Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

 

DECRETO Nº 142-2007

 

 

CREANDO LA SUBSECRETARIA DE HIDROCARBUROS Y MINERIA, EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION.-

 

 

Publicado en B.O. 2722 del 09-02-2007.-

Dictado el 02-02-2007.-

 

 

Santa Rosa, 2 de Febrero de 2007.-

 

VISTO:

 

         El Expediente Nº 955/07 caratulado: “MINISTERIO DE LA PRODUCCION-DIRECCION DE MINERIA S/ PROYECTO CREACION SUBSECRETARIA HIDROCARBUROS Y MINERIA”;

 

CONSIDERANDO:

          Que la Ley Provincial N° 1666 -; Ley Orgánica de Ministerios - que en su artículo 6° establece la facultad del Poder Ejecutivo Provincial de crear, reestructurar, fusionar, subdividir o disolver los organismos de la Administración hasta el nivel de Subsecretaría inclusive, pudiendo disponer el pase de organismos a dependencias de otros Ministerios;

Que la actividad hidrocarburífera en la Provincia de La Pampa se ha intensificado notoriamente en las áreas tradicionalmente explotadas, incrementándose la producción y un QUINIENTOS POR CIENTO (500 %) la percepción de recursos en concepto de regalías y participación en la producción al erario provincial;

Que esta actividad se verá incrementada como consecuencia de las licitaciones de exploración de la áreas determinadas por la Ley N° 2203, por los permisos otorgados a Pampetrol S.A.P.E.M., dentro del marco previsto por la Ley N° 2225, por la actividad de nuevas concesiones nacionales que recientemente han iniciado sus operaciones y por la administración del resto de las áreas con potencial hidrocarburífero;

Que sumado al vasto desarrollo hidrocarburífero provincial, la sanción de la Ley Nacional N° 26.197, implica la transferencia a las provincias petroleras de los permisos de exploración y las concesiones de explotación localizadas en cada una de las Provincias, haciendo realidad el dominio originario de los recursos naturales en su territorio reconocido por la Constitución Nacional;

          Que la Ley Nacional N° 26197 dispone asimismo que las Provincias asumirán en forma plena el ejercicio del dominio y la administración sobre los yacimientos, lo que incrementará las tareas al ejercer de pléno derecho el control de los permisos de exploraciones y concesiones de explotación de hidrocarburos otorgados o aprobados por el Estado Nacional;

          Que actualmente la Dirección de Minería es el único organismo con competencia para realizar los controles mencionados precedentemente, incluyendo, además, los restantes yacimientos de, minerales enumerados por el Código de Minería y Leyes complementarias;

           Que específicamente la Dirección de Minería dependiente de la Subsecretaría de Industria y Comercio - Ministerio de la Producción - tiene a su cargo actuar como organismo centralizado, y conocer y decidir en todos los asuntos sobre permisos y concesiones mineras para la adquisición, explotación y aprovechamiento de las sustancias minerales de la Provincia con sujeción al Código de Minería y Leyes complementarias;

Que asimismo, la Dirección de Minería se considera eficientemente dotada para su labor administrativa, debiendo intensificarse su tarea en los aspectos de promoción de la actividad minera, evaluación de los recursos y desarrollo industrial de los recursos primarios, resultando necesario generar un impulso en dichas acciones;

Que dado el volumen de importancia adquirido por la actividad hidrocarburífera, y anexas, resulta necesaria la creación de un organismo especializado que tenga exclusiva competencia sobre los permisos de exploración y concesiones de explotación actuales y futuros sobre áreas petroleras y gasíferas en la Provincia de La Pampa;

Que más allá de la demanda que establece el crecimiento de los hidrocarburos, es oportuno atender el desarrollo referido a los biocombustibles en el marco de las características del mercado del petróleo, la disponibilidad de las reservas de hidrocarburos, las características agropecuarias de nuestra Provincia y las implicancias de demanda que el uso generalizado de los mismos producirán en la remineralización de suelos, con recursos minerales disponibles en nuestros yacimientos;

Que la actividad hidrocarburífera y minera debe abordarse desde el Estado con recursos humanos altamente capacitados, y con recursos y logística que aseguren un control y promoción eficiente;

Que dado el organigrama actual, una modificación mínima de la estructura administrativa, consistente en la creación de una Subsecretaría y una Dirección, permitirá optimizar los recursos que hagan posible abordar la problemática y aumentar la eficiencia de la administración en esta materia;

Que la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante en el Ministerio de la Producción, ha tomado la intervención que le compete;

 

POR ELLO;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

Artículo 1°.- Créase la Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería, en el ámbito del Ministerio de la Producción.-

Artículo 2°.- Transfiérase a la Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería la actual

Dirección de Minería que hasta la fecha dependía de la Subsecretaría de Industria y Comercio.­-

Artículo 3º.- Créase la Dirección de Hidrocarburos y Biocombustibles en el ámbito de la Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería.­-

Artículo 4º.- Apruébase la estructura orgánica de la Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería, que como Anexo I forma parte del presente Decreto.­-

Artículo 5°.- Apruébase las misiones y funciones correspondientes a la Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería y sus Direcciones, que como Anexo II, forman parte del presente Decreto.-

Artículo 6°.- Las erogaciones resultantes del presente Decreto, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto vigente.­-

Artículo 7°.- Derógase toda norma que se oponga a la presente.­-

Artículo 8°.- El presente Decreto será refrendado por todos los Señores Ministros.­-

Artículo 9°.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de la Producción.- Ingº. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa.- Dr. Rodolfo Mauricio GAZIA, Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.- Sergio Raul ZILIOTTO, Ministro de Bienestar Social.- Prof. María de los Angeles ZAMORA, Ministro de Cultura y Educación.- Dr. Ricardo Horacio MORALEJO, Ministro de la Producción.- A/C Ministerio de Hacienda y Finanzas Ing. Julio BARGERO, Ministro de Obras y Servicios Públicos.-

 

ANEXO I

 

ORGANIGRAMA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


ANEXO II

 

MISIONES Y FUNCIONES:

 

SUBSECRETARIA DE HIDROCAUBUROS Y MINERIA

 

·         Actuar, conocer y decidir en todos los asuntos referidos a permisos y concesiones para la adquisición, exploración, almacenaje, transporte y aprovechamiento de sustancias minerales e hidrocarburíferas de la Provincia, con sujeción a las Leyes Provinciales y Nacionales en la materia.­-

·         Asistir al Ministerio de la Producción en todo lo referente a la actividad hidrocarburífera y minera, y en todos los asuntos de su competencia.­-

·         Cumplir y llevar adelante las políticas instrumentadas a través del Poder Ejecutivo en materia de minería e hidrocarburos.­-

·         Proponer las medidas y acciones tendientes al desarrollo de la actividad mediante proyectos que afiancen el crecimiento de las actividades bajo su incumbencia.­-

·         Diagramar y ejecutar tareas que aseguren una explotación racional y sustentable de       los recursos mineros e hidrocarburíferos de                              la Provincia         

·         Ejercer la Autoridad en materia de minería e hidrocarburos y toda aquella competencia que le fuera delegada por el Poder Ejecutivo conforme a las normativas nacionales y provinciales.-

·         Celebrar convenios con autoridades nacionales, provinciales y municipales; y entidades nacionales, provinciales o municipales, públicas o privadas y con Universidades y Centros de Estudios e investigación, ad referéndum del Poder Ejecutivo, donde  se  propicie  el  intercambio  de  información, datos estadísticos, así

como la realización de estudios y trabajos, con el fin de promover la exploración y explotación de los recursos.-

·         Controlar el fiel cumplimiento de los convenios y contratos celebrados por la Provincia dentro del ámbito de su competencia.­-

·         Asesorar al Poder Ejecutivo en todo lo relacionado a los recursos minerales e hidrocarburíferos y anexos, en los cuales tenga interés o deba ser representado ante organismos municipales, provinciales, nacionales e internacionales correspondientes. -­

·         Convenir, ad referéndum del Poder Ejecutivo, la gestión para la obtención de cooperación o asistencia técnica o financiera para el cumplimiento de los objetivos de su cartera.­-

·         Promover el desarrollo y la asistencia técnica a los productores mineros y empresas prestadoras de servicios a las empresas petroleras.­-

·         Examinar el marco jurídico vigente en materia de los recursos minerales e hidrocarburíferos y anexos, y proponer las normas y modificaciones legales o innovaciones que fuere menester incorporar sobre el tema.­-

·         Proponer la preparación de campañas de propaganda para el fomento y difusión de conocimientos y prácticas concordantes con la actividad de su competencia.­-

·         Fomentar las acciones tendientes a fortalecer y realizar misiones comerciales y tareas de desarrollo industrial de los recursos mineros e hidrocarburíferos, con el fin de lograr un mayor valor agregado a los productos primarios obtenidos en la provincia.­-

·         Propiciar el establecimiento de tasas para los servicios que presta y disponer el control de la percepción de las correspondientes regalías, cánones, derechos explotación, tributos, tasas, y montos por multas, elevando el resultado de esta gestión en las áreas correspondientes.-

·         Representar a la Provincia de La Pampa ante  organismos nacionales e  interprovinciales referidos a los asuntos de su competencia.-

·         Llevar los registros que correspondieran para un adecuado control y administración de los recursos mineros e hidrocarburíferos.-

·         Delegar en las Direcciones dependientes la competencia y asuntos que estime        convenientes a los efectos del mejor funcionamiento y ejercicio de sus funciones.­-

·         Y por extensión, desarrollar las más diversas acciones con relación a los recursos mineros e hidrocarburíferos.-

 

DIRECCIÓN DE MINERIA

 

·         Asistir al Subsecretario en los asuntos específicos bajo su órbita.­-

·         Coordinar la actividad entre los organismos bajo su dependencia.­-

·         Propiciar el desarrollo de cada una de las áreas y la capacitación de los agentes que las integran.­-

·         Proponer a la Subsecretaría las modificaciones necesarias al Procedimiento Minero para lograr la más eficiente administración de los recursos.­-

·         Aplicar el Código de Minería y las Leyes complementarias, sus Reglamentos y Normas de procedimiento.­-

·         Diseñar los planes de desarrollo que posibiliten la detección de nuevos yacimientos mineros y determinen el potencial de los que actualmente se hallan identificados y sin explotar.­-

·         Propiciar la radicación de capitales y lograr el mayor valor agregado a los productos minerales de la Provincia.­-

·         Y por extensión, desarrollar las más diversas acciones con relación a los recursos mineros.-

 

DIRECCIÓN DE HIDROCARBUROS Y BIOCOMBUSTIBLES

                                               

·         Asistir al Subsecretario. en los asuntos específicos bajo su órbita.­-

·         Propiciar el desarrollo de cada una de las áreas y, la capacitación de los agentes que las integran.-

·         Controlar el cumplimiento de los compromisos asumidos por cada una de las empresas con permisos de exploración.­-

·         Controlar el cumplimiento de los compromisos asumidos por cada una de las empresas con concesiones de explotación.­-

·         Realizar el control de los procesos y volúmenes de producción.­-

·         Realizar el inventario de los elementos técnicos de cada una de las áreas exploradas, su archivo y uso para orientar el desarrollo de otras áreas nuevas o mejorar los procesos de las que se revirtieran al Estado.­-

·         Elaborar la documentación técnica y administrativa para abordar nuevas áreas.­-

·         Desarrollar el análisis y recomendación de políticas referidas a los biocombustibles.­-

·         Y por extensión, desarrollar las más diversas acciones con relación a los recursos hidrocarburíferos. ­-

 

DEPARTAMENTO DE REGALIAS Y CONTROL

 

·         Realizar un seguimiento técnico de las regalías mineras e hidrocarburíferas.­-

·         Mantener actualizada las liquidaciones mensuales bajo el concepto dinámico de las varialbles internacionales, regionales y de tipo de cambio.­-

·         Controlar la correcta liquidación de regalías, determinando previamente la producción computable.­-

·         Controlar la correcta liquidación de cánones mineros y petroleros.­-

·         Realizar el contralor y el seguimiento de las inversiones comprometidas por los       concesionarios en el área, con apoyo de la Dirección de Hidrocarburos y Biocombustibles. ­-

·         Controlar las liquidaciones de participación en la producción del área "El Medanito” y liquidar el IVA correspondiente.­-

·         Interactuar en los reclamos por errores de liquidación y otros aspectos derivados de los contratos originales o sus modificaciones.­-

·         Desarrollar una base estadística, estimaciones presupuestarias y la ejecución de informes a la Subsecretaría para que sean enviados periódicamente al Ministerio de Hacienda y Finanzas.­-

 

 

DEPARTAMENTO DE DESPACHO ADMINISTRATIVO

 

·         Asistir al Subsecretario y Directores en la administración de todos los trámites y de la documentación correspondiente.­-

·         Controlar al personal del área para el fiel cumplimiento de las normas legales y reglamentarias vigentes.­-

·         Establecer el vínculo entre la Subsecretaría y sus dependencias con el resto de las áreas administrativas del Gobierno.­-

·         Asitir al Subsecretario en el control y seguimiento del presupuesto de las Unidades de Organización y proponer modificaciones de acuerdo a las necesidades.­-

·         Asistir al Subsecretario y Directores en el Proyecto de presupuesto y sus modificaciones.-

·         Procesar la documentación a los efectos de remitirla a los organismos de control y fiscalización.­-

·         Registrar y liquidar las erogaciones y ordenar su pago.­-

·         Llevar los registros contables necesarios.­-

·         Tramitar y controlar las comisiones de servicios.­-

·         Mantener actualizado el registro de bienes patrimoniales del área, realizando el inventario y control de los mismos, y haciendo los cargos necesarios.­-

·         Recepcionar, registrar y distribuir la totalidad de la documentación en trámite de la Subsecretaría, Direcciones y Departamentos.­-

·         Centralizar, controlar y coordinar los aspectos operativos del movimiento de la documentación de la Jurisdicción, para el logro de una administración ágil y eficiente.­-

·         Distribuir las actuaciones, asentar sus movimientos, desglosar y archivar las mismas conforme corresponda.­-

·         Y toda otra actividad de índole administrativo inherente a la Subsecretaría y sus      Direcciones o dependencias.­-

 

DEPARTAMENTO DE ASESORIA LEGAL

 

·         Actuará en todos los aspectos legales relacionados con los hidrocarburos y minería, interpretará la legislación en la materia, Reglamentos, Resoluciones, etc. para su correcta aplicación y seguimiento.-

·         Deberá intervenir en los temas jurídicos que le sean de aplicación en contratos, licitaciones, convenios, etc.­-

·         Tendrá bajo su responsabilidad la aplicación de la Ley Nº 17319 y sus modificatorias, como así el Código de Minería y la Ley de Procedimiento Minero de la Provincia de La Pampa.-

·         Deberá interactuar, fundamentalmente con las Direcciones, y el Departamento de   Regalías y Control, y con todo otro estamento que requiera conceptos y recursos legales como apoyo.­-

·         Proponer y proyectar Normas y Disposiciones sobre materias de competencia de la superioridad.-

·         Analizar el fiel cumplimiento de la legislación de hidrocarburos, minería, regalías, fiscalización y control ambiental, proponiendo las modificaciones necesarias para un mejor aprovechamiento de los recursos naturales en el ámbito de la Subsecretaría y para agilizar las diferentes tramitaciones de orden administrativo.­-

 

DEPARTAMENTO DE ASESORIA TECNICA

 

·         Aconsejar sobre las acciones de explotación y desarrollo como de exploración de nuevas áreas.­-

·         Advertir sobre el cumplimiento de los compromisos asumidos por cada una de las empresas con permisos de exploración o concesiones de explotación.­-

·         Recomendar metodologías para el control de los procesos y volúmenes de producción.-­

·    Colaborar en la elaboración de documentación técnica y administrativa para explorar nuevas áreas.-

·         Sugerir las metodologías de análisis de los elementos técnicos de cada una de las áreas exploradas, su archivo y uso para orientar el desarrollo de nuevas áreas o mejorar los procesos de las, que se revirtieran al Estado.­-

·         Diseñar y supervisar procesos de Auditoria Interna y Externa.-

·         Colaborar en la recomendación de políticas referidas a los biocombustibles.­-

·         Asistir sobre todos aquellos asuntos técnicos específicos de la industria minera y/o petrolera.­-