Decreto N° 2957-2020
Limitase la excepción de cumplimiento al Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y la Prohibición de circular, al Personal Superior del Poder Ejecutivo que realice viajes oficiales interjurisdiccionales y Apruébase el Protocolo sanitario epidemiológico al respecto.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O. 3437 del 23-10-20.-
Dictado el 20-10-20.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.- LÍMITASE, en el marco del último párrafo del artículo 4º y del apartado 2 del artículo 11, ambos del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 792/20, la EXCEPCION del cumplimiento del AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR, al PERSONAL SUPERIOR DEL PODER EJECUTIVO que realice viajes oficiales interjurisdiccionales, SOLO a los casos que entre el egreso y el reingreso a la Provincia no haya transcurrido un plazo mayor a las 48 horas.
Artículo 2º.- APRUÉBASE el “PROTOCOLO SANITARIO EPIDEMIOLÓGICO - ENCAPSULAMIENTO - PARA VIAJES OFICIALES INTERJURISDICCIONALES DEL PERSONAL SUPERIOR DEL PODER EJECUTIVO A ÁREAS CON/SIN CIRCULACIÓN DE COVID 19”, que como ANEXO forma parte del presente.
Artículo 3º.- EXCEPTÚASE del cumplimiento del AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR, a las AUTORIDADES SUPERIORES de los Gobiernos NACIONAL, PROVINCIALES y MUNICIPALES y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES que ingresen a la Provincia de La Pampa con motivo de realizar actividades oficiales, de acuerdo a lo normado por el último párrafo del artículo 4º y por el apartado 2 del artículo 11, ambos del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 792/20.
Artículo 4º.- DEROGASE el Decreto Nº 1249/20.
Artículo 5º.- El presente Decreto entrará vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 6°.- El presente Decreto será refrendado por todos los Señores Ministros.
ANEXO
PROTOCOLO SANITARIO EPIDEMIOLÓGICOENCAPSULAMIENTO-VIAJES OFICIALES INTERJURISDICCIONALES DEL PERSONAL SUPERIOR DEL PODER EJECUTIVO A ÁREAS CON/SIN CIRCULACIÓN DE COVID 19
INTRODUCCIÓN. Este protocolo establece las directivas de prevención que deberán implementarse en viajes oficiales interjurisdiccionales, para las Autoridades Superiores del Poder Ejecutivo bajo la técnica de encapsulamiento epidemiológico, y se basan en la mejor evidencia disponible a la fecha y sujetas a revisión continua.
Las medidas preventivas fueron pensadas en virtud de los itinerarios que se pueden llevar adelante, por lo cual se encuentran organizadas en las diferentes etapas del recorrido.
La evidencia disponible sobre la forma de transmisión de esta enfermedad indica que se produce a través de gotitas respiratorias producidas al toser, estornudar o hablar y a través del contacto con superficies contaminadas con estas gotas.
Es por ello que todas las estrategias preventivas apuntan a mantener limpieza, higiene y desinfección de superficies, uso de cubre boca nasal o barbijo, e higiene de manos y respiratorio, entre otras.
Se contempla el traslado terrestre o en avión, en estos últimos utilizando en el lugar de destino únicamente movilidad oficial de la Provincia, que solo tiene permanencia en el lugar para hacer los traslados de las Autoridades Superiores, sin permanencia en el lugar.
A fin de evitar que las Autoridades Superiores, en la medida de lo posible, pernocten fuera de la Provincia, así como de respetar las horas de descanso de los choferes que las trasladen, en cada viaje interjurisdiccional deberá preverse la cantidad de choferes necesarios para tal cometido.
1.- MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN RELACIÓN AL FUNCIONARIO:
Debe conocer y hacer conocer a su personal las normas de bioseguridad.
Debe usar en todo momento el equipamiento de protección personal dispuesto: barbijo quirúrgico, antiparras o visera y llevar consigo soluciones para higienizarse las manos (alcohol en gel o alcohol diluido al 70%). Llevar consigo menesteres de uso frecuente (por ej. lapiceras, pañuelos descartables) para no usar los de otras personas.
En caso de una jornada de trabajo (ida y vuelta en el día) deberá disponer de una muda de ropa para cambiarse una vez finalizada la actividad. La ropa que ya no usa deberá guardarse en una bolsa plástica que cerrará herméticamente.
Debe lavarse las manos luego del recambio y guardado de la ropa usada.
En caso de que sea más de una jornada laboral deberá asegurarse tanto para el funcionario como para la comitiva habitaciones de descanso individuales.
2.- DE PREVENCIÓN EN RELACIÓN A LA COMITIVA QUE ACOMPAÑE AL FUNCIONARIO:
Verificar que el personal que acompañe al funcionario no presente ninguna sintomatología compatible con SARS Cov 2 (fiebre, tos, dolor de garganta, diarrea, malestar general, cefalea, anosmia, disgeusia) ni tenga antecedente de ser contacto de alguna situación de sospecha de Covid 19.
Garantizarse que este personal tenga conocimiento minucioso en cuanto a las medidas de prevención, su práctica y la importancia que tienen en la prevención de la enfermedad y en el rol que ocupa.
Debe disponer y usar en todo momento el equipo de protección personal: barbijo quirúrgico, antiparras o visera y tener muda de ropa para eventual recambio de la misma frente a una posible exposición y/o limpieza de vehículo de traslado.
Debe evitar relacionarse con otras personas de manera innecesaria durante la misión que se realiza. Si debe hacerlo en todo momento respetará las normas de seguridad: distanciamiento físico, uso de barbijo, antiparras o visera e higiene de manos.
3.- TRASLADO TERRESTRE - MEDIDAS PREVENTIVAS DURANTE EL TRASLADO AL LUGAR DE DESTINO.
El funcionario en todo momento se trasladará en vehículos provinciales con personal que se considera dentro de la comitiva de Gobierno.
Se dispondrá de vehículo terrestre revisado concienzuda y oportunamente de manera tal que no requiera, en la medida de lo que puede ser planificado, servicio de ningún tipo por fuera de la provincia de La Pampa.
El móvil deberá ser debidamente higienizado según protocolo antes, durante y después de haber realizado la misión de gobierno.
Si no se puede garantizar dentro del vehículo terrestre el distanciamiento se recomienda el uso de separadores entre el chofer y el funcionario.
El funcionario debe viajar distanciado del chofer (en asiento trasero).
Una vez dispuesto en el asiento correspondiente, deberá higienizarse las manos con una solución de alcohol al 70 %. Chofer y ocupantes deberán usar en todo momento cubre boca nasal o barbijo. Cubrirse la nariz y la boca con el pliegue interno del codo o usar un pañuelo descartable al estornudar o toser.
Durante los traslados se deberá garantizar ventilación natural.
No deberá haber ningún tipo de contacto físico entre conductor y ocupantes. Siempre se deberá intentar mantener distancia dentro del habitáculo, el conductor adelante y ocupantes atrás.
Durante el recorrido se deberán desinfectar elementos de uso personal (celulares, billeteras, etc.).
De ser necesario utilizar sanitarios durante el viaje, deberá priorizarse lugares libres de circulación de virus. Deberá higienizarse las manos con agua y jabón.
4.- TRASLADO AEREO: MEDIDAS PREVENTIVAS DURANTE EL EMBARQUE Y DESEMBARQUE.
Durante el arribo a la aeronave las Autoridades Superiores que conforma/n la comitiva deberá/n mantener una distancia mínima de 2 metros.
Evitar cualquier tipo de contacto físico con otras personas manteniendo siempre una distancia mínima de 2 metros.
Usar en todo momento cubre boca nasal o barbijo.
Se deberá evitar cualquier aglomeración de personas.
Al momento de desembarcar en el lugar de destino, se articularán los medios necesarios para que el vehículo que trasladará a las Autoridades Superiores que conforman la comitiva se encuentre cercano al avión previniendo y evitando contactos innecesarios.
Evitar tomar contacto con superficies durante el arribo a la aeronave.
4.1.- MEDIDAS PREVENTIVAS DURANTE EL TRASLADO EN AVION HASTA LUGAR DE DESTINO.
En todo momento el personal que conforma la comitiva deberá mantener una distancia mínima de 2 metros.
Una vez dispuesto en el asiento correspondiente, deberá higienizarse las manos con una solución de alcohol al 70 %. Se deberá evitar cualquier contacto físico entre los tripulantes de la nave y el personal de la comitiva.
Evitar tocarse la cara (boca, ojos, nariz) sin previa higiene de manos. Cubrirse la nariz y la boca con el pliegue interno del codo o usar un pañuelo descartable al estornudar o toser.
Si en alguna instancia del vuelo, por razones de fuerza mayor, no se puede garantizar el distanciamiento mínimo, se deberá hacer uso del cubre boca nasal o barbijo.
Si utiliza el baño durante el vuelo, deberá higienizarse las manos previo al ingreso y al salir con una solución de alcohol. Lavarse las manos con agua y jabón.
4.2.- MEDIDAS PREVENTIVAS DURANTE LOS TRASLADOS EN VEHICULO OFICIAL DESDE EL AEROPUERTO HASTA LUGAR DE REUNION Y DE REGRESO AL AEROPUERTO.
El funcionario en todo momento se trasladará en vehículos provinciales con personal que se considera dentro de la comitiva de Gobierno.
Se dispondrá de vehículo terrestre revisado concienzuda y oportunamente de manera tal que no requiera, en la medida de lo que puede ser planificado, servicio de ningún tipo por fuera de la provincia de La Pampa.
Previo al ingreso del personal al vehículo de traslado, éste debe encontrarse en óptimas condiciones de higiene.
Para esto, se deberá desinfectar con una solución de alcohol las superficies de contacto frecuente del habitáculo, así como también las manijas en el exterior.
Higienizarse las manos antes, durante y después de los traslados.
Durante los traslados se deberá garantizar ventilación a través de las ventanillas.
En todo momento, el conductor y el personal deberá usar cubre boca nasal o barbijo.
No deberá haber ningún tipo de contacto físico entre conductor y ocupantes.
Siempre se deberá intentar mantener distancia dentro del habitáculo, el conductor adelante y ocupantes atrás.
Durante el recorrido se deberán desinfectar elementos de uso personal (celulares, billeteras, etc.)
5.- MEDIDAS PREVENTIVAS DURANTE EL DESARROLLO DE LA REUNIÓN.
No saludarse a través de contacto físico (con beso, manos y/o abrazo).
Evitar las aglomeraciones que pudieran producirse al ingreso a la reunión programada. En todo momento se deberá mantener una distancia mínima de 2 metros.
Usar barbijo quirúrgico en todo momento, recambiándolo cada 6 hs de uso o cuando éste se ensucie o humedezca. Si por alguna razón debe retirárselo, garantizar el distanciamiento social mínimo indicado. Evitar cualquier tipo de intercambio de papeles u objetos, salvo extrema necesidad.
Mantener higiene y desinfección de manos frecuentemente.
Cubrirse la nariz y la boca con el pliegue interno del codo o usar un pañuelo descartable al estornudar o toser.
Se debe disponer de recipientes para el desecho de los pañuelos o barbijos usados que no requieran de manipulación.
Solicitar en la medida de lo posible las personas que comparten la reunión lleven adelante también el protocolo establecido de manera universal.
Organizar los espacios con el fin de asegurar el distanciamiento mínimo que debe mantenerse entre las personas que se encuentren dentro de un mismo ambiente.
Prestar especial atención al momento de ingerir alimentos o bebidas ya que debe retirarse el barbijo por lo que debe asegurar se el distanciamiento y la higiene de superficies en ese momento.
No tocarse la cara (boca, ojos, nariz) sin previa y posterior higiene de manos.
Ventilar regularmente y de manera natural los ambientes, garantizando la circulación de aire.
No compartir alimentos, ni utensilios, ni artículos de higiene personal o de librería (lapiceras).
Limpiar y desinfectar constantemente aquellos objetos que se usan con frecuencia (teclados, mouses, monitores, lapiceras, anteojos, teléfonos, cargadores, billeteras, etc.), así como también las superficies de contacto frecuente.
Deben colocarse dispensadores con soluciones desinfectantes de manera accesible para una adecuada higiene de manos.
6.- MEDIDAS DE AISLAMIENTO AL REGRESAR A LA PROVINCIA
Las AUTORIDADES SUPERIORES DEL PODER EJECUTIVO que deban trasladarse a localidades de otras provincias y regresar a la Provincia de La Pampa, quedan EXCEPCIONADAS según lo dispuesto por el último párrafo del artículo 4º y apartado 2 del artículo 11 del Decreto de Necesidad y Urgencia 792/20 de cumplir el AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO y LA PROHIBICION DE CIRCULAR de 14 días, siempre que entre el egreso y el posterior ingreso a la Provincia no haya transcurrido un plazo mayor a las 48 horas.
En caso contrario, deberán cumplir con los 14 días de AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y LA PROHIBICION DE CIRCULAR.
7.- CONDUCTAS Y MEDIDAS DE PREVENCIÓN DEL CONDUCTOR DE VEHICULO OFICIAL
Se considera de suma importancia que el conductor del vehículo terrestre encargado de los traslados del personal superior del Poder Ejecutivo, adopte medidas estrictas de prevención durante los viajes desde la Provincia de La Pampa hacia otras provincias, para evitar posibles exposiciones a la comitiva.
Tomará los recaudos para que la reposición de combustible se realice en zonas de no circulación de COVID- 19.
En tal sentido se deberá llevar adelante una conducta precisa basada en las siguientes recomendaciones:
Higienizarse frecuente de manos con agua y jabón frotándose durante 40 a 60 segundos incluyendo las muñecas.
Secar las manos al aire libre o con papel descartable.
Cuando no esté al alcance el lavado de manos, usar alcohol en gel.
Evitar tocarse la cara (boca, ojos, nariz, sin previa higiene de las manos).
Limpiar y desinfectar constantemente aquello que manipula de modo usual, (ej. volante, picaporte, luneta, y vidrios). También objetos personales (ej. billeteras, lapiceras, anteojos, teléfonos y cargadores).
Para esto deberá tener suficiente solución desinfectante para todo el viaje.
Es obligatorio el uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón. (Decreto provincial 825/20).
Se deberá planificar el viaje hacia el destino final, teniendo cuenta el consumo de combustible, de tal manera de garantizar la carga la menor cantidad de veces posibles y siempre en localidades SIN CIRCULACIÓN DEL VIRUS.
Asimismo, se deberá disminuir al máximo posible, el descenso del vehículo por motivos innecesarios. En el caso de paradas intermedias antes de llegar a destino, GARANTIZAR QUE NO SEA EN LOCALIDADES CON CIRCULACIÓN DEL VIRUS y evitar contacto con otras personas.
NO se deberá hacer uso de baños públicos en localidades con circulación del virus durante el viaje.
Deberá llevar consigo la bebida y comida necesaria para todo el viaje, y NO PODRA DESCENDER A REALIZAR COMPRAS fuera de la Provincia.
No podrá descender a comer en restaurantes.
El conductor no deberá establecer contacto físico con otras personas, a excepción del personal que traslada, durante el viaje o estadía.
Deberá garantizar la ventilación del vehículo de manera frecuente.