Decreto Nº 2283-2020
Delégase en el Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos las facultades correspondientes al Poder Ejecutivo contenidas en la NJF 835 sobre otorgamiento de subsidios.[1]
Estado de la norma: DEROGADO por Decreto Nº 3397-2023.-
Publicado en el B.O. 3432 del 18-09-20.-
Dictado el 07-09-20.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.-Delégase, a partir de la fecha del presente Decreto, en el Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos las facultades correspondientes a este Poder Ejecutivo contenidas en la Norma Jurídica de Facto N° 835 y sus modificatorias, para otorgar mediante Resolución Ministerial subsidios a Instituciones comprendidas en la citada norma y aportes no reintegrables a Municipios y Comisiones de Fomento, hasta un máximo de $ 100.000,00 por vez y por Instituciones, Municipalidad y Comisión de Fomento.
Artículo 2°.-Derógase el Decreto N° 545/13