DECRETO Nº
3082-1988
PEDIDOS DE
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS[1]
Estado de la Norma: DEROGADO por
Decreto Nº 3310-2023.-
Modificado por Decreto 542/1991.-
Publicado en B.O. Nº 1764
del 07-10-1988.-
Dictado el 27-09-1988.-
Operador Digesto: R.D. MAB.-
Artículo 1º.- Todo pedido de modificación
presupuestaria deberá presentarse en los formularios impresos, que figuran
anexos[2]
a fojas 2, 3, y 4 del expediente nº 6340/88,los que constituyen expedientes
internos con código “O”de la Subsecretaría de Hacienda, observándose las
siguientes normas:
a)
El formulario deberá conformarse por triplicado, a máquina no
pudiendo contener sus totales, raspaduras o enmiendas, excepto que sean
salvados al pié con la firma del Jefe de Jurisdicción.
b)
Conformado el formulario correspondiente, de acuerdo al punto
anterior, se presentará al Departamento Presupuesto de la Subsecretaría de
Hacienda.
c)
El original y el duplicado quedan en el Departamento
presupuesto, mientras que el triplicado, con la constancia de recepción se archivará
en la Jurisdicción para su constancia.
d)
El Departamento Presupuesto tendrá a su cargo impulsar los
trámites necesarios hasta el dictado del decreto respectivo.
e)
Firmado el decreto aprobatorio, volverá al departamento
presupuesto quién archivará el original hasta el cierre de ejercicio financiero
remitiendo el duplicado a la Jurisdicción de origen, informando número de
decreto aprobatorio, como así cualquier otra información que estime corresponder.
f)
El Departamento Presupuesto dará conocimiento a la Contaduría
General de la Provincia para el respectivo registro en la contabilidad
Presupuestaria.
g)
Los decretos de reestructuración se tramitarán con el
formulario aprobado por el presente decreto.
Cuando por un mismo decreto
se aprueben un conjunto de pedidos, podrá unificarse su trámite mediante la
apertura de un solo expediente de la Mesa General de Entradas y Salidas a
través del Departamento de Presupuesto.
h) Los
formularios aprobados por el presente decreto serán suministrados por el Departamento
Presupuesto a cada una de las jurisdicciones presupuestarias.
[1] Nota de Redacción D.I.: Título dado por redacción digesto interno.
[2] Nota de Redacción D.I.: El formulario de solicitud de reestructuración fue modificado por Decreto 542-1991.