Decreto Nº 2283-2020

Delégase en el Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos las facultades correspondientes al Poder Ejecutivo contenidas en la NJF 835 sobre otorgamiento de subsidios.[1]

 

Estado de la norma: DEROGADO por Decreto Nº 3397-2023.-

Publicado en el B.O. 3432 del 18-09-20.-

Dictado el 07-09-20.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

Artículo  1°.-Delégase,  a partir de la fecha del presente Decreto, en el Ministerio de Gobierno,  Justicia  y  Derechos  Humanos  las  facultades correspondientes  a  este  Poder  Ejecutivo  contenidas  en  la Norma Jurídica de Facto N° 835 y sus modificatorias, para otorgar   mediante   Resolución   Ministerial   subsidios   a Instituciones  comprendidas  en  la  citada  norma  y  aportes no  reintegrables  a  Municipios  y  Comisiones  de  Fomento, hasta   un   máximo   de   $   100.000,00   por   vez   y   por Instituciones, Municipalidad y Comisión de Fomento.

 

Artículo 2°.-Derógase el Decreto N° 545/13



[1] Nota: Título dado por el Digesto.