Decreto N° 3687-2020
Habilítanse
las Reuniones Hípicas en todo el ámbito de la provincia de La Pampa.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O. 3443 del 04-12-20.-
Dictado el 03-12-20.-
Operador del Digesto: M.L.E.
Artículo 1°.-HABILÍTANSE, en el marco
del artículo 6°
del Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 956/20,
las REUNIONES HÍPICAS, en todo el
ámbito de la
Provincia de La
Pampa, las cuales
podrán realizarse en el horario de 08:00 horas a 19:00 horas.
Artículo 2°:Las personas que
realicen y/o se
encuentren alcanzadas por las
actividades habilitadas por
el artículo anterior deberán
cumplir con el
“PROTOCOLO SANITARIO EPIDEMIOLÓGICO” que como ANEXO I integra y se da
por aprobado porel presente.
Artículo 3°.-DÉJASE ESTABLECIDO que
previa evaluación
epidemiológica y sanitaria
la habilitación
establecida por el
artículo 1° del
presente podrá modificarse, suspenderse
o reanudarse, en
forma total o parcial, por esta Autoridad Provincial.
Artículo 4°:DÉJASE ESTABLECIDO que
las Municipalidades y las
Comisiones de Fomento, considerando las
evaluaciones
epidemiológicas que
realicen los Señores
Intendentes o Presidentes
de las Comisiones de
Fomento, juntamente con
los Comité de Crisis
locales,podrán restringir, acotar
o limitar las habilitaciones dispuestas
por el presente,
notificando de ello -en forma
inmediata-a la Autoridad
Sanitaria Provincial y al Comité de Crisis Provincial.
Artículo 5°.-Las Autoridades Municipales,
en el marco de lo normado por el artículo 28 del
Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 956/20, en coordinación con las autoridades
competentes provinciales, dispondrán
los procedimientos de fiscalización
necesarios para garantizar
las medidas dispuestas en el
presente.
Artículo 6º.-El presente Decreto
entrará VIGENCIA a partir de su publicación en el Boletín
Oficial
Artículo 7º.-El presente Decreto
será refrendado por todos los Señores Ministros.
ANEXO I
PROTOCOLO SANITARIO EPIDEMIOLÓGICO PARA LAS REUNIONES HÍPICAS
1.-HORARIOS: La actividad se
permite en el
horario máximo de
08:00 horas a 19:00 horas
2.-MEDIDAS GENERALES
–MEDIDAS DE PROTECCIÓN
Antes de la
apertura al público,
se debe desinfectar
el complejo en su totalidad.
En las tareas
de desinfección se
deberá prestar especial atención a
las zonas de
uso común y
a las superficies
de contacto más frecuentes.
Los ambientes cerrados
se deben ventilar
de manera constante y
forma natural. En lo posible mantener puertas y ventanas
abiertas durante todo
el desarrollo de
la actividad. No usar
ventilación mecánica.
Uso continuo de los elementos
de protección. En
todo momento se
debe usar el cubre boca nariz y mentón o máscara.
A los fines de disminuir la acumulación de gente en zonas comunes se
establece que tendrán
que habilitarse 2 baños por
cada 100 personas,
los cuales deberán
limpiarse y desinfectarse frecuentemente durante
todo el tiempo
en que dure el
evento.
Asimismo, deberá disponerse
de espacio y elementos para el lavado de manos
Cada una de las
personas que formen
parte dela organización deberán
presentar una DDJJ
obligatoria de que no poseen
síntomas de Covid 19, ni que han estado en contacto con
personas positivas para Covid 19
en los últimos14 días.
Los asistentes deberán concurrir y permanecer EN TODO MOMENTO con
elementos de protección
personal que cubran la nariz,
boca y mentón.
Se debe mantener
permanentemente el distanciamiento social de 2 metros entre
personas.
Deberán mantenerse las medidas de higiene personal y del lugar, así
como el distanciamiento con
demarcaciones en las zonas
comunes (ingreso, sanitarios).
Se dispondrá de kits de desinfección en la mayor cantidad de espacios
posibles. Siempre que sea posible, los
puntos de ingreso
serán distintos a los puntos de egreso con la finalidad de reducir aglomeración
de personas.
Se deben adoptar medidas de
higiene respiratoria: al toser o
estornudar taparse la
boca o nariz
con pañuelo descartable y de no
contar con este
elemento, utilizar el pliegue del codo.
Evitar saludar o
realizar cualquier otra
conducta que implique el
contacto físico entre personas
Adecuada y frecuente higienización de manos.
Evitar tocarse los ojos, nariz y bocaNo
compartir mate, vajilla,
utensilios ni cualquier
otro elemento.
No deben acudir
a desarrollar actividades
aquellas personas que:
a.Presenten síntomas de
manera aguda tales como:
dificultad respiratoria, fiebre,
tos, dolor muscular, dolor
de garganta, rinorrea (secreción acuosa
o mucosa de
los orificios nasales), diarrea,
alteración del olfato
o del gusto.
b.Hayan estado en
contacto con un
caso sospechoso o confirmado
de COVID19 en los
últimos 14
días y no
tengan el alta sanitaria de esta situación.
c.Se encuentren en aislamiento indicado por la autoridad sanitaria
3.-CAPACIDAD Y TRAZABILIDAD:
Únicamente se permite
el ingreso de
5 personas por caballo más el Jockey.
SE PROHÍBE el ingreso de público en general.
Se restringe el
uso de las
superficies cerradas hasta
un máximo del CUARENTA
POR CIENTO (40
%) de su capacidad,
y con NO más
de una persona
por cada 15 metros cuadrados (15 mts.2).
Para ingresar al
evento se requiera
contar con entrada
la cual deberá ser
adquirida con antelación,
a través de medios digitales.
Queda PROHIBIDA la venta de entradas en el lugar donde se lleva a cabo el
evento.
Es OBLIGATORIO llevar una planilla -en formato digital-en la que
consten los datos identificatorios de cada persona que
ingrese al predio.
En esta planilla
se dejarán los datos
necesarios requeridos para
la trazabilidad de los
asistentes.
4.-DEL DESARROLLO DE LA REUNIÓN:
Solo podrán participar
caballos que estén
en la Provincia de La Pampa o zonas consideradas Verdes
por la autoridad sanitaria, al momento de la reunión.
Durante toda la reunión se mantendrá un sistema intensivo de limpieza
en áreas con
afluencia de propietarios, cuidadores, jockeys y personal
de la organización.
Se debe disponer
de insumos necesarios
para la limpieza, desinfección e
higiene de manos;
alcohol en gel
y toallas de papel
cada 100 metros
cuadrados.
Disponer de tal forma que el usuario contacte el elemento
fácilmente.
Los entrenadores con caballos que compiten en la reunión solo podrán
ingresar 1 hora antes de la
competencia en la que participen
y deberán retirarse en el lapso máximo de 1 hora posterior
a la finalización
de la misma,
salvo que su presencia
sea requerida por
el Comisariato o
por el Servicio Veterinario.
Los jockeys con
montas confirmadas en
la reunión, solo podrán
ingresar 1 hora
antes de la
primera de sus competencias y
deberán retirarse una
vez finalizada la última
de las carreras
en que participen,
salvo que su presencia
sea requerida por el Comisariato.
En el caso
de los peones, se permitirá solo un peón por equipo.
Queda prohibido el
ingreso a propietarios,
cuidadores, jockeys y personas
de la organización
que no realicen tareas laborales específicas.
Las habitaciones de
descanso, matera y
cantina quedan inhabilitadas.
Únicamente podrán ingresar
al vestuario los
jockeys con montas confirmadas
para competir ese
día, según turnos previamente asignados
a fin de
evitar aglomeraciones. Finalizada
lacompetencia deberán retirarse del vestuario.
Dentro del vestuario,
los jockeys deberán
respetar el distanciamiento social
de 2 metros.
En todo momento deberán utilizar tapa bocas, nariz y
mentón o máscara.Los jockeys deberán
usar guantes de
montar durante la actividad
específica.
Tienen prohibido todo
tipo de contacto físico entre
ellos.
Cada jockey una
vez listo, debe
dirigirse en forma inmediata a la pista.
Disputada la carrera
se dirigirá al vestuario y dejará el equipo de montar en el
mostrador de la oficina de equipos sin tener contacto con el personal de
la organización.
5.-DE LOS REMATES
Se establece un
espacio al aire
libre de 200
metros cuadrados para realizar remates.
El ingreso permitido es de dos personas por caballo, ubicándose en mesas
separadas a 3 metros de
distancia entre ellas
y un distanciamiento mínimo entre personas de una
misma mesa de 1.5 metros. Cada mesa
tendrá el número
correspondiente a su
caballo y elementos necesarios
para el cuidado
personal. El cobrador se desplazará
por mesa para retirar el dinero.
6.-DE LAS AUTORIZACIONES:
Para cada reunión
se necesita la
correspondiente autorización de la Municipalidad o Comisión de Fomento,
ello independientemente que ya se cuente con habilitación municipal de funcionamiento.
Cada Municipalidad y Comisión
de Fomento será
la responsable del cumplimiento de las
medidas establecidas en el presente,
así como las
que se dicten
en su consecuencia. La Provincia
ejercerá control de
manera concomitante. A tal fin, cada Municipalidad y Comisión de
Fomento deberá remitir un mail,
con la mayor
antelación posible, a la
Secretaria de Trabajo
y Promoción del
Empleo: secretariadetrabajo@lapampa.gov.arinformando las Autorizaciones
otorgadas para la realización de reuniones