Decreto N° 164-2022
Delégase en
el señor Ministro de Obras y
Servicios Públicos de la Provincia, la suscripción de
toda documentación correspondiente a los
distintos aspectos técnicos
de las obras
a desarrollarse en el marco de la adhesión al "Programa
de Infraestructura de Cuidados" del Ministerio de Obras Públicas de Nación.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O.
3505 del 11-02-22.-
Dictado el 01-02-22.-
Operador del Digesto:
M.L.E.-
Artículo 1º.-Delégase
en el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos
de la Provincia, la suscripción de toda
documentación
correspondiente a los distintos
aspectos técnicos de
las obras a
desarrollarse en el marco de la
adhesión al "Programa de Infraestructura de Cuidados" del Ministerio
de Obras Públicas de Nación, así como la designación de responsables técnico y
contable, la rendición de cuentas,
supervisión, control y
todo lo relativo a la implementación y
ejecución del citado Programa en el ámbito provincial.