Decreto Nº 3371 - 2008
Estímulo Cuarto Trimestre 2008
Publicado en B.O. 2824 del 23-01-2009.-
Dictado el 12-12-2008.-
Operador de Digesto: M. B.-
Art. 1º.- Establécese que la tercera cuota de la asignación especial denominada “Estimulo cuarto trimestre 2008” prevista en el artículo 1º y concordantes del Decreto 2787/8, a pagarse en la liquidación complementaria del mes de diciembre de 2008, será de $ 500,00, estableciéndose que la suma general del artículo 1º y concordantes del Decreto citado, hoy de $ 600,00, quede fijada en $ 900,00.-
Art. 2º.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, conjuntamente con la Contaduría General y la Tesorería General de la Provincia, adecuarán las prescripciones del Decreto 2787/08, con el objeto de ajustar y proporcionar el pago de la tercer cuota del estímulo referido, conforme lo dispuesto en el artículo anterior, estando facultados a adecuar los anexos del Decreto citado conforme las pautas del presente,-
Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a las partidas específicas del Presupuesto vigente.-
Art. 4º.- Dése cuenta a la Cámara de Diputados de acuerdo a lo establecido por artículo 2º, último párrafo de la Ley Nº 1238.-