Decreto Nº 3063-2022
Autorízase al Señor Ministro de Desarrollo Social a contratar en forma directa al personal que cumplirá las funciones de Técnico/a, Administrativo/a y /o Coordinador, para la ejecución del Convenio aprobado por Ley Nº 3443.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Última modificación: Decreto Nº 3949-22.-
Publicado en B.O. 3532 del 19-08-22.-
Dictado el 08-08-22.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1º.- Autorízase al Señor Ministro de Desarrollo Social a contratar en forma directa al personal que integrará el equipo responsable, a fin de cumplir las funciones establecidas. Dicho personal será carácter transitorio, cuya relación se creará mediante un contrato dé plazo determinado, acorde a las condiciones y montos establecidos en dicho Convenio. Para los efectos de esta contratación será aplicable el procedimiento administrativo del artículo 43 del Decreto N° 1245/22.
Texto dado por decreto Nº 3949-22.
Texto anterior dado por Decreto 3063-2022:
Artículo 1°:Autorízase al Señor Ministro de Desarrollo Social a contratar en forma directa al personal que cumplirá las funciones de Técnico/a, Administrativo/a y /o Coordinador según lo establecido en la cláusula segunda de dicho convenio. Dicho personal será carácter transitorio, cuya relación se creará mediante un contrato de plazo determinado, acorde a las condiciones y montos en el Decreto Nº 535/21.
Artículo 2°.-Establécese que los efectos del presente Decreto serán aplicables, única y exclusivamente, para la ejecución del Convenio ratificado por Decreto Nº 683/22 y aprobado por la Ley Nº 3443