Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
Decreto Nº 295-2008
Asignación Caja Chica a Casa Central de la Dirección General de Rentas
Dictado el 21-02-2008.-.
Art. 1º.- Asignar a Casa Central de la Dirección General de Rentas una “Caja Chica” por la suma de $ 2.000,00, con imputación a la Jurisdicción “H” Unidad de Organización 11 - F. y F. 110 - 1.1.11.1. - Bienes de Consumo: $ 500 F. y F. 110 - 1.1.11.2 .- Servicios no Personales: $ 1.500,00.-
Art. 2º.- Asignar a las Delegaciones de Rentas con asiento en: Capital Federal, una “Caja Chica” por la suma de $ 1.500,00, con imputación a la Jurisdicción “H” Unidad de Organización 11 - F. y F 110 - 1.1.11.1.- Bienes de Consumo: $ 900,00 y F. y F. 110 - 1.1.11.2, - Servicios no Personales: $ 600,00, General Pico, una Caja Chica” por la suma de $ 2.500,00, con imputación a la Jurisdicción “H” Unidad de Organización 11 F. y F. 110 - 1.1.11.1. – Bien es de Consumo: $ 1.500,00 y F. y F. 110 - 1.1.11.2. - Servicios no Personales: $ 1.000,00 General Acha, “Una Caja Chica” por la suma de $ 1.000,00 con imputación a la Jurisdicción “H” Unidad de Organización 11 - F. y F. 110 - 1.1.11.1. - Bienes de Consumo: $ 400,00 y F. y F. 110 - 1.1.11.2.- Servicios no Personales: $ 600,00.-
Art. 3º.- Serán responsables de las “Cajas Chicas” establecidas en los artículos anteriores, el Director General de Rentas, por la Casa Central, los Jefes de las Delegaciones de Capital Federal, de General Pico y de General Acha.-
Art. 4º.- Las “Cajas Chicas” referidas estarán sujetas a rendición de cuenta mensual. Y su reintegro se efectuará al haberse invertido el 70% del monto total. Al 31 de diciembre de 2008 se procederá a rendir cuenta de los gastos efectuados con cargo al ejercicio y depositar el saldo no invertido.-