Decreto N° 365-2023
Créase un Fondo Fijo en la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social para solventar gastos de participación de representaciones deportivas.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O. 3560 del 03-03-23.-
Dictado el 22-02-23.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.-Créase un Fondo Fijo en la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social para solventar gastos de participación de representaciones deportivas en: los Juegos Epade y Para Epade a realizarse en la provincia de Tierra del Fuego y su etapa previa, la Final Nacional Juvenil de los Juegos Evita en Mar del Plata y su etapa previa, la Final Nacional de Adultos Mayores de los Juegos Evita en sede a confirmar y su etapa previa, la Final Nacional Deporte Adaptado de los Juegos Evita en sede a confirmar y su etapa previa, los Juegos Binacionales de La Araucanía en la provincia de Río Negro y su etapa previa, los Juegos Argentinos de Playa en Chapadmalal y su etapa previa, los Circuitos Patagónicos de Juegos de Playa con sedes a confirmar y sus etapas previas, los Juegos Para Araucanía con sede a confirmar y su etapa previa, Juegos de la Integración Patagónica en la provincia de Chubut y su etapa previa, Ligas Deportivas Municipales, Plan Provincial de Natación, Formación Profesional Inicial Guardavidas, Competencias Nacionales e Internacionales donde participen Deportistas Pampeanos y encuentros del programa Menos 1000 Mas Deporte; por el monto de $ 7.500.000.
Artículo 2°.-A los efectos de lo determinado precedentemente la Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social depositará en la cuenta bancaria abierta a tal efecto, la suma indicada en el artículo anterior, designándose responsablesde la misma a los señores: Santiago Ornar ALOU, DNI N°22.176.014 y Jorge Luis Ceferino MARTÍNEZ ALMUDEVAR, DNI Nº 20.849.666, debiendo firmar en las operaciones bancarias los dos nombrados.
Artículo 3°.-El Fondo Fijo mencionado en el artículo 1° estará sujeto a rendición de cuentas mensual, pudiendo rendirse en períodos menores en caso de haberse consumido el 70 % del monto total. Las rendiciones deberán presentarse ante la Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social, las que fiscalizadas por la misma deberán elevarse a la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social para la aprobación, a los comprobantes respectivos y relación detallada de los mismos, refrendada por los responsables de la cuenta señalada en el Artículo 2°, correspondiendo la restituciónen el momento de la rendición.