Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
CREACIÓN DE LA SUBGERENCIA GENERAL, LA GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y LA GERENCIA DE PRODUCCIÓN, OBRAS Y COLONIZACIÓN TODAS DE LA REGIONAL 25 DE MAYO Y LA SUPRESIÓN DE LA ASESORÍA ECONÓMICO - FINANCIERA DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA Y DE LAS GERENCIAS DE PRODUCCIÓN Y DE COLONIZACIÓN
Publicado en B.O. Nº 2842 del 29-05-2009.-
Dictado el 21-05-2009.-
Operador de Digesto: M. B.-
Santa Rosa, 21 de Mayo de 2009
VISTO:
El Expediente N° 12304/04 caratulado: "S/MINISTERIO DE LA PRODUCCION - ENTE PROVINCIAL DEL RIO COLORADO: S/MANUAL DE MISIONES Y FUNCIONES"; Y
CONSIDERANDO:
Que el Directorio del Ente Provincial del Río Colorado ha procedido al dictado de la Resolución N° 09/09, proponiendo la creación de la Subgerencia General, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Producción, Obras y Colonización todas de la Regional 25 de Mayo y la supresión de la Asesoría Económico-Financiera dependiente de la Presidencia y de las Gerencias de Producción y de Colonización;
Que el Artículo 13, Punto 1°, de la Ley N° 490, faculta al Directorio para organizar y aprobar su estructura orgánica;
Que han tomado intervención las Delegaciones de Asesoría Letrada de Gobierno actuantes en el Ente Provincial del Río Colorado y en el Ministerio de la Producción;
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Suprímase a partir de la fecha, la Asesoría Económico-Financiera dependiente de la Presidencia del Ente Provincial del Río Colorado.-
Artículo 2º.- Suprímase a partir de la fecha las Gerencias de Producción y de Colonización del Ente Provincial del Río Colorado.-
Artículo 3º.- Créase a partir de la fecha, la Subgerencia General-Regional 25 de Mayo del Ente Provincial del Río Colorado, cargo equiparado presupuestariamente al de Escribano General de Gobierno.-
Artículo 4º.- Créase a partir de la fecha, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Producción, Obras y Colonización, ambas Regional 25 de Mayo, cargos equiparados presupuestariamente a Director General.-
Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de la Producción y de Hacienda y Finanzas.-
Artículo 6º.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de la Producción.-
C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa – Dr. Abelardo Mario FERRÁN, Ministro de la Producción – C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER, Ministro de Hacienda y Finanzas.