Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
Dictado el 26-10-07
Art. 1º.- La Comisión Técnico- Científica Interdisciplinaria y honoraria deberá conformarse por un representante titular y uno suplente por cada una de las siguientes áreas:
- Subsecretaría de Salud;
- Subsecretaría de Política Social.-
- Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad (con desempeño en un área específica de la temática).-
- Ministerio de Cultura y Educación.-
- Consejo Provincial de la Mujer.-
- Secretaría de Derechos Humanos.-
Art. 2º.- La coordinación de la Comisión será ejercida por un representante de la Dirección de Prevención y Asistencia de la Violencia Familiar, designado por el Ministerio de Bienestar Social.-
Art. 4º.- La Comisión dejará constancias de las sesiones previas a la realización del Informe que elevarán al Poder Legislativo, debiendo fijar las modalidades de deliberación y reunión.-