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Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Pampa
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Decreto N° 262
CONVENIO AMPLIATORIO respecto del “PROYECTO, PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES Y DE ESPECIFICACIONES TECNICAS Y EL JUEGO DE PLANOS CORRESPONDIENTE, REFERIDO AL AREA “TELECOMUNICACIONES Y CONTROL” PARA EL ACUEDUCTO RIO COLORADO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS UBICADAS AL NORTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA”,
Dictado el 4/03/2005
Publicado en el BO 2623 del 18/03/2.005.-
Artículo 1°.- Apruébase el Acta de Suspención de plazos contractuales suscripta el 02.09.04 obrante a fojas 306/307 para la ejecución del “PROYECTO, PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES Y DE ESPECIFICACIONES TECNICAS Y JUEGO DE PLANOS CORRESPONDIENTES, REFERIDO AL AREA “TELECOMUNICACIONES Y CONTROL” PARA EL ACUEDUCTO DEL RIO COLORADO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS UBICADAS AL NORTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA”, adjudicado mediante Decreto N° 1434/03 al Experto Ingeniero Osvaldo Daniel PIAZZON, haciendo el mismo expresa renuncia de reclamar gastos improductivos.-
Artículo 2º.- Apruébase la documentación confeccionada por la Comisión Técnica Acueducto Río Colorado, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y en consecuencia autorízase la ampliación del Contrato original suscripto con fecha 28 de Agosto de 2003, para efectuar el “PROYECTO, PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES Y DE ESPECIFICACIONES TECNICAS Y JUEGO DE PLANOS CORRESPONDIENTES, REFERIDO AL AREA “TELECOMUNICACIONES Y CONTROL” PARA EL ACUEDUCTO DEL RIO COLORADO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS UBICADAS AL NORTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA”, adjudicado mediante Decreto N° 1434/03 al Ingeniero Osvaldo Daniel PIAZZON, que consiste en la ejecución de trabajos adicionales tales como confección de la documentación licitatoria referida al área “Red de Fibra Optica y Comunicaciones Multimediales del Acueducto” para la interconexión del mismo, y a los trabajos ya contratados en el área de telecomunicaciones y control se incorporan once localidades más, tales como Anguil, Uriburu, La Gloria, Lonquimay, Catriló, Telén, Maisonnave, Parera, Quetrequén, Rancul e Intendente Alvear, por la suma total de $ 20.250,00 y una ampliación del plazo contractual de 120 días corridos, para la ejecución de los trabajos mencionados, que serán contados a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, encuadrando el procedimiento en las disposiciones de los Artículos 65 y66 de la Ley General de Obras Públicas N° 38 y sus modificatorias.-
Artículo 3º.- Apruébase el modelo de Convenio Ampliatorio a formalizar con el Experto adjudicatario del Proyecto, el que como ANEXO forma parte integrante del presente y facúltase al señor Ministro de Obras y Servicios Públicos en su carácter de Presidente de la Comisión Técnica Acueducto Río Colorado-Co.T.A.R.C.- para que en nombre y representación del Gobierno de la Provincia proceda a suscribir el mismo.-
Artículo 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán atendidos con cargo a la partida: Jurisdicción “R” -Unidad de Organización 01-Cuenta 1-Finalidad y Función 320-Sección 02-Partida Principal 051-Partida Parcial 02-Partida Subparcial 01-Clase 00-Subclase 027- ACUEDUCTO R.C.-LEY 24805” del presupuesto vigente.-
CONVENIO AMPLIATORIO
Entre el Gobierno de la Provincia de La Pampa, con domicilio legal en su sede: 2° piso del Centro Cívico de la Ciudad de Santa Rosa, La Pampa, en adelante llamado “EL GOBIERNO”, por una parte, representada en este acto por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos y Presidente de la Comisión Técnica Acueducto Río Colorado, Ingeniero Julio Néstor BARGERO y el Ingeniero Osvaldo Daniel PIAZZON, L.E. N° 4.600.231, argentino, mayor de edad, que en adelante se llamará “EL CONTRATISTA” por la otra parte, convienen en celebrar el presente Convenio Ampliatorio, que se regirá por las siguientes cláusulas.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
PRIMERA: “EL GOBIERNO” y “EL CONTRATISTA” celebran el presente Convenio Ampliatorio del firmado el 28 de Agosto de 2003, respecto del “PROYECTO, PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES Y DE ESPECIFICACIONES TECNICAS Y EL JUEGO DE PLANOS CORRESPONDIENTE, REFERIDO AL AREA “TELECOMUNICACIONES Y CONTROL” PARA EL ACUEDUCTO RIO COLORADO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS UBICADAS AL NORTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA”, cuya adjudicación se efectuó mediante Decreto N° 1434/03.-
SEGUNDA: “EL GOBIERNO” y “EL CONTRATISTA” acuerdan una ampliación del Contrato original que consiste en la ejecución de los trabajos adicionales tales como confección de la documentación licitatoria referida al área “Red de Fibra Optica y Comunicaciones Multimediales del Acueducto” para la interconexión del mismo, y a los trabajos ya contratados del área de telecomunicaciones y control se incorporan once localidades más, tales como Anguil, Uriburu, La Gloria, Longuimay, Catriló, Telén, Maisonnave, Parera, Quetrequén, Rancul e Intendente Alvear, por la suma total de PESOS VEINTE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 20.250,00) conforme al cronograma de trabajos presentado, obrante a fojas 319.-
TERCERA: Fíjase en CIENTO VEINTE DIAS (120) días corridos la ampliación del plazo contractual, que serán contados a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, atento la suspensión de los plazos contractuales acordados en el Acta de Suspensión de Plazos.-
CUARTA: “EL CONTRATISTA” hace expresa renuncia de reclamar diferencia de precios por mayores costos y gastos improductivos que puedan originarse a consecuencia de la ampliación de plazo.-
QUINTA: Forman parte integrante del presente Convenio la documentación agregada desde fojas .... a fojas ........ del Expediente N° 5960/03-MGEyS-, Decreto N° 1434/03 y la Ley General de Obras Públicas N° 38 y sus posteriores modificaciones, que “EL CONTRATISTA” declara conocer y aceptar.-
SEXTA: En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 41° de la Ley General de Obras Públicas N° 38, “EL CONTRATISTA” hace entrega en este acto de Póliza de Seguro de Caución N° ................. otorgada por ................. por la cual se obliga hasta la suma de $ 1012,50, equivalente al cinco (5 %) por ciento del importe total del Convenio, la que será reintegrada a la culminación de los trabajos.-
SEPTIMA: Para todos aquellos aspectos que no se encuentran específicamente reglados en el presente Contrato, serán de aplicación subsidiaria las disposiciones de la Ley N° 3 de Contabilidad y su Decreto-Acuerdo N° 470/73 y sus modificatorios y la Ley N° 38 General de Obras Públicas.-
OCTAVA: Para todos los efectos de este Contrato, las partes se someten a los Tribunales Provinciales Ordinarios de la ciudad de Santa Rosa, haciendo expresa renuncia al Fuero Federal, constituyendo domicilio “EL GOBIERNO” en el 2° Piso de la Casa de Gobierno -Centro Cívico-, haciéndolo “EL CONTRATISTA” en calle Pellegrini N° 12, ambos de la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa.-
En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los .............. días del mes de ............................ del año ..................-