DECRETO Nº 1017-2011

CREANDO EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA.

 

Estado de la Norma: VIGENTE

 

Publicado en B.O. Nº 2948 el 10-06-11.-

Dictado el 02-06-11.-

Operador de Digesto: R. S.-

 

VISTO:

 

         El Expediente N° 6208/11, caratulado: "MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN - S/ CREACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA"; Y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la Ley de Educación Provincial N° 2511 se establecen los fines y objetivos de la política educativa y la estructura del Sistema Educativo Provincial, que comprende cuatro (4) niveles: la Educación Inicial, la Educación Primaria, la Educación Secundaria y la Educación Superior;

 

Que la citada Ley, en su artículo 14, determina que el Sistema Educativo Provincial estará integrado por los servicios educativos de gestión estatal y de gestión privada y que el Estado Provincial reconoce, autoriza y supervisa el funcionamiento de éstos últimos;

 

Que para el mejor cumplimiento de los objetivos y funciones de la Educación de Gestión Privada establecidos en la Ley N° 2511, resulta necesario establecer una nueva estructura funcional administrativa en el Ministerio de Cultura y Educación, en los términos de la Ley de Ministerios N° 1666 y sus modificatorias;

 

Que el artículo 6° de la Ley de Ministerios N° 1666 faculta al Poder Ejecutivo Provincial a crear, reestructurar, fusionar, subdividir o disolver los organismos de la administración, hasta el nivel de Subsecretaría inclusive, siempre que no altere en lo sustancial la competencia ministerial;

 

Que ha tomado intervención la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante en el Ministerio de Cultura y Educación;

 

         Que corresponde el dictado del presente acto administrativo;

 

 

POR ELLO:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

Artículo 1°.- Créase, en el ámbito del Ministerio de Cultura y Educación, la Dirección de Educación de Gestión Privada, dependiente de la Subsecretaría de Educación.-

 

Artículo 2°.- Apruébanse las reestructuraciones en la organización funcional del Ministerio de Cultura y Educación, en la forma dispuesta en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.-

 

Artículo 3°.- Establécense las Unidades de Organización en el Ministerio de Cultura y Educación de la manera determinada en el Anexo II del presente Decreto.-

 

Artículo 4°.- Las erogaciones que resulten de la aplicación del presente Decreto se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto vigente.-

 

Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Cultura y Educación y de Hacienda y Finanzas.-

 

Artículo 6°.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Cultura y Educación a sus efectos.-

 

 

C.P.N. Oscar Mario JORGE – Gobernador de La Pampa.- Néstor Anselmo TORRES – Ministro de Cultura y Educación.- C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER – Ministro de Hacienda y Finanzas.-

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO I

 

Descripción: C:\Documents and Settings\mmachado\Mis documentos\1017.JPG

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO II

 

J

JURISDICCIÓN

U. de O.

UNIDAD DE ORGANIZACIÓN

 

F

 

Ministerio

de Cultura

y Educación

01

Ministerio

02

Dirección General de Personal Docente

03

Dirección General de Administración Escolar

10

Subsecretaría de Educación

11

Dirección General de Educación Inicial y Primaria

12

Dirección General de Educación Secundaria y Superior

14

Dirección de Educación Inicial

15

Dirección de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos

16

Dirección de Educación Especial

17

Dirección de Educación Superior

18

Dirección de Educación de Gestión Privada

20

Subsecretaría de Cultura

30

Subsecretaría de Coordinación

31

Dirección General de Planeamiento, Evaluación y Control de Gestión

40

Subsecretaría de Educación Técnico Profesional