Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
Prestamos de Emergencia a pequeños productores apicultores
Santa Rosa, 21/8/04, BO 2590
Artículo 1°.- Créase en el ámbito del Ministerio de la Producción un sistema de préstamos de emergencia a pequeños productores apicultores con problemas financieros para mantener con capacidad productivas a sus colmenas, de hasta $ 500 por productor, por única vez y por el término de treinta días, destinados exclusivamente a la adquisición de insumos para alimentación en período invernal.- Será autoridad de aplicación del presente decreto el Ministerio de la Producción.
Artículo 2°.- Serán destinatarios del presente préstamo los productores apícolas inscriptos como tales en el Registro Provincial Apícola, que mantengan hasta Cien (100) colmenas en producción y reciban informe favorable de su situación productiva por parte de técnicos de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios.-
Artículo 3°.- La financiación devengará un interés anual de 6%, con un único vencimiento de pago conjuntamente con el capital, el que será en oportunidad de la próxima cosecha y con plazo máximo al 31 de marzo de 2005. (s/Expte. N° 7674/2004).-