Tribunal de Cuentas  de la  Provincia de La Pampa

 

 

 

 

 

 


Decreto Nº 3447-2009

 

Creación Caja Chica en el Consejo de la Juventud

 

Publicado en B.O. Nº 2877 del 29-01-2010.-

Dictado el 30-12-2009.-

Operador de Digesto: M. B.-

 

 

            Art. 1º.- Autorizase la creación de una Caja Chica en el Consejo de la Juventud por la suma de $ 5.000,00  mensuales para el ejercicio 2010, destinados a solventar los gastos que se originen por el funcionamiento de la Casa de la Juventud en Córdoba.­-

          Art. 2º.- El Responsable del manejo de la Caja Chica creada por el artículo primero será el Secretario Ejecutivo del Consejo de la Juventud.­-

          Art. 3º.- A los efectos de lo determinado precedentemente la Habilitación de Gobernación entregará la suma indicada en el artículo primero.­-

          Art. 4º.- Las rendiciones de cuentas de la Caja Chica se realizarán ante la Habilitación de Gobernación en forma mensual, cualquiera sea la cantidad invertida y al haberse producido el gasto del 70 % del monto total.­-

          Art. 5º.- El gasto que demande la presente Caja Chica se imputará con cargo a la Jurisdicción C-UO 03-490-1-11-01-01 N° 3875 Bienes de Consumo Proyecto Juvenil y Jurisdicción C-UO 03-490-1-11-02-02 N° 5074 Servicios no Personales Proyecto Juvenil del Presupuesto 2010, dando cuenta a la Cámara de Diputados de acuerdo a lo establecido en el articulo N° 10 de la Ley N° 3 de Contabilidad.­-