Decreto Nº 1382-2019

Crea un Fondo Fijo en la Dirección de General de Deportes, Recreación y Turismo para solventar gastos de participación en representación en los juevos EPADE. 

 

Estado de la norma: VIGENTE

Publicado en B.O. 3359 del 26-04-19.-

Dictado el 17-04-19.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

Artículo 1°.- Créase un Fondo Fijo en la Dirección General de Deportes, Recreación y Turismo para solventar     gastos     de     participación     de     representaciones deportivas en los Juegos Epade a realizarse en las provincias de Neuquén y Río Negro y su etapa previa, la Final Nacional Juvenil de  los  Juegos  Evita  en  la  ciudad  de  Mar  del  Plata  y  sus  etapas previas,  la  Final  Nacional  de  Adultos  Mayores  de  los  Juegos Evita  en  la  ciudad  de  Pinamar  y  sus  etapas  previas,  la  Final Nacional Deporte Adaptado de los Juegos Evita en la Ciudad de Mar del Plata y sus etapas previas, los Juegos Binacionales de La Araucanía en la provincia de La Pampa y sus etapas previas y los Juegos  Argentinos  de  Playa  con  sede  a  confirmar  y  sus  etapas previas, por el monto de $ 465.000.

 

Artículo  2°.- A los efectos de lo determinado precedentemente  la  Habilitación  del  Ministerio  de  Desarrollo Social  depositará  en  la  cuenta  bancaria  abierta  a  tal  efecto,  la suma     indicada     en     el     artículo     anterior,     designándose responsables  de  la  misma  a  los  señores:  Santiago Ornar ALOU, DNI        22.176.014    y    Jorge    Luis    Ceferino MARTÍNEZ ALMUDEVAR,   DNI      20.849.666,   debiendo   firmar   en   las operaciones bancarias los dos nombrados.

 

Artículo 3°.- El Fondo Fijo mencionado en el artículo 1° estará sujeto  a  rendición  de  cuentas  mensual,  pudiendo  rendirse  en períodos menores  en  caso  de  haberse  consumido  el  70  %  del monto   total.   Las   rendiciones   deberán   presentarse   ante   la Habilitación   del   Ministerio   de   Desarrollo   Social,   las   que fiscalizadas por la misma deberán elevarse a la Subsecretaría de Deportes,   Recreación   y   Turismo   Social   para   la   aprobación, adjuntando  los  comprobantes  respectivos  y  relación  detallada de  los  mismos,  refrendada  por  los  responsables  de  la  cuenta señalada en el Artículo 2°, correspondiendo la restitución en el momento de la rendición.