Decreto Nº 1874-2022
Modifícanse las denominaciones de la Dirección de Coordinación de Políticas Socializadoras, de la Subdirección General de Vinculación Ciudadana y créase, en la órbita del Ministerio de Seguridad, la Dirección General de Asistencia Integral a las Personas Privadas de la Libertad.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O. 3524 del 24-06-22.-
Dictado 06-06-22.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1º.-Modifícanse las denominaciones de la Dirección de Coordinación de Políticas Socializadoras y del cargo del área, por el de Dirección de Coordinación de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para Personas en Conflicto con la Ley Penal y de Director/a de Coordinación de Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para Personas en Conflicto con la Ley Penal, respectivamente.
Artículo 2º.- Modifícanse las denominaciones de la Subdirección General de Vinculación Ciudadana y del cargo del área, por el de Subdirección General de Políticas Socializadoras y Subdirector/a General de Políticas Socializadoras, respectivamente, área que pasará a depender de la Subsecretaría de Seguridad ciudadana.
Artículo 3º.- Créase, en la órbita del Ministerio de Seguridad, la Dirección General de Asistencia Integral a las Personas Privadas de la Libertad, dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, en el marco de lo establecido por el Convenio Complementario de Cooperación “ALOJAMIENTO DE PROCESADOS Y CONDENADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA EN LA PROVINCIA DE SAN LUIS” y sus Anexo en el Marco del tratado de “El Caldén”, entre la provincia de La Pampa y la Provincia de San Luis, suscripto el día 26 de mayo de 2022.
Artículo 4º.-Sustitúyase el Anexo II del Decreto 854/20 por el Anexo I, que forman parte integrante del presente Decreto, y -consecuentemente-Apruébase el organigrama del Ministerio de Seguridad.
Artículo 5º.-Apruébase la Solicitud de Reestructuración de Cargos Nº 359681/2002, necesaria para atender los modificaciones del presente decreto.
Artículo 6º.-Establécese que el gasto que demande el presente, se atenderá con las partidas correspondientes del presupuesto vigente.