Decreto N° 1300-2020
Apruébase el Protocolo sanitario epidemiológico para las personas afectadas al servicio de transporte de carga interjurisdiccional de media y larga distancia (con o sin circulación viral del COVID 19 domiciliados en La Provincia. [1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en Sep. del B.O. 3419 del 19-06-20.-
Dictado el 19-06-20.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.-APRUÉBASE el “PROTOCOLO SANITARIO EPIDEMIOLÓGICOPARA LAS PERSONAS AFECTADAS AL SERVICIO DE TRANSPORTE DE CARGASINTERJURISDICCIONAL DE MEDIA Y LARGA DISTANCIA (CON O SIN CIRCULACIÓN VIRAL DEL COVID 19) DOMICILIADOS EN LA PROVINCIA”,que como ANEXO forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.-Será autoridad de aplicación del Protocolo aprobadopor elartículo anterior la Autoridad Sanitaria Provincial junto con la Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo.
Artículo 3°.-El presente Decreto será refrendado por todos los SeñoresMinistros.
ANEXO
PROTOCOLO SANITARIO EPIDEMIOLÓGICO PARA LAS PERSONAS AFECTADAS AL SERVICIO DE TRANSPORTE DE CARGAS INTERJURISDICCIONALDE MEDIA Y LARGA DISTANCIA(CON O SIN CIRCULACIÓN VIRAL DEL COVID 19)DOMICILIADOS EN LA PROVINCIA
-MEDIDAS SANITARIAS EPIDEMIOLÓGICAS GENERALES
Ámbito de aplicación: El presente Protocolo sanitario epidemiológico es de aplicación a todos las personasque realizan transporte de carga en general interjurisdiccional de media y larga distancia, que tengan domicilio en la Provincia. En el vehículo el transportista deberá contar con elementos para la higiene frecuente de manos:agua y jabón,alcohol en gel o agua y alcohol al 70%.
Deberá lavarse las manos frecuentemente (con agua y jabón frotándose durante 40 a 60 segundos incluyendo las muñecaso con alcohol en gel o agua y alcohol al 70% durante 20 a 30 segundos), y especialmente luego de manipular llaves, dinero, basura, antes y después de comer, como asimismo antes y después de manipular la carta de porte.
Deberá secarse lasmanos al aire libre o con papel descartable.
Higiene respiratoria: Deberá toser o estornudar en el pliegue del codo ousar de pañuelos descartables.
Deberá usar obligatoriamente el cubre nariz, boca y mentónal bajarse del vehículo, al ingresar/permanecer en comercios, en ámbitos de atención al público yentodos aquellos lugares donde no sea posible manteneruna distancia mínima de dos (2) metros entre las personas, conforme la normativa nacional y provincial vigente y aplicable.
En ningún caso deberá saludar ni realizar otra conducta que implique el contacto físico entre personas y debe evitar tocarse la cara (boca, ojos, nariz) sin previa higiene de manos.
Durante el viaje, en las paradas intermedias antes de llegar a destino, por ejemplo, estaciones de servicio, el transportista no debe reunirse con otros choferes ni compartir el mate ni utensilios.
Tendrá que ventilar el camión frecuentemente y durante mínimamente 10 minutos.
Tendrá que limpiar y desinfectar constantemente aquello que manipula de modo usual, volante, picaporte, luneta, y vidrios, como así también objetos personales como billeteras, lapiceras, anteojos, teléfonos y cargadores.
Para la limpieza deberá utilizar agua con detergente y una vez realizada esta deberá proceder a la desinfección con agua lavandina (un pocillo de lavandina en un balde de agua).
Deberá manteneren todo momento unadistancia de dos (2) metros con otras personas en lugares de carta o destino.
Deberá llevar una muda de ropa y cambiarse al llegar a destino.Deberá llevar pañuelos descartables o cambiar frecuentemente la toalla personal.
El transportista tendrá que someterse obligatoriamente a todos los controles sanitarios y epidemiológicos, estudios y análisis que decida efectuar la Autoridad de Aplicaciónen relación con el COVID 19.
Deberá asistir a toda capacitación y/o charla concerniente a las medidas de funcionamiento, sanitarias y epidemiológicas y otras cuestiones relacionadas con el COVID 19.
No podrán presentarse a prestar el servicio los transportistas que:
-Presenten síntomas de manera aguda tales como: dificultad respiratoria, fiebre, tos, dolor muscular, dolorde garganta, rinorrea (secreción acuosa o mucosa de los orificios nasales), diarrea, alteración del olfato o del gusto. En este caso deberán dar inmediato aviso a las Autoridades Sanitarias correspondientes y cumplir con los protocolos epidemiológicos quedefina y establezca para el caso Autoridad Sanitaria Provincial;
-Hayan estado en contacto con un caso sospechoso o confirmado de COVID 19 en los últimos catorce (14) días y no tengan el alta sanitaria de esta situación.
-AISLAMIENTO OBLIGATORIO PARA TRANSPORTISTAS QUE INGRESAN AL TERRITORIO PROVINCIAL DESDE OTRA JURISDICCIÓN
Los transportistas con domicilio en la Provincia que provengan de otras jurisdicciones previo a su ingresotendrán que:
a) Determinare informar a la autoridad de aplicación la fecha en que ingresarán y el lugar de residenciay/o donde se alojarán.
b) En el lugar de residencia u otro en el que se alojen deberán permanecer aislados obligatoriamente (cfr.Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20) cada vez que retornen de un viaje desde otra Provincia y hasta tanto deban cumplir con un nuevo servicio, lo cual también deberá ser informado.
c) Si el transportista decidiese establecerse en forma permanente en el lugar de residencia u otro en el que se aloje, deberá informar tal situación a la autoridad de aplicación y cumplir con el aislamiento obligatorio (cfr.Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20) duranteel plazo de catorce(14)días.
d) Ante la aparición de algún síntoma como fiebre, tos, dolor de garganta, dificultad respiratoria, pérdida del olfato, alteración del gusto u otro compatible con el COVID 19el transportistatendrá quedar aviso inmediato a las Autoridades Sanitarias correspondientes y cumplir con los protocolos epidemiológicos que defina y establezca para el casola Autoridad Sanitaria Provincial.En ningún caso deberá automedicarse.
e) Durante el aislamiento obligatorio el transportista que conviva con otra persona debe mantener unadistancia social mínima de dos (2) metros y no debe compartir ningún utensilio ni el mate, etc..
f) El transportista deberá evitar cumplir el aislamiento obligatorio con personas que tengan factores de riesgo (mayores de 60 años o enfermedades crónicas).
g) El aislamiento obligatorio implica, además, no salir del lugar(salvo cuestiones graves de salud), no concurrir aningún comercio, evento,ni recibir visitas.
-MEDIDAS SANITARIAS EPIDEMIOLÓGICAS PARTICULARES
Método adecuado para el lavado de manos con agua y jabón
Para reducir eficazmente el desarrollo de microorganismos en las manos, el lavado de manos debe durar al menos 40–60 segundos. El lavado de manos con agua y jabón debe realizarse siguiendo los pasos indicados en la lustración
Imagen sobre método adecuado de lavado de manos con agua y jabón.
Método adecuado para el uso de soluciones a base de alcohol
Para reducir eficazmente el desarrollo de microorganismos en las manos, la higiene de manos con soluciones a base de alcohol debe durar 20 –30 segundos. La higiene de manos con soluciones a base de alcohol se debe realizar siguiendo los pasos indicados en la ilustración.
Imagen sobre el adecuado uso de soluciones a base de alcohol