CONVENIO [1].
Estado de la norma: VIGENTE
Publicado en B.O. Nº 2918 del 12-11-2010.-
Dictado el 20-10-2010.-
Operador del Digesto: R. S.-
Art. 1°.- Ratificase el Convenio, celebrado el día 24 de septiembre de 2010 entre el Señor Ministro de Bienestar Social y el Señor Intendente de la Municipalidad de General Pico, a efectos de constituir una infraestructura específica que permita brindar atención integral a los deportistas en el desarrollo de los Programas de Deportes, en el marco de lo nombrado en los artículos 8°, inciso d) de la Ley 858 y 34 inciso C) apartado 3) de la Ley N° 3 de Contabilidad. Dicho Convenio forma parte del presente Decreto.-
Art. 2°.- El gasto que demande la atención del presente, será imputado a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción “E” – Carácter 0 – Cuenta 0 – U.O.13 – F. y F. 440 – Sección 01-P.P. 30 –p.p. 02- p.s.p. 01 – C.L. 01 – S.C.L. 000 – Partida N° 2659 – del Presupuesto vigente.
Art. 3°.- Comuníquese a la Cámara de Diputados atento el compromiso presupuestario asumido por el presente Decreto para el ejercicio 2011, conforme lo normado en el artículo 10 de la Ley N° 3 de Contabilidad.-