Decreto Nº 3279-2020
Establécese a medida de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio para las localidades de Santa Rosa, Toay, General Pico, Macachín, La Maruja y Victorica.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en la Sep. del B.O. 3439 del 11-11-20.-
Dictado el 11-11-20.-
Operador del Digesto: M.L.E..-
Artículo 1°.-ESTABLÉCESE la medida de “DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” para las localidades de Santa Rosa, Toay, General Pico, Macachín, La Maruja y Victorica, en los términos ordenados en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 875/20 y de acuerdo a las habilitaciones efectuadas por este Poder Ejecutivo mediante el dictado de la respectiva normativa provincial.
Artículo 2.- DÉJASE ESTABLECIDO que las Municipalidades de La Adela y Colonia 25 de Mayo, considerando las evaluaciones sanitarias y epidemiológicas que realicen los Señores Intendentes y los Comité de Crisis locales, podrán restringir, acotar o limitar cualquiera de las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo Provincial a través de la distinta normativa dictada, notificando de ello -en forma inmediata-a la Autoridad Sanitaria Provincial y al Comité de Crisis Provincial.
Artículo 3º.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de las 00:00 horas del día 12 de noviembre de 2020.
Artículo 4º.-El presente Decreto será refrendado por todos los Señores Ministros