RESOLUCIÓN Nº 93-2015-H.C.D.-

Valor de víaticos correspondientes a comisiones de servicios a las localidades de 25 de Mayo y La Adela[1]

 

 

Estado de la norma: DEROGADA por Resolución Nº 110-19 P.C.D.-

Dictado el18-12-15.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

VISTO:

 

            La Resolución Nº 158/12-PCD;

         

 

CONSIDERANDO:

 

            Que por el artículo 2º -primera parte- se fijó el pago de un monto equivalente al viático para comisiones fuera de la Provinica, cuando éstas eran realizadas a las localidades de La Adela y 25 de Mayo;

 

          Que los argumentos utilizados se basaban en los altos costos de hospedaje y demás servicios vinculados, los cuales tornaban insuficiente el emolumento percibido por los comisionados;

 

          Que, en el citado artículo, se había fijado una vigencia hasta la fecha en que se modificara la situación o hasta el 31 de Diciembre de 2010;

 

          Que analizada ésta, aún se mantiene y, por tanto, es conveniente mantenerla a los fines de no perjudicar a los agentes afectados;

 

          Que además en la segunda parte del mencionado artículo, se hace referencia al monto a percibir por parte de quienes trasladan a las autoridades electas a actos protocolares los cuales, generalmente, general un regreso a altas horas de la madrugada;

 

          Que su redacción ha suministrado dudas en cuanto a su aplicación, y por ende, cabe efectuarla de manera indubitable;

 

          Que ante situaciones de excepción resulta necesario tomar, por tiempo acotado medidas de igual carácter a la espera de un cambio en ellas;

 

          Que los valores involucrados se encuentran cubiertos dentro del presupuesto de esta Cámara;

 

          Que esta Presidencia se encuentra facultada para fijar los valores de los viáticos no obstante seguir-tradicionalmente- con un criterio de uniformidad a los fijados por el Poder Ejecutivo;

 

          Que el mandato de esta gestión concluyó el 10 de Diciembre y, por lo tanto, no debe condicionarse al sucesor a cargo con medidas de esta naturaleza;

 

POR ELLO:

 

LA VICEPRESIDENTA 1º EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA

RESUELVE:

 

Artículo 1º.- Derógase, a partir de la fecha, la Resolución Nº 158/12-PCD.

 

Artículo 2º.- Establézcase que, cuando el destino final de las comisiones de servicios sean las localidades de La Adela o 25 de Mayo, el valor de los viáticos será el fijado para las comisiones fuera de la provincia de La Pampa.

 

Artículo 3º.- Facúltase al señor Secretario Administrativo a fijar, cuando razones asó lo justifiquen, como día completo dentro de la provincia el valor de la comisión de servicio realizada por integrantes de la custodia personal o agentes de esta Cámara, acompañando o trasladando a las autoridades electas a actos protocolares.

 

Artículo 4º.-  La presente Resolución tendrá vigencia hasta el 10 de Diciembre de 2019 o hasta la fecha en que se modifique  la situación en las localidades mencionadas en el artículo 2º, para las comisiones realizadas por éste artículo.

 

Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario Administrativo de esta Cámara de Diputados.

 

Artículo 6º.- Regístrese, comuníquese. Pase a las Secretarías Administrativas y Legislativa y Prosecretaria, tomen conocimiento la dirección General de Administración, Intendencia de Cámara y Departamento Contable Financiero. Cumplido, archívese.



[1] Nota de redacción: Título dado por el Digesto.