DECRETO 3007-1978
Delega en el Jefe de Policía de la Provincia la facultad de incorporar agentes policiales en comisión y por un período de seis meses
Dictado el: 28-12-78.-
Operador del Digesto: Y.A.C.-
VISTO:
La necesidad de agilizar los nombramientos de personal que requiere la policía de la Provincia, y
CONSIDERANDO:
Que las disposiciones vigentes para la incorporación de personal policial obligan en muchos casos a emitir dos documentos para una misma persona, lo cual provoca inconvenientes administrativos que pueden ser evitados;
Que para una mejor operatoria del Comando Jefatura es aconsejable adoptar una modalidad acorde a dichas exigencias;
Que los nombramientos de personal policial son de carácter excepcional, transitorio, y por un pedido inicial limitado, hasta su confirmación;
Que parece como conveniente delegar en el Jefe de Policía la incorporación inicial transitoria de los futuros agentes policiales y luego de transcurridos 6 meses confirmarlos a través de un instrumento legal emitido por el Poder Ejecutivo Provincial;
Que conforme el inciso 144 del artículo 74 de la Constitución Provincial, el Gobernador de la Provincia puede delegar funciones conducentes a facilitar un mejor desenvolvimiento de la Administración;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º: Delégase en el Jefe de Policía de la Provincia la facultad de incorporar agentes policiales en comisión y por un período de seis meses. Vencido ese término dicho personal podrá ser confirmado por el Poder Ejecutivo Provincial.-
Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno, Educación y Justicia.-
Artículo 3º: Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y archívese.-