DECRETO Nº 1251-2012
SUSTITUYE EL ARTÍCULO 34 DEL DECRETO N° 2321/10.[1]
Estado de la Norma: VIGENTE.
Publicado en B.O. Nº 3028 del 21-12-2012.-
Dictado el 07-12-2012.-
Operador de Digesto: R. S.-
Art. 1º.- Sustitúyase el Artículo 34 del Decreto N° 2321/10, el que quedará redactado de la forma que a continuación se indica:
"Artículo 34.- Autorízase al Director General de LU 89 TV Canal 3 a contratar en forma directa la adquisición y reparación de los materiales técnicos críticos establecidos en el artículo 24 del Decreto N° 2239/71 por un monto de hasta PESOS SESENTA Y OCHO MIL ($ 68.000), como también a efectuar las contrataciones artísticas a las que se refiere el mismo artículo por un monto de hasta PESOS CIENTO UN MIL QUINIENTOS ($ 101.500). En ambos supuestos el monto estipulado será utilizado "por proveedor". La contratación autorizada se tramitará con la firma única de nivel de Secretario de Estado y en los formularios habilitados a tal efecto. Deberán acumularse las contrataciones efectuadas en cada semestre calendario ".-