DECRETO Nº 1157-2012
INCORPORA Y APRUEBA EN EL ÁMBITO DE LA UNIDAD REGIONAL TRES (UR III) DE LA CIUDAD DE GENERAL ACHA, DE LA POLICÍA DE LA PAMPA, LA UNIDAD
FUNCIONAL DE GÉNERO, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.[1]
Estado de la Norma: VIGENTE.
Publicado en B. O. Nº 3027 del 14-12-2012.-
Dictado el 03-12-2012.-
Operador de Digesto: R. S.-
Art. 1º.- Incorpórase y apruébese en el ámbito de la Unidad Regional Tres (UR III) de la ciudad de General Acha, de la Policía de La Pampa, la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia.-
Art. 2º.- La estructura organizativa de la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia, será determinada por la Jefatura de Policía.-
Art. 3º.- Déjase establecido que en un plazo de noventa (90) días a partir de la vigencia del presente, la Jefatura de Policía deberá arbitrar los medios necesarios para la elaboración de las plantas de personal, acorde a la estructura organizativa que disponga, previa intervención de los Organismos y Dependencias competentes.-
Art. 4º.- Metas de la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia:
1. Diseñar los planes y programas de atención en las dependencias policiales para la debida asistencia de personas víctimas vulnerables en problemáticas vinculadas al género, niñez, adolescencia y trata de personas, y controlar su efectiva aplicación.-
2. Evaluar y proponer criterios, acciones e instrumentos vinculados a la política de género, niñez, adolescencia y trata de personas para implementar en las dependencias policiales y verificar el cumplimiento, acorde a la normativa vigente de aplicación.
3. Coordinar, con las organizaciones no gubernamentales y con los organismos y dependencias gubernamentales nacionales, provinciales y municipales, el diseño y ejecución de planes, programas y acciones que aseguren el correcto cumplimiento de la normativa legal en la problemática y prevención de situaciones vinculadas con el género, niñez, adolescencia y trata de personas.-
4. Desarrollar y proponer planes y programas de acción, tendientes a prevenir, atender y contener a las personas víctimas de la violencia y grupos vulnerables.-
5. Conformar equipos multidisciplinarios a fin de lograr alternativas de solución y actualización de las normas legales de aplicación.-
6. Coordinar con los organismos y dependencias gubernamentales nacionales, provinciales y municipales el diseño y la realización de programas, cursos, eventos y acciones de capacitación de las cuestiones socialmente problematizadas en materia de políticas de género, niñez, adolescencia y trata de personas.
7. Organizar y mantener actualizado los registros relacionados con la problemática tratada en el área.-
8. Proponer campañas de prensa, de difusión y comunicación que informen a la ciudadanía y en particular a las personas afectadas sobre los distintos servicios que brindan las organizaciones gubernamentales relacionados con la atención a las personas víctimas de la violencia y grupos vulnerables.-
Art. 5º.- Acciones de la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia:
1. Proponer los proyectos relacionados con la coordinación y asistencia en seguridad a las personas víctimas de cuestiones y situaciones vinculadas con el género, niñez, adolescencia y trata de personas.
2. Asistir y asesorar a las instituciones, entidades, organismos, dependencias y/o reparticiones pertenecientes al Estado Provincial vinculados con el formulación, implementación y evaluación de programas en materia de políticas de género, niñez, adolescencia y trata de personas.
3. Controlar la efectiva aplicación de los planes de organización y funcionamiento de las dependencias policiales para la asistencia de personas víctimas de la violencia o situaciones relacionadas con el género, niñez, adolescencia y trata de personas.
4. Organizar y supervisar la eficiente utilización de los recursos humanos y materiales, destinados a satisfacer las necesidades en la materia.
5. Diseñar los programas y cursos de acción a seguir en materia de capacitación sobre las problemáticas y cuestiones relacionados al género, niñez, adolescencia y trata de personas. Asimismo, propiciar y controlar la efectiva aplicación de lo aprendido en la labor cotidiana.
6. Diseñar, organizar y mantener actualizada una base de datos sobre la problemática afectada.-
7. Establecer los cursos de acción a seguir por los equipos multidisciplinarios y supervisar su correcto funcionamiento a fin de lograr una eficiente atención a las personas con Cuestiones vinculadas con las relacionadas de género, niñez, adolescencia y trata de personas.-
8. Establecer, con las organizaciones no gubernamentales y con los organismos y dependencias gubernamentales nacionales, provinciales y municipales, los nexos formales para la realización de acciones coordinadas para la contención de riesgo social.
9. Coordinar con otras áreas involucradas la elaboración, definición de las estrategias, metodologías y evaluación de los planes, programas, proyectos y de toda otra forma de actividades que lleve adelante la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia.-
10. Brindar asesoramiento y asistencia técnica a fin de facilitar la formación de redes comunitarias y equipos de trabajo integrados por actores sociales del nivel municipal que tengan como objeto el desarrollo de acciones vinculadas con las políticas de género, niñez, adolescencia y trata de personas.-
11. Elaborar y proponer a las dependencias policiales y áreas pertinentes, modelos de tratamiento, abordaje y de coordinación de acciones preventivas a partir del procesamiento de la información y datos vinculados a la temática tratada.-
12. Participar junto a las áreas pertinentes en la transferencia de contenidos, procedimientos y tecnologías que contribuyan a desarrollar en las dependencias policiales, las capacidades técnicas indispensables para la implementación de las acciones vinculadas a las cuestiones de género y definidas por las autoridades ministeriales.-
13. Participar del diseño de bases de datos y los modos de procesar la información a los efectos de potenciar y monitorear las acciones desarrolladas en las cuestiones vinculadas con las políticas de género, niñez, adolescencia y trata de personas, coordinando acciones, pautas y criterios con las áreas competentes e involucradas del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad y con otros organismos provinciales y municipales.-
14. Desarrollar las actividades que contribuyan a conformar un banco de casos surgidos del estudio y análisis de la temática abordada.-