Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
Modifica el art. 4º del Decreto Nº 896/90[1]
ARTICULO 1: Agregase como último párrafo del art. 4º del Decreto Nº 896/90 el siguiente: “Podrá igualmente ser solicitada por el adquirente de hacienda que exhiba certificado de venta extendido por el propietario”.
ARTICULO 2: Exímase al transporte de caprinos mamones de la obligación de señalización y obtención de guías de transporte, hasta el 31 de Diciembre de 1991.