Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
Decreto Nº 2097-2007
Sustitúyase el Artículo 2º del Decreto Nº 81/06
Publicado en B.O. 2752 del 07-09-2007.-
Dictado el 28-08-2007.-
Art. 1º.- Sustitúyase el Artículo 2° del Decreto N° 81/06, el que quedará - redactado de la siguiente manera: "Artículo 2°. Delégase en el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos la facultad de este Poder Ejecutivo para aprobar el otorgamiento, por parte de la Administración Provincial de Energía, de la ayuda prevista en el Articulo 21 inciso o) de la Norma Jurídica de Facto N° 1101 a los prestatarios de servicios públicos de electricida o comunidades para resolver situaciones vinculadas al servicio eléctrico”.-