Decreto N° 158-2022
Deléganse en la Secretaría de Cultura las facultades correspondientes a este Poder Ejecutivo contenidas en la Norma Jurídica de Facto N° 835, para otorgar subsidios y aportes no reintegrables .[1]
Estado de la norma: DEROGADO por Decreto Nº 3397-2023.-
Publicado en el B.O. 3505 del 11-02-22.-
Dictado el 31-01-22.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1º.-Deléganse en la Secretaría de Cultura las facultades correspondientes a este Poder Ejecutivo contenidas en la Norma Jurídica de Facto N° 835 y sus modificatorias, para otorgar subsidios a instituciones comprendidas en la citada norma y Aportes no reintegrables a Municipios y Comisiones de Fomento, dando cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 1° del Decreto Nº 2678/16, hasta un máximo de $ 300.000 por vez, por Institución, Municipalidad y Comisión de Fomento.