DECRETO Nº 156-2012
PRORROGA POR EL PLAZO DE 90 DÍAS LA VIGENCIA DEL
ARTÍCULO 1º DEL DECRETO Nº 3252/08.[1]
Estado de la Norma: VIGENTE.
Publicado en B.O. Nº 2987 del 09-03-2012.-
Dictado el 29-02-2012.-
Operador de Digesto: R. S.-
Art. 1º.- Prorrógase por el plazo de 90 días a partir del 1º de Marzo de 2012 la vigencia del artículo 1º del Decreto Nº 3252/08, prorrogado por los Decretos Nºs 852/09, 2782/09, 167/10, 916/10, 1903/10, 3640/10, 100/11 y 179/11.-