DECRETO Nº 3035-2009
APROBACIÓN DE LOS PERFILES DOCENTES PARA EL PRIMER AÑO DEL CICLO
BÁSICO DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA.-
Estado de la Norma: VIGENTE.
Última Modificación Incorporada Decreto 442-2012.-
Complementado por: Decreto 883-2010.-
Decreto 883-2010; Decreto 859-2011
Publicado en Separata B.O. Nº 2870 del 11-12-2009.-
Dictado el 11-12-2009.-
Operador de Digesto: R. S.-
Santa Rosa, 11 de Diciembre de 2009.-
VISTO:
El Expediente Nº 13739/09 caratulado “MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN - SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN - S/ ESTRUCTURA CURRICULAR, 1º AÑO CICLO BASICO DE LA EDUCACION SECUNDARIA”; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 2352/09, reglamentario de la Ley Nº 2511, se implementará a partir del Ciclo Lectivo 2010 el 1º Año de la Educación Secundaria;
Que la Resolución Nº 1801/09 del Ministerio de Cultura y Educación aprueba la Estructura Curricular para el 1º Año del Ciclo Básico de la Educación Secundaria, incorporando así los nuevos Espacios Curriculares;
Que resulta necesario valorizar los perfiles académicos de los trabajadores de la educación atento a los requerimientos del diseño curricular de los espacios de Primer Año de Nivel Secundario y a las disposiciones de la Ley de Educación Nacional Nº 26206 y la Ley Provincial Nº 2511;
Que la Comisión Ad - Hoc, constituida mediante Disposición de la Subsecretaría de Educación Nº 01 de fecha 11 de marzo de 2009 en el ámbito del Departamento de Títulos -Competencia de Títulos-, creado por Decreto Nº 1822/97, ha elaborado los perfiles docentes para los nuevos espacios Curriculares de 1º Año del Ciclo Básico de la Educación Secundaria;
Que la mencionada Comisión trabajó sobre dichos perfiles teniendo como marco los títulos incluidos en el Anexo II del Decreto Nº 1598/89 y sus modificatorios;
Que se ha dado intervención a la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante en el Ministerio de Cultura y Educación;
Que atento a lo establecido por el artículo 132 incisos a) y d) de la Ley Nº 2511, corresponde proceder al dictado del presente acto administrativo;
POR ELLO:
D E C R E T A:
Artículo 1º.- Apruébanse los perfiles docentes para los Espacios Curriculares de 1º Año del Ciclo Básico de la Educación Secundaria según texto del Anexo que forma parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 2º.- La competencia habilitante del título del Maestro de Año de Educación Primaria se determina con carácter excepcional al solo efecto del dictado de los espacios curriculares de Lengua y Literatura, Matemáticas, Historia y Geografía, Biología y Química y Física, correspondientes al Primer Año del Nivel Secundario, excluyéndose dicha competencia para el desempeño de cargos directivos de establecimientos de Nivel Secundario, de acuerdo a lo establecido en el Anexo del presente Decreto.-
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Cultura y Educación.-
Artículo 4º.- Dese al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Cultura y Educación a sus efectos.-
C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa; Nestor Anselmo TORRES, Ministro de Cultura y Educación.-
ANEXO
1º AÑO DEL CICLO BÁSICO DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA
LENGUA Y LITERATURA
DOCENTE: Profesor en Letras; Profesor de Enseñanza Media en Letras; Profesor de Enseñanza Secundaria en Castellano y Literatura; Profesor de Enseñanza Secundaria en Castellano, Literatura y Latín; Profesor de Lenguas y Literaturas Castellanas; Profesor en Castellano y Literatura; Profesor en Castellano, Literatura y Latín; Profesor en Castellano, Literatura e Historia; Profesor en Castellano, Literatura e Inglés; Profesor de Literatura, Castellano, Historia y Geografía; Profesor de Literatura y Castellano; Profesor en Filosofía y Letras; Profesor de Enseñanza Secundaria Normal y Especial en Letras; Profesor de Enseñanza Secundaria Normal y Especial en Literatura y Castellano; Profesor de Enseñanza Media, Normal y Especial en Literatura y Castellano; Profesor para EGB 3 y Polimodal en Lengua y Literatura; Profesor en Lengua y Literatura; Profesor de Enseñanza Secundaria, Normal y Especial en Lengua y Literatura; Profesor Normal en Letras; Profesor de Enseñanza Secundaria, Normal y Especial en Lengua y Literatura Española; Profesor de Enseñanza Secundaria, Normal y Especial en Literatura; Profesor de Literatura Clásica; Profesor de Literaturas Modernas (especialización en Lengua y Literatura Española; Profesor de Literaturas Modernas; Profesora en Letras Modernas; Profesor de Ciclo Básico en Castellano y Ciencias Sociales; Profesor de Ciclo Básico en Ciencias Sociales y Castellano.-
HABILITANTE: Licenciado en Ciencias de la Comunicación; Licenciado en Lengua y Literatura Española; Licenciado en Letras; Licenciado en Literatura Clásica; Profesor en Ciencias del Lenguaje y la Comunicación para el Tercer Ciclo de la EGB, del Nivel Polimodal y del Nivel Superior (RM: 3582/93-Disp. de la DGEGP 604/96); Profesor en Ciencias del Lenguaje, Literatura y Comunicación (RM. Nº 616 SDE-02); Profesor / Profesorado en Ciencias del Lenguaje y la Comunicación para el Tercer Ciclo de la Educación General Básica (RM: 3582/93-Disp. de la DGEGP 604/96) solamente para el Ciclo Básico; Doctor en Letras; Profesor Secundario del Ciclo Básico en Castellano y Ciencias Sociales; Licenciado en Literaturas Modernas; Doctor en Literaturas Modernas; Doctor en Filosofía y Letras; los mismos títulos declarados Docentes para el cargo Maestro de Año de Educación Primaria.-
SUPLETORIO: Profesor en Ciencias de la Información; Comunicador Social.-
MATEMÁTICA
DOCENTE: Profesor de Enseñanza Media en Ciencia Físico-Matemáticas; Profesor de Enseñanza Secundaria en Matemáticas; Profesor de Enseñanza Secundaria en Matemáticas y Cosmografía; Profesor de Enseñanza Secundaria en Ciencias Físico- Matemáticas; Profesor de Enseñanza Secundaria, Normal y Especial en Matemáticas y Física; Profesor en Física y Matemáticas; Profesor en/ de Matemáticas; Profesor en Matemáticas y Cosmografía; Profesor en Matemáticas, Física y Cosmografía; Profesor de Enseñanza Secundaria, Normal y Especial en Matemáticas; Profesor en Disciplinas Industriales especialidad: Matemática Aplicada; Profesor en/ de Matemáticas y Física; Profesor en/ de Matemáticas y Química; Profesor en Matemáticas, Física y Química; Profesor de Enseñanza Media, Normal y Especial en Matemáticas y Física, y/o Profesor de Enseñanza Media, Normal y Especial en Matemáticas y Química; Profesor de Enseñanza Media y Superior en Matemáticas, Física y Cosmografía; Profesor de Enseñanza Media Especializado en Matemáticas; Profesor de Enseñanza Media en Matemáticas; Profesor en/ de Matemáticas y Astronomía; Profesor en Disciplinas Industriales especialidad: Matemáticas y Matemáticas Aplicadas; Profesor de Matemáticas, Cosmografía y Física; Profesor de Enseñanza Media y Superior en Física y Matemáticas; Profesor de Enseñanza Media de Matemáticas y Física; Profesor de Matemática y Computación; Profesor en Matemáticas, Física y Química para Nivel Medio y Superior; Profesor de Nivel Medio en Matemática y Química; Profesor de Nivel Medio en Matemática y Física; Profesor de Enseñanza Media, Normal y Especial en Matemática, Física y Química; Profesor de Enseñanza Media y Superior en Ciencias Físico Matemáticas; Profesor de Computación y Matemática; Profesor de Tercer Ciclo y Educación Polimodal en Matemática; Profesor de Ciclo Básico en Ciencias Físico Matemáticas; Profesor de Enseñanza Intermedia en Ciencias Matemáticas; Profesor de Enseñanza Secundaria, Normal y especial en Matemáticas, Física y Cosmografía; Profesor en Matemática con orientación en Estadística; Profesor de Ciclo Básico en Ciencias Exactas y Naturales; Profesor de Enseñanza Media en Disciplinas Industriales con título universitario habilitante para esta asignatura.-
HABILITANTE: Profesor de Enseñanza Media y Superior en Computación; Profesor en Computación; Ingeniero en Sistemas Orientación Sistemas de Información; Ingeniero en Computación; Profesor en Física; Licenciado en Física; Ingeniero en Sistemas de Información; Doctor en Matemáticas; Doctor en Ciencias Matemáticas; Doctor en Ciencias Físico- Matemáticas; Licenciado en Ciencias Físico- Matemáticas; Doctor en Física; Licenciado en Ciencias Físicas; Licenciado en Matemáticas; Licenciado en Astronomía; Profesor de Enseñanza Secundaria, Normal y Especial de Física; Licenciado en Análisis de Sistemas; Licenciado en Ciencias de la Computación; Licenciado en Sistemas; Licenciado en Estadísticas; Licenciado en Matemática Pura; Doctor en Matemática Aplicada; Licenciado en Matemática Aplicada; Profesor en Disciplinas Industriales especialidad: Física y Física Aplicada; Licenciado en Ciencias Matemáticas; Ingeniero Electromecánico con orientación en Automatización Industrial; Ingeniero Electromecánico – Orientación Electricista; Ingeniero en Electrónica; Ingeniero Electricista Electrónico; Doctor en Geofísica; Doctor en Astronomía; Ingeniero Civil; Ingeniero Industrial; Ingeniero Electricista; Ingeniero en Telecomunicaciones; Ingeniero Aeronáutico; Ingeniero Mecánico Electricista; Ingeniero Mecánico Aeronáutico; Ingeniero Hidráulico; Ingeniero Geógrafo; Ingeniero Mecánico Metalúrgico; Ingeniero en Minas; Ingeniero Geólogo; Ingeniero Químico; Ingeniero en Construcciones; Ingeniero Naval y Mecánico; Ingeniero Electromecánico; Ingeniero en Vías de Comunicación; Ingeniero Agrimensor; Ingeniero Geodesta; Arquitecto; Estadístico Matemático; Agrimensor; Estadístico; Ingeniero Mecánico; Ingeniero Metalúrgico; Ingeniero Aeronáutico en la especialidad Mecánica y Electrónica; Ingeniero Electrónico; Ingeniero Agromecánico; Licenciado en Ciencias Meteorológicas; Calculista Científico; Licenciado en Investigación Operativa; Licenciado en Organización de la Producción; Ingeniero Eléctrico Electrónico; los mismos títulos declarados Docentes para el cargo Maestro de Año de Educación Primaria.-
SUPLETORIO: Analista Programador Universitario; Analista en Sistema de Computación; Analista en Computación Administrativa; Contador Público Nacional; Analista Programador; Analista Programador en Computación; Programador Superior; Analista de Computación; Técnico Programador; Analista en Informática Orientación Procesamiento de Datos; Analista de Sistemas Administrativos; Profesor Nacional en Ciencias Económicas; Licenciado en Análisis de Sistemas; Licenciado y Profesor en Química; Analista en Gestión de Empresas; Profesor en Química, Física y Merceología; Técnico en Electrónica Industrial; Técnico Electromecánico; Técnico en Electrónica (Telecomunicaciones); Licenciado en Ciencias Geológicas, orientación Yacimientos Minerales; Electrotécnico; Bachiller y Técnico Químico Industrial; Químico Analista Industrial y Bromatológico; Técnico Egresado del Ciclo Superior de las Escuelas Nacionales de Educación Técnica; Bachiller Superior en Ciencias Exactas; Bachiller Superior en Matemática y Física.-
HISTORIA
DOCENTE: Profesor en Geografía y Ciencias Sociales; Profesor Superior de Ciencias Sociales; Profesor de Enseñanza Secundaria en la especialidad Historia; Profesor de Enseñanza Media, Normal y Especial en Historia y Geografía; Profesor de Enseñanza Secundaria, Normal y Especial en Historia; Profesor de Enseñanza Secundaria, Normal y Especial en Historia y Geografía; Profesor de Enseñanza Secundaria en Historia; Profesor en Filosofía y Humanidades especializado en Historia; Profesor en/ de Historia; Profesor en/ de Historia y Geografía; Profesor en Historia y Educación Democrática; Profesor de Enseñanza Media en Historia y Geografía; Profesor de Enseñanza Media especializado en Historia; Profesor de Enseñanza Media en Historia; Profesor en Historia, Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales; Profesor de Nivel Medio en Historia; Profesor en Humanidades especialidad Historia; Profesor del Tercer Ciclo de la EGB y de la Educación Polimodal en Humanidades con título de base habilitante para este espacio; Profesor para la Enseñanza Media en Historia y Educación Cívica; Profesor del Tercer Ciclo de la EGB y de la Educación Polimodal en Historia; Profesor de Enseñanza Media, Secundaria, Normal, Especial, Técnica en Historia; Profesor de Historia y Latín; Profesor en Castellano, Literatura e Historia.-
HABILITANTE: Profesor en Antropología y/o Profesor en Ciencias Antropológicas; Profesor de Enseñanza Media y Superior en Ciencias Antropológicas; Licenciado en Antropología; Licenciado en Ciencias Antropológicas; Licenciado en Humanidades especialidad: Historia; Profesor del Tercer Ciclo de la EGB y de la Educación Polimodal en Ciencias Políticas; Doctor en Historia; Doctor en Historia y Geografía; Licenciado en Historia; Profesor de Enseñanza Secundaria, Normal y Especial en Ciencias Políticas; Profesor de Enseñanza Media en Ciencias Políticas y Sociales; Profesor en Ciencias Sociales para el Tercer Ciclo de la EGB, del Nivel Polimodal y del Nivel Superior (RM 3582/ 93- Disp. de la DGEGP 602/ 96); Profesor/ Profesorado en Ciencias Sociales para Tercer Ciclo de la Educación Gene ral Básica (RM 3582/ 93- Disp. de la DGEGP 602/ 96) solamente para el Ciclo Básico; Profesor en Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales; Profesor en Ciencias Jurídicas, Sociales y Políticas; Licenciado en Antropología Orientación Arqueología; Profesor de Enseñanza Secundaria Normal y Especial en Historia e Instrucción Cívica; Profesor del 3º Ciclo de la EGB y de la Educación Polimodal en Ciencias Jurídicas con título de base Supletorio para este espacio; Profesor de Enseñanza Media en Ciencias Jurídicas; Doctor en Filosofía y Letras especializado en Historia; Doctor en Filosofía y Humanidades especializado en Historia; los mismos títulos declarados Docentes para el cargo Maestro de Año de Educación Primaria.-
SUPLETORIO: Abogado; Doctor en Derecho y Ciencias Sociales; Doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales; Doctor en Ciencias Políticas; Doctor en Diplomacia; Licenciado en Diplomacia; Escribano; Doctor en Ciencias Jurídicas; Doctor en Ciencias Políticas y Diplomáticas; Licenciado en Ciencias Políticas; Doctor en Ciencias Políticas, Sociales y de la Diplomacia; Licenciado en Relaciones Internacionales; Licenciado en Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales; Licenciado en Ciencias Políticas y Sociales; Licenciado en Ciencias Políticas, Sociales y de la Diplomacia; Licenciado en Sociología; Bachiller Superior en Ciencias Sociales con Orientación en Ciencias Políticas; Profesor en/de Geografía con cualquier denominación.-
GEOGRAFÍA
DOCENTE: Profesor en Geografía y Ciencias Sociales; Profesor de Enseñanza Media en Geografía; Profesor de Educación Media en Geografía; Profesor en Enseñanza Secundaria en Geografía; Profesor en/de Historia y Geografía; Profesor en/de Geografía; Profesor de Enseñanza Media en Historia y Geografía; Profesor en Historia y Geografía para la Enseñanza Media, Especial y Superior; Profesor de Enseñanza Media especializado en Geografía; Profesor de Nivel Medio en Geografía; Profesor de Tercer Ciclo y de la Educación Polimodal en Geografía; Profesor en Geografía con Trayecto en Ciencias Sociales (Dto. 1261/07); Profesor de Enseñanza Media, Normal y Especial en Historia y Geografía; Profesor de Enseñanza Media y Especial en Historia y Geografía; Profesor de Enseñanza Secundaria, Normal y Especial en Historia y Geografía; Profesor en Geografía y Ciencias Biológicas; Profesor Superior de Ciencias Sociales; Profesor de Ciclo Básico en Ciencias Sociales; Profesor de Enseñanza Intermedia en Ciencias Sociales.-
HABILITANTE: Doctor en Historia especializado en Geografía; Doctor en Historia y Geografía; Doctor en Geografía; Licenciado en Geografía; Licenciado en Enseñanza de la Geografía; Profesor en Ciencias Sociales para el Tercer Ciclo de la EGB, del Nivel Polimodal y del Nivel Superior (RM 3582/ 93- Disp. de la DGEGP 602/ 96); Profesor/ Profesorado en Ciencias Sociales para Tercer Ciclo de la Educación Gene ral Básica (RM 3582/ 93- Disp. de la DGEGP 602/ 96) solamente para el Ciclo Básico; los mismos títulos declarados Docentes para el cargo Maestro de Año de Educación Primaria.-
SUPLETORIO: Profesor de Tercer Ciclo de la EGB y Educación Polimodal en Historia; Licenciado en Ciencias Políticas y Sociales; Profesor en/de Historia con cualquier denominación; Licenciado en Ciencias Políticas.-
CONSTRUCCIÓN DE CIUDADANÍA
DOCENTE: Profesor de Historia en todas sus denominaciones; Profesor de Enseñanza Secundaria en Educación Democrática; Profesor de Enseñanza Media en Ciencias Jurídicas y Sociales; Profesor en Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales; Profesor en Ciencias Jurídicas; Profesor de Enseñanza Secundaria, Normal y Especial en Ciencias Políticas; Profesor de Historia y Formación Cívica; Profesor de Enseñanza Media en Ciencias Jurídicas; Profesor de Enseñanza Media en Ciencias Jurídicas y Contables; Profesor en Historia y Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales; Profesor en Ciencias Sociales con algunas de las siguientes Licenciaturas de base: Ciencias Políticas y Administración Pública o Ciencias Políticas y Sociales; Profesor en Ciencias Políticas; Profesor de Enseñanza Media y Superior en Ciencias Jurídicas; Profesor del Tercer Ciclo de la EGB y de la Educación Polimodal en Ciencias Jurídicas; Profesor Superior en Ciencias Sociales; Profesor del Tercer Ciclo de la EGB y Educación Polimodal en Ciencias Jurídicas con título de base habilitante para este espacio; Profesor para la Enseñanza Media en Historia y Educación Cívica; Profesor en Ciencias Jurídicas, Sociales y Políticas; Profesor en Historia y Educación Democrática.-
HABILITANTE: Doctor en Derecho y Ciencias Sociales; Doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales; Doctor en Ciencias Políticas; Doctor en Ciencias Políticas y Diplomacia; Doctor en Ciencias Políticas y Diplomáticas; Abogado; Licenciado en Ciencias Políticas y Diplomáticas; Licenciado en Ciencias Políticas; Doctor en Ciencias Jurídicas; Doctor en Ciencias Políticas, Sociales y de la Diplomacia; Doctor en Ciencias Políticas y Sociales; Licenciado en Ciencias Políticas y Sociales; Licenciado en Ciencias Políticas y Administración Pública; Licenciado en Administración Pública y Ciencias Políticas; Licenciado en Relaciones Internacionales; Licenciado en Ciencias Políticas, orientación Administración y Planificación Pública; Licenciado en Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales; Doctor en Historia; Licenciado en Historia; Doctor en Sociología; Licenciado en Sociología; Licenciado en Ciencias Políticas, Sociales y de la Diplomacia.-
SUPLETORIO: Licenciado en Relaciones Públicas; Bachiller Superior en Ciencias Sociales con Orientación en Ciencias Políticas; Bachiller en Historia; los mismos títulos declarados Docentes para el cargo Maestro de Año de Educación Primaria.-
BIOLOGÍA
DOCENTE: Profesor en Ciencias Naturales; Profesor en Biología; Profesor en Geografía y Ciencias Biológicas; Profesor en Ciencias Biológicas; Profesor de Enseñanza Media y Superior en Ciencias Biológicas; Profesor en la Especialidad de Ciencias Biológicas y Química; Profesor de Enseñanza Media en Ciencias Biológicas; Profesor de Enseñanza Secundaria en Ciencias Naturales; Profesor de Enseñanza Secundaria, Normal y Especial en Ciencias Naturales; Profesor/Profesorado para la Enseñanza Secundaria en Ciencias Naturales; Profesor de Tercer Ciclo de la EGB y de la Educación Polimodal en Biología.-
HABILITANTE: Licenciado en Ciencias Biológicas; Biólogo; Licenciado en Biología; Licenciado en Biología (Orientación Ecológica); Licenciado en Biología (Orientación Zoología); Profesor en Química (Plan 1998 - UNLPam); Ingeniero Agrónomo; Veterinario o equivalente; Profesor y Técnico Superior en Ciencias Agrícolas Ganaderas; Médico; Doctor en Medicina; Médico Cirujano; Ingeniero Zootecnista; Profesor de EGB 3 y Educación Polimodal en Química; Bioquímico; Licenciado en Bioquímica; Licenciado en Bioquímica Clínica; Licenciado en Ciencias Bioquímicas; Bioquímico Nacional; Licenciado en Zoología; Microbiólogo; los mismos títulos declarados Docentes para el cargo Maestro de Año de Educación Primaria.-
SUPLETORIO: Farmacéutico; Licenciado en Química Farmacéutica; Odontólogo; Kinesiólogo; Obstétrica; Licenciado en Kinesiología y Fisioterapia; Analista Químico Biológico.-
QUÍMICA y FÍSICA.
DOCENTE: Profesor de Enseñanza Media en Ciencias Físico-Matemáticas; Profesor de Enseñanza Secundaria en Física; Profesor en Física y Matemáticas; Profesor de Enseñanza Secundaria, Normal y Especial en Física y Matemática, Física y Cosmografía; Profesor de Enseñanza Secundaria en Ciencias Físico-Matemáticas; Profesor en Disciplinas Industriales con título Universitario considerado habilitante para esta asignatura; Profesor de Enseñanza Secundaria en Física, Química y Merceología; Profesor en Física; Profesor en Física, Química y Merceología; Profesor en Matemática, Física y Cosmografía; Profesor en Química y Física; Profesor en Química; Profesor en Disciplinas Industriales en algunas de las siguientes especialidades: Química Industrial Aplicada o Química y Química Aplicada; Profesor Secundario de Ciclo Básico en Ciencias Exactas y Naturales; Profesor en Matemática, Física y Química; Profesor de Ciclo Básico en Ciencias Físico- Matemáticas; Profesor de Ciclo Básico en Ciencias Naturales y Química; Profesor de Enseñanza Intermedia en Ciencias Naturales y Físico Química; Profesor de Enseñanza Secundaria, Normal y Especial en Química; Profesor en Química; Profesor en Química y Mineralogía; Profesor de Enseñanza Secundaria en Química; Profesor de Enseñanza Secundaria en Química y Merceología; Profesor de Enseñanza Media en Ciencias Químicas; Profesor de Enseñanza Media en Disciplinas Industriales; Profesor de Ciclo Básico en Ciencias Exactas y Naturales; Profesor de Química y Merceología; Profesor de Enseñanza Media y Superior en Química; Profesor de Enseñanza Media y Superior en Matemática, Física y Cosmografía; Profesor en Matemática y Física; Profesor en Disciplinas Industriales, especialidad Física y Física Aplicada; Profesor de Enseñanza Secundaria en Química; Profesor en/de Física y Química; Profesor en Matemática y Física; Profesor en Matemática, Cosmografía y Física; Profesor de Enseñanza Media y Superior en Física y Matemática; Profesor de Enseñanza Media en Matemáticas y Física; Profesor de Enseñanza Media, Normal y Especial en Matemática y Química; Profesor de Matemática, Física y Química, para el Nivel Medio y Superior; Profesor de Nivel Medio de Matemática y Química; Profesor de Nivel Medio de Matemática y Física; Profesor de Enseñanza Media Normal y Especial en Matemática, Física y Química; Profesor de Enseñanza Media y Superior en Ciencias Físico Matemáticas; Profesor de EGB 3 y Educación Polimodal en Química; Profesorado en Química (Plan 1998- UNLPam); Profesor de Matemática y Química; Profesor en Química, Física y Merceología.-
HABILITANTE: Doctor en Ciencias Físico-Matemáticas; Doctor en Ciencias Físicas; Doctor en Geofísica; Doctor en Física; Doctor en Química; Licenciado en Ciencias Físico- Matemáticas; Licenciado en Ciencias Físicas; Ingeniero Geodesta; Ingeniero Civil; Ingeniero Industrial; Ingeniero en Construcciones; Ingeniero Electricista; Ingeniero en Telecomunicaciones; Ingeniero Hidráulico; Ingeniero Mecánico Electricista; Ingeniero Mecánico Aeronáutico; Ingeniero Mecánico- Metalúrgico; Ingeniero Electromecánico; Ingeniero Mecánico Naval; Ingeniero en Combustible; Ingeniero en Minas; Ingeniero Geólogo; Ingeniero en vías de Comunicación; Ingeniero Químico; Licenciado en Física; Doctor en Bioquímica y Farmacia; Doctor en Ingeniería Química; Doctor en Ciencias Químicas; Ingeniero Agrónomo; Bioquímico; Ingeniero Químico Industrial; Químico Industrial; Licenciado en Química; Licenciado en Ciencias Químicas; Químico; Licenciado en Bioquímica y Farmacia; Licenciado en Geología; Ingeniero en Petróleo; Ingeniero Eléctrico-Electrónico; Licenciado en Química Industrial; Licenciado en Bromatología; Ingeniero en Industrias Químicas; Ingeniero Electromecánico; Licenciado en Ciencias Bioquímicas (orientación Bioquímica Clínica o Industrias Químicas); Licenciado en Ciencias Químicas en algunas de la siguientes orientaciones: Físico-Química, Química Orgánica, Química Analítica o Tecnología Química; Licenciado en Ciencias Matemáticas; Licenciado en Química: orientación Agrícola, Auxiliar en Matemática y Física; Ingeniero Electromecánico con orientación en Automatización Industrial; Doctor en Ciencias Farmacéuticas; Doctor en Ciencias Químicas; Ingeniero Electromecánico orientación Electricista; Licenciado en Ciencias Geológicas, orientación Yacimientos Minerales; Ingeniero en Electrónica; Licenciado en Bioquímica; Licenciado en Química, orientación Agrícola; Farmacéutico; Licenciado en Química Farmacéutica; Ingeniero Mecánico; Ingeniero Industrial (orientación Petróleo y Minas); Ingeniero en Producción Agropecuaria; Licenciado en Bioquímica Clínica; Profesor de Matemática y Astronomía; Licenciado en Aprovechamiento de Recursos Naturales Renovables; Profesor en Ciencias Biológicas (Plan 1998 UNLPam); Bioquímica Nacional; los mismos títulos declarados Docentes para el cargo Maestro de Año de Educación Primaria.-
SUPLETORIO: Técnico en Industria Alimentaria; Técnico Universitario en Seguridad de los Alimentos de Origen Animal; Técnico Universitario en Laboratorio Químico y Control de Calidad; Profesor en Ciencias Naturales; Bachiller y Técnico Químico Industrial; Profesor en Disciplinas Industriales, especialidad: Electrotécnia; Profesor en Disciplinas Industriales, especialidad Mecánica; Técnico Electromecánico; Técnico en Electrónica (Telecomunica-ciones); Electrotécnico; Bachiller y Técnico Químico Industrial; Bachiller en Ciencias Exactas; Analista Químico Biológico; Bromatólogo; Técnico Superior en Industrias Alimentarias; Ingeniero Geógrafo; Técnico Químico; Químico Analista Industrial y Bromatológico; Bachiller Superior en Matemática y Física; Técnico Egresado del Ciclo Superior de las Escuelas Nacionales de Educación Técnica; Bachiller Superior en Química; Licenciado en Etnología y en Industrias Frutihortícolas; Auxiliar Técnico en Bromatología; Técnico en Laboratorio Clínico e Histopatológico; Bachiller y Técnico Industrial Minero; Químico (Ciclo Básico); Bachiller Universitario en Física.-
EDUCACION ARTISTICA - MÚSICA
DOCENTE: Profesor en Armonía, Contrapunto y Morfología Musical; Profesor Superior de Música; Profesor Nacional de Música; Profesor Normal de Música; Profesor de Bellas Artes; Profesor Superior de Teoría, Solfeo y Armonía; Profesor Superior / Nacional en cualquier instrumento o especialidad; Profesor Superior de Composición; Profesor de Canto Coral; Profesor Superior de Canto Individual; Profesor Superior de Canto de Cámara; Profesor Superior de Dirección Coral; Profesor Nacional de Música (especialidad Educación Musical); Profesor Nacional de Música en cualquier especialidad; Profesor Nacional de una especialidad instrumental; Profesor de Piano; Profesor de Composición; Profesor de Canto; Profesor Nacional de Cultura Musical; Profesor Superior de Canto (Coral, Individual, de Cámara); Profesor de una especialidad instrumental; Profesor Superior de Música de una especialidad instrumental; Profesor Superior de Música en la especialidad; Profesor Superior de Canto; Profesor de Música en cualquier especialidad; Profesor en cualquier instrumento o especialidad instrumental; Profesor Superior de Armonía y Contrapunto; Profesor Superior de Didáctica Musical; Profesor de Música, Teoría, Solfeo y Canto Coral en cualquier especialidad instrumental; Profesor de Armonía y Contrapunto; Profesor de Música; Profesor en Música (Especialidad Educación Musical Primaria y Secundaria); Profesor en Educación Musical; Profesor de Cultura Musical; Profesor de Música para el Nivel Primario y Secundario; Profesor de Música especialidad: Teoría Musical; Profesor de Música, especialidad instrumento; Profesor de Música en la especialidad Dirección Coral; Profesor Nacional de Música, especialidad: Educación Musical (para la Enseñanza Primaria y Secundaria); Profesor de cualquier instrumento o Profesor Superior de cualquier instrumento del Conservatorio Municipal de Música "Manuel de Falla" (Planes anteriores a 1965); Profesor de Cultura Musical en cualquier especialidad; Profesor de Música y Canto; Profesor de Educación Musical en cualquier especialidad; Profesor de Educación Musical para el Nivel Primario y Secundario; Profesor de Artes en Música (en cualquier especialidad); Profesor de Artes en Música.-
HABILITANTE: Pianista; Cantante; Compositor; Licenciado en Música en cualquier especialidad; Maestra Nacional de Música, especialidad: Piano; Licenciado en Música; Licenciado en Canto; Licenciado en Instrumentos; Licenciado en Enseñanza Musical; Maestro de Música; Maestro Provincial de Música o Maestro Provincial en Educación Musical; Maestro Nacional de Música en alguna especialidad; Maestro Nacional de Música para la Enseñanza Primaria; Profesor de Música para Nivel Elemental o Primario; Doctor en Música en la especialidad Musicología; Maestro de Teoría y Solfeo; Maestro Director de Coro; Maestro Interno de Escena; Director de Banda de Música; Cantante Lírico Profesional; Maestra Especial de Música; Profesor de Música para los Niveles Inicial o E.G.B. 1 y 2; Licenciado en Artes en concurrencia con el título de Técnico Superior en Etnomusicología.-
SUPLETORIO: Certificado de Música extendido por el Conservatorio Nacional de Música; Instrumentista en cualquier instrumento musical; Maestro Ayudante de Coro; Maestro Provincial de Guitarra, Certificado de Capacitación en Educación Musical; Musicoterapeuta; Certificado de Estudios Completos de Institutos Privados con no menos de seis años de duración en concurrencia con título secundario completo y con cinco años de desempeño en el dictado del espacio en Establecimientos Oficiales o Privados incorporados a la Enseñanza Oficial; Maestro Provincial de Piano; Profesor Nacional Superior de Danzas Nativas y Folklore; Maestro Nacional de Danzas Folklóricas Argentinas; Licenciada en Folklore, mención Instrumentos Criollos; Instrumentista para Música Popular Americana, especialidad: Batería.-
EDUCACION ARTISTICA – ARTES VISUALES.
DOCENTE: Profesora de Artes en Artes Visuales; Profesor de Escultura; Profesor en Disciplinas Industriales en concurrencia con el título de Diseñadora Gráfica; Profesor de Dibujo y Pintura; Profesor de Dibujo en cualquier especialidad; Profesor en Artes Plásticas en cualquier orientación; Perito en Artes Plásticas y Profesor de Artes Plásticas; Profesor Secundario Normal y Especial en Artes Plásticas; Profesor Superior en la especialidad; Profesor de Actividades Prácticas y Plásticas; Profesor de Artes Plásticas para Nivel Primario y Medio; Profesor de Artes Visuales en cualquier especialidad; Profesor de Dibujo y Pintura; Profesor de Dibujo y Grabado; Profesor de Dibujo y Escultura; Profesor Nacional de Pintura; Profesor Nacional de Escultura; Profesor de Dibujo y Escultor Decorador; Profesor de Dibujo, Ilustración y Grabado; Profesor de Dibujo y Técnico y Publicidad Artística; Profesor de Dibujo y Pintor Decorador; Profesor de Dibujo; Profesor de Dibujo y Dibujante Proyectista de Arquitectura; Profesor en Cerámica Artística; Profesor Nacional de Dibujo y Artes Decorativas; Profesor Superior de Grabado; Profesor Superior de Pintura; Profesor Superior de Escultura; Profesor Superior de Escultura y Talla Directa; Profesor Superior de Decoración Mural; Profesor Superior de Escenografía; Profesor Superior de Cerámica; Profesor Superior de Cerámica Artística; Profesor Nacional de Grabado; Profesor Nacional de Bellas Artes; Profesor Nacional de Dibujo; Profesor Normal en Dibujo; Profesor de Escenografía; Profesor en Disciplinas Industriales en algunas de las siguientes especialidades: Tecnología y Dibujo, Artesanía Aplicada, Automotores, Diseño y Promoción Publicitaria; Profesor en Artes Plásticas; Profesor Nacional de Cerámica; Profesor Nacional en Artes Plásticas; Profesor en Disciplinas Industriales especialidad: Diseño Ambiental o Diseño Publicitario; Profesor Nacional en Artes Visuales; Profesor Superior de Educación en Artes Plásticas; Técnico Superior y Profesor Superior en Dibujo y Escultura; Profesor en Cerámica; Profesor Superior de Educación en Artes Plásticas – Grabado.-
HABILITANTE: Maestro de Dibujo; Técnico Superior en Diseño Gráfico y Publicitario; Bachiller especializado en Dibujo Artístico con capacitación docente (U.N.L.P.); Diseño en Comunicación Visual; Arquitecto Ceramista; Ceramista Decorador; Técnico en Cerámica; Dibujante Profesional; Dibujante Artístico; Profesor de Dibujo Técnico; Licenciado en Artes Plásticas; Maestro Normal Nacional de Artes Visuales; Maestro de Artes Decorativas en cualquier especialidad; Profesor de Enseñanza Secundaria Normal y Especial en Dibujo Técnico; Maestro Nacional de Dibujo; Maestro de Artes Plásticas; Maestro de Enseñanza Práctica en las siguientes especialidades: Artesanías Aplicadas, Publicidad; Maestro de Artes Visuales; Maestro de Artes Visuales en cualquier especialidad; Licenciado en Artes Visuales; Arquitecto especialista en la Historia de la Arquitectura; Técnica en Artesanías Aplicadas; Técnico en Diseño y Promoción Publicitaria; Técnico en Diseño de Interiores; Licenciado Nacional en Bellas Artes; Profesor Elemental de Artes Plásticas; Profesor Nacional de Teatro de Títeres; Maestro Nacional de Artesanías; Maestro Nacional de Decoración; Maestro Provincial en Artes Visuales; Maestro Provincial de Dibujo y Pintura; Profesora de Artes Plásticas para el Nivel Primario; Ilustrador; Técnico Gráfico; Diseñador Gráfico; Maestro de Educación Plástica para el Nivel Primario; Maestro Ceramista; Licenciado en Pintura; Diseñador Industrial; Profesora de Artes Plásticas para el Nivel Inicial y Primario; Maestro de Cerámica; Maestro Nacional de Cerámica; Maestro Provincial en Manualidades Decorativas; Maestro Provincial en Artesanía; Profesor de Actividades Prácticas y Plásticas; Profesora de Actividades Prácticas y del Hogar; Profesor Nacional de Artes Plásticas con especialidad Grabado para E.G.B. 1 y 2; Profesor en Artes Visuales para los Niveles Inicial, E.G.B. 1 y 2; Título de la Especialidad de las Escuelas Profesionales de Mujeres de la Nación en concurrencia con Maestro Normal Nacional o equivalente; Maestro de Enseñanza Práctica o Egresados de las Escuelas Profesionales de Mujeres de la Nación en la Especialidad que haya aprobado los cursos de Capacitación Docente establecidos por Dto. Nº 6008/54; Título de la especialidad de las Escuelas Nacionales de Educación Técnica en concurrencia con Maestro Normal Nacional o equivalente; Certificado de Competencia de la Especialidad, expedido por el Ministerio de Educación y Justicia, el Consejo Nacional de Educación o la Comisión Nacional de Aprendizaje y Orientación Profesional, en concurrencia con Maestro Normal Nacional o equivalente; Licenciada en Artes Visuales orientación Escultura con título de base en la especialidad; Profesor de Artes en Artes Visuales para la Educación Inicial y EGB 1 y 2; Licenciada en Grabado.-
SUPLETORIO: Certificado de Capacitación en Dibujo y Pintura y Certificado de Capacitación en Artes Visuales; Maestro Provincial en Manualidades Decorativas y Maestro Provincial en Artesanías; Certificado de Capacitación en Manualidades Decorativas o Certificado de Capacitación en Artesanías; Profesorado de Dibujo y Pintura (Consejo Superior de Educación Católica); Realizador en Artes Visuales; Egresados de las Escuelas Industriales o Profesionales de la Nación en la Especialidad; Profesor en Actividades Prácticas y Plásticas (Dto. Nº 4734/79); Técnico en Diseño Gráfico.-
EDUCACIÓN FÍSICA.
DOCENTE: Profesor Normal Nacional de Educación Física; Profesor Nacional de Educación Física; Profesor de Educación Física; Profesor de Educación Física con Especialización Deportiva; Profesor de Educación Física para EGB 3 y Polimodal; Profesor Universitario en Educación Física; Profesor de Educación Física para Nivel Inicial, la Escuela General Básica y el Nivel Polimodal; Profesor de Educación Física con Orientación en Deporte, Salud y Turismo; Profesor de/ en Educación Física con cualquier orientación o especialidad.-
HABILITANTE: Maestro especializado en Educación Física; Maestro Nacional de Educación Física; Maestro de Educación Física; Profesor de Educación Física para el Nivel Pre- Primario y Primario; Profesor de Educación Física para el Nivel Inicial y 1º y 2º Ciclo de la EGB; Licenciado en Educación Física y Deporte; Licenciado en Educación Física y Deporte orientación en Actividad Física y Salud; Licenciado en Educación Física; Licenciado en Actividad Física y Deportiva.-
SUPLETORIO: Maestro Normal en Educación Física; Maestro Normal, Nacional o equivalente, excepto para el 1º y 2º Ciclo de la EGB; Bachiller con Orientación Docente Terminalidad: Auxiliar en Educación Física.-
LENGUA EXTRANJERA. (INGLÉS).
DOCENTE: Profesor de Enseñanza Media en Inglés; Profesor de Enseñanza Secundaria, Normal y Especial en Lengua y Literatura Inglesa; Profesor en Castellano, Literatura e Inglés; Profesor de Enseñanza Secundaria, Normal y Especial en Inglés; Profesor en/ de Inglés; Profesor en Lengua y Literatura Inglesa; Profesor de Enseñanza Superior Universitaria en Idioma Inglés; Profesor de Enseñanza Media en Idioma Inglés; Profesor de Traducción; Profesor de Interpretación; Profesor de Enseñanza Media y Superior en Inglés; Profesor en Inglés en la Enseñanza Media; Profesor Nacional de Inglés; Profesor Superior de Inglés; Profesor en Inglés para la Enseñanza Superior; Profesor de Inglés para la EGB y la Educación Polimodal; Profesor en la Especialidad Inglés; Profesor de Inglés de Enseñanza Secundaria; Profesor en Inglés para la Enseñanza Media; Profesor en Disciplinas Industriales especialidad: Inglés e Inglés Técnico; Profesor de Inglés (Provincia de Santa Fe) y título de Profesor de Enseñanza Media en otras Disciplinas; Profesor en Lengua Inglesa; Profesor en Enseñanza Superior en Inglés; Profesor de Inglés para el Tercer Ciclo de la Educación General Básica y la Educación Polimodal; Profesor Universitario en Inglés.-
HABILITANTE: “Traductor Literario y de Especialidad (Idioma Inglés)” por “Traductorado Literario y de Especialidad (Idioma Inglés) en concurrencia con Maestro de Año de Educación Primaria”.
Texto sustituido por Anexo I del Decreto 883-2010
Texto anterior dado por el Anexo del Decreto 3035-2009
HABILITANTE: Profesor Elemental de Inglés; Profesor de Inglés para el 1º y 2º Ciclo de la EGB; Profesor para la Enseñanza Primaria y para la Enseñanza del Inglés en el Nivel Primario; Traductora Científico Literaria de Inglés; Traductor Público en Idioma Inglés; Profesor de Inglés para el Nivel Elemental; Profesor de Inglés para la Enseñanza Primaria; Licenciado en Lengua y Literatura Inglesa; Licenciado en Inglés; Doctor en Inglés; Traductor Literario y Técnico Científico (Inglés); Intérprete Simultáneo (Inglés); Profesor de Inglés para EGB 1 y 2; Traductor Literario y de Especialidad (Idioma Inglés); Licenciado en Lenguas Modernas- Sección Inglés; Profesor de Inglés para la Enseñanza Pre-escolar y Primaria; Traductora Pública Nacional en Lengua Inglesa; Profesor de Inglés (Prov. de Santa Fe) y Maestro Normal Nacional o equivalente, excepto 1º y 2º Ciclo.
SUPLETORIO: “Traductor y de Especialidad (Idioma Inglés)” por “Traductorado Lite-rario y de Especialidad (Idioma Inglés)”.
Texto sustituido por Anexo I del Decreto 883-2010
Texto anterior dado por el Anexo del Decreto 3035-2009
SUPLETORIO:
Traductor Público especializado en Inglés; Perito Traductor en Inglés; Interprete Traductor en Inglés; Profesor de Inglés (Prov. de Santa Fe) y título Secundario; Traductor y de especialidad (Idioma Inglés); Certificado de Asignaturas Aprobadas con no menos del 60% de la carrera Docente Universitaria correspondiente al Nivel; Traductor Público de Inglés; Certificado de Estudios Completos de Institutos Privados con no menos de seis (6) años de duración en concurrencia con Título de Profesor en Cualquier Especialidad, o de Maestro Normal Nacional, o equivalente (excepto para el 1º y 2º Ciclo), o con cinco (5) años de desempeño en el dictado de la asignatura en Establecimientos Oficiales o Privados incorporados a la Enseñanza Oficial; Traductor Público de Inglés.-
MODALIDAD: EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL ESPACIOS CURRICULARES DE LA FORMACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA PARA EL PRIMER AÑO DEL CICLO BÁSICO DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA
ESPECIALIDAD:
PRODUCCIÓN AGROPECUARIA.
TALLER: INTRODUCCIÓN A LOS SISTEMAS AGROPECUARIOS
DOCENTE: Profesor de Educación Técnica para el Nivel Medio en Agronomía; Profesor de Educación Técnica para el Nivel Medio en Veterinaria; Profesor de Educación Técnica para el Nivel Medio en Ciencias Agrarias; Profesor en Ciencias Agrarias; Profesor y Técnico Superior en Ciencias Agrícolas Ganaderas; Profesor en Disciplinas Tecnológicas en la Especialidad Ingeniero Agrónomo; Profesor en Disciplinas Industriales en concurrencia con Ingeniero Agrónomo; Profesor en Educación Agrícola.-
HABILITANTE: Ingeniero Agrónomo; Ingeniero Agrónomo con Orientación Agropecuaria; Ingeniero en Producción Agropecuaria; Ingeniero Rural; Licenciado en Agronomía; Licenciado en Ciencias Agrarias; Maestro de Enseñanza Práctica y título de Veterinario o equivalente; Maestro de Enseñanza Práctica y título de Agrónomo especialidad en Ganadería; Maestro de Enseñanza Práctica y título de Ingeniero Agrónomo; Ingeniero Zootecnista; Licenciado en Ciencias Agrarias especialidad Zootecnia; Ingeniero Agrónomo con orientación en Producción Agropecuaria; Ingeniero Agrónomo con orientación en Producción Animal; Ingeniero en Producción Agropecuaria; Veterinario o equivalente; Ingeniero Agrónomo con orientación en Ciencias del Suelo; Ingeniero Agrónomo con orientación Vegetal.-
SUPLETORIO: “Técnico Agropecuario en Producción Bajo Riego e Industrialización Fruti Hortícola (Prov. de La Pampa)” por “Técnico Agropecuario en Producción Bajo Riego e Industrialización Fruti Hortícola”; “Agrónomo o Agrónomo General en la especialidad Agricultura (Prov. de La Pampa)” por “Agrónomo o Agrónomo General en la especialidad Agricultura”; “Experto Agrónomo y Bachiller con orientación Agraria (Prov. de La Pampa)” por “Experto Agrónomo y Bachiller con orientación Agraria”; “Agrónomo especializado en Horticultura y Fruticultura Bajo Riego (Prov. de La Pampa)” por “Agrónomo especializado en Horticultura y Fruticultura Bajo Riego”.
Texto sustituido por Anexo I del Decreto 883-2010
Texto anterior dado por el Anexo del Decreto 3035-2009
SUPLETORIO: Técnico Agropecuario con especialidad en Ganadería; Técnico Agropecuario especializado en Ganadería; Agrónomo o Agrónomo General especializado en Ganadería; Perito Ganadero; Técnico Agrónomo especializado en Ganadería de Regiones Semi-Áridas; Técnico Universitario especialización en Ganadería; Técnico Superior en Producción Agrícola Ganadera; Técnico Universitario en Producción Animal; Técnico Universitario en Producción Agropecuaria; Técnico Superior en Producción Agropecuaria; Técnico en Producción Agraria; Técnico Universitario en Producción Lechera; Técnico en Producción Ganadera; Técnico en Producción y Administración Agropecuaria; Perito Agrónomo Ganadero; Técnico en Producción Agrícola; Técnico Agropecuario; Bachiller Agrícola; Bachiller Técnico Agrícola; Bachiller Agrario; Agrotécnico; Perito Agrónomo Bachiller con orientación Agraria; Técnico Universitario en Cultivo y Suelos; Técnico Universitario en Producción Vegetal; Técnico Agrónomo Universitario; Técnico Agropecuario en Producción Bajo Riego e Industrialización Fruti Hortícola (Prov. de La Pampa); Agrónomo o Agrónomo General en la especialidad Agricultura (Prov. de La Pampa); Experto Agrónomo y Bachiller con orientación Agraria (Prov. de La Pampa); Agrónomo especializado en Horticultura y Fruticultura Bajo Riego (Prov. de La Pampa); Técnico en Producción Agropecuaria.-
ESPECIALIDAD:
INFORMÁTICA PROFESIONAL Y PERSONAL.
TALLER DE INFORMÁTICA I
DOCENTE: Profesor de Enseñanza Media y Superior en Informática; Profesor de Enseñanza Media y Superior en Computación; Profesor en Matemática y Computación; Profesor en Computación.-
HABILITANTE: Ingeniero en Computación; Ingeniero en Sistemas de Información; Ingeniero de Sistemas Orientación Sistemas de Información; Licenciado en Análisis de Sistemas; Licenciado en Sistemas; Licenciatura en Ciencias de la Computación.-
SUPLETORIO: Analista de Sistemas Informáticos; Técnico en Computación; Técnico Programador; Analista en Computación Administrativa; Técnico en Soporte Operativo para P.C.; Analista Programador; Analista Programador en Computación; Técnico Superior en Análisis de Sistemas; Técnico Superior en Análisis de Sistemas Computarizados; Técnico Superior en Informática; Analista y Programador de Sistemas; Programador Superior; Analista de Computación; Analista de Sistemas de Computación; Analista en Informática Orientación Procesamiento de Datos; Analista Universitario de Sistemas; Técnico Superior en Análisis de Sistemas; Técnico Superior en Análisis de Sistemas Computarizados; Técnico Superior Universitario en Informática Educativa; Técnico Universitario en Microprocesadores.-
ESPECIALIDADES:
EQUIPOS E INSTALACIONES ELECTROMECANICAS.
MECANIZACION AGROPECUARIA.
TALLER DE APLICACIONES TÉCNICAS I
DOCENTE: Profesor en Disciplinas Industriales en Máquinas Térmicas y Automotores; Profesor en Disciplinas Industriales especialidad Mecánica; Profesor en Disciplinas Industriales especialidad Máquinas Térmicas; Profesor de Educación Técnica para el Nivel Medio en Mecánica; Profesor de Educación Técnica para el Nivel Medio en Electromecánica; Profesor de Educación Técnica para el Nivel Medio en Mecánica Rural.-
HABILITANTE: Ingeniero Industrial; Ingeniero Metalúrgico; Ingeniero Mecánico; Ingeniero Industrial especialidad u orientación Mecánica; Ingeniero Mecánico Metalúrgico; Maestro de Enseñanza Práctica y Técnico Mecánico; Maestro de Enseñanza Práctica y Técnico Electromecánico; Maestro de Enseñanza Práctica y Técnico Mecánico Rural; Ingeniero Electromecánico; Ingeniero Mecánico y Metalúrgico.-
SUPLETORIO: Técnico Mecánico; Técnico Electromecánico; Técnico Mecánico Rural; Técnico Mecánico con Orientación en Máquinas Agrícolas; Técnico Mecánico con especialidad en Máquinas y Herramientas; Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas.-
ESPECIALIDAD:
AUTOMOTORES
DOCENTE: Profesor en Disciplinas Industriales en Máquinas Térmicas y Automotores; Profesor en Disciplinas Industriales especialidad Mecánica; Profesor en Disciplinas Industriales especialidad Máquinas Térmicas; Profesor de Educación Técnica para el Nivel Medio en Mecánica; Profesor de Educación Técnica para el Nivel Medio en Electromecánica; Profesor en Disciplinas Tecnológicas especialidad Mecánica y Tecnología de los Materiales; Profesor en Disciplinas Industriales en Tecnología y Dibujo especialidad Automotores; Profesor en Disciplinas Industriales Especialidad Mecánica; Profesor en Disciplinas Industriales especialidad Maquinas Térmicas y Automotores, Tecnologías y Dibujo Técnico.-
HABILITANTE: Ingeniero Mecánico; Ingeniero Mecánico Metalúrgico; Ingeniero Mecánico y Metalúrgico; Ingeniero en Automotores; Ingeniero Aeronáutico; Maestro de Enseñanza Práctica y Técnico Mecánico; Maestro de Enseñanza Práctica y Técnico Electromecánico; Maestro de Enseñanza Práctica y Técnico Mecánico Electricista.-
SUPLETORIO: Técnico Mecánico; Técnico en Automotores; Técnico Mecánico Electricista; Técnico Electromecánico; Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas.-
ESPECIALIDAD:
MAESTRO MAYOR DE OBRAS.
TALLER DE APLICACIONES TÉCNICAS I.
DOCENTE: Profesor de Educación Técnica para el Nivel Medio en Construcciones; Profesor en Disciplinas Industriales en Construcciones; Profesor en Disciplinas Industriales con título: Arquitecto; Profesor en Disciplinas Industriales con título: Ingeniero Civil; Profesor en Disciplinas Industriales con título: Ingeniero Hidráulico; Profesor en Disciplinas Industriales con título: Ingeniero en Construcciones; Profesor en Disciplinas Industriales con título: Ingeniero en Vías de Comunicación; Profesor en Disciplinas Industriales con título: Maestro Mayor de Obras.-
HABILITANTE: Maestro de Enseñanza Práctica y Maestro Mayor de Obras; Maestro de Enseñanza Práctica y Arquitecto; Maestro de Enseñanza Práctica e Ingeniero Civil; Arquitecto; Ingeniero Civil; Ingeniero Hidráulico; Ingeniero en Construcciones; Ingeniero en Vías de Comunicación.-
SUPLETORIO: Ingeniero Geólogo; Técnico Constructor; Auxiliar Técnico en Construcciones; Maestro Mayor de Obras; Técnico en Construcciones. -
CARGOS:
AUXILIAR DOCENTE O PRECEPTOR
Ver art. 3º del Decreto 883-2010
DOCENTE: Profesor en cualquier especialidad o asignatura correspondiente a la Educación Secundaria; Maestro Normal Nacional o sus equivalentes solamente para el Ciclo Básico.-
HABILITANTE: Maestro o Profesor de EGB para 1º y 2º Ciclo; Profesor de Enseñanza Inicial o sus equivalentes. Los mismos títulos declarados docentes para: Maestro de Grupo de Escuelas Especiales y Maestro Recuperador de Centro de Apoyo Escolar; Psicomotricista y Profesor en Psicomotricidad.-
SUPLETORIO: Cualquier título o Certificado de Estudio de Nivel Medio y Polimodal que lo habilite para el ingreso a la Universidad, cualquiera sea su orientación o especialidad.-
AUXILIAR DE SECRETARIA
Ver art. 3º del Decreto 883-2010
DOCENTE: Profesor en cualquier especialidad o asignatura correspondiente a la Educación Secundaria.-
HABILITANTE: Maestro Normal Nacional o sus equivalentes; Maestro o Profesor de EGB para 1º y 2º Ciclo; Profesor de Enseñanza Inicial o sus equivalentes. Los mismos títulos declarados docentes para: Maestro de Grupo de Escuelas Especiales y Maestro Recuperador de Centro de Apoyo Escolar; Psicomotricista y Profesor en Psicomotricidad.-
SUPLETORIO: Cualquier título o Certificado de Estudio de Nivel Medio y Polimodal que lo habilite para el ingreso a la Universidad, cualquiera sea su orientación o especialidad.
INCLUSIONES
EDUCACIÓN SECUNDARIA
1º Año del Ciclo Básico de la Educación Secundaria
LENGUA Y LITERATURA
Docente: Profesora de Tercer Ciclo de la EGB y de la Educación Polimodal en Lengua.-
Habilitante: Profesora en Comunicación Social.-
Supletorio: Licenciada en Comunicación Social con orientación en Promoción Cultural y Educativa.-
MATEMÁTICA
Supletorio: Analista de Sistemas Informáticos.-
CONSTRUCCIÓN DE CIUDADANÍA
Habilitante: Profesora de Tercer Ciclo de la EGB y de la Educación Polimodal en Lengua.-
Supletorio: Sociopedagogo: con Orientación en Niñez y Adolescencia en Riesgo.-
BIOLOGÍA
Habilitante: Licenciado en Biotecnología.-
Supletorio: Farmacéutico Nacional.-
QUÍMICA Y FÍSICA
Habilitante: Licenciado en Biotecnología; Farmacéutico Nacional.-
EDUCACIÓN ARTÍSTICA - ARTES VISUALES
Supletorio: Realizador Integral de Dibujos Animados.-
MODALIDAD: EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL
ESPACIOS CURRICULARES DE LA FORMACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA PARA EL 1º AÑO DEL CICLO BÁSICO DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA.
ESPECIALIDAD: PRODUCCIÓN AGROPECUARIA
TALLER: INTRODUCCIÓN A LOS SISTEMAS AGROPECUARIOS
Supletorio: Técnico Profesional en Producción Agropecuaria.-
ESPECIALIDAD: INFORMÁTICA PROFESIONAL Y PERSONAL
TALLER DE INFORMÁTICA I
Supletorio: Técnico Superior en Computación Administrativa.-
CARGOS
COORDINADOR DE CURSO
Supletorio: Sociopedagogo: con Orientación en Niñez y Adolescencia en Riesgo.-
Texto Incorporado por Art. 4º del Decreto 442-2012.-