Decreto Nº 3019-2021
Habilítanse los eventos al aire
libre en conmemoración por el "Día del Estudiante" .[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O.
3483 del 17-09-21.-
Dictado el 16-09-21.-
Operador del Digesto:
M.L.E..-
Artículo 1°.-HABILÍTANSE, en
conmemoración por el “DIA DEL ESTUDIANTE” y en
el marco del
artículo 4° inciso
e) del Decreto
de Necesidad y Urgencia
N° 494/21, los
EVENTOS AL AIRE LIBRE
hasta 500 personas
los cuales podrán desarrollarse los días 21 al 26 de
septiembre de 2021, en el horario
comprendido entre las
08:00 horas y
las 24:00 horas.
Artículo 2°.-ÍNSTASE a los
jóvenes estudiantes a actuar con
compromiso, solidaridad y
responsabilidad social,
acatando las formas,
condiciones y modalidades aconsejadas y las recomendaciones de
las Autoridades Sanitarias
Nacional y Provincial, teniendo en cuenta que la pandemia provocada
por el Coronavirus –COVID 19-involucra
cuestiones sensibles de
salud de toda
la población.
Artículo 3°.-DÉJASE ESTABLECIDO
que, previa las pertinentes evaluaciones,
los Intendentes Municipales
y los Presidentes de las Comisiones de Fomento en conjunto con los
Comités de Crisis Locales podrán, con fundamento en la
situación epidemiológica actual,
suspender o limitar en
el ámbito de
su respectiva jurisdicción
la habilitación dispuesta por el
artículo 1° del presente.
Artículo 4°.-Las Autoridades
Municipales, en el
marco de lo normado por el artículo 15 del Decreto de Necesidad y
Urgencia Nº 494/21, en coordinación con las autoridades competentes provinciales,
dispondrán los procedimientos de fiscalización necesarios
para garantizar el cumplimiento de las medidas generales de prevención.