Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

 

Decreto Nº 1287-2006

 

Montos de becas y préstamos

 

Publicado en B.O. 2692

Dictado el 29-06-06.-

 

 

 

Art. 1º.- Determínase los montos de Becas y Préstamos estudiantiles reintegrables correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo de 2006, por un  monto total según se indica en cada caso:

 

Becas para estudios de nivel EGB-Polimodal    $ 120.-

Becas para estudios de nivel terciario                    $ 150.-

Becas para estudios de nivel universitario          $ 180.-

Préstamos para estudios de nivel terciario         $ 300.-

Préstamos para estudios de nivel universitario   $ 420.-

 

Art. 2º.- Acuérdase renovación y otorgamiento de Becas y Préstamos reintegrables por el período marzo-mayo del corriente año, a los estudiantes detallados en los Anexos I y II del presente Decreto.-

 

         Art. 3º.- Déjase establecido que se producirá la inmediata cancelación del beneficio, en caso de que los adjudicatarios incurrieren en algunos de los extremos previstos en los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 967.-

 

         Art. 4º.- La Habilitación de Cultura y Educación, previa intervención de Contaduría General, transferirá al Banco de La Pampa la suma de $ 281.820 a los beneficiarios de Becas y 10.260 a los beneficiarios de Préstamos reintegrables, por el período que se consigna en el artículo 2º.-