autoridad sanitaria

 



[1] Nota: Título dado por el digesto.