DECRETO Nº 268-2014
Sustituye el artÃculo 1º del Decreto N.º 285-2012
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. N.º 3106 del 19-06-14.-
Dictado el 11-06-14.-
Operador del Digesto: Y.A.C.-
ArtÃculo 1º.- Sustitúyase el artÃculo 1° del Decreto N° 285/12 -texto sustituido por el artÃculo 1° del Decreto N° 246/13 -, por el siguiente:
“ArtÃculo 1º.- FÃjase en PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS ($ 4.600.-) el importe lÃmite de los ingresos mensuales a que refiere el inciso f) del artÃculo 157 del Código Fiscal (texto modificado por el artÃculo 80 de la Ley N° 2653 Impositiva año 2012). A tales efectos se considerarán los ingresos obtenidos por el solicitante durante el mes de Febrero del año fiscal al que corresponde el beneficio.-
Cuando el solicitante cuente con ingresos de carácter estacional o no periódicos, se considerará el promedio mensual de dichos ingresos obtenidos en el año calendario inmediato anterior.-"