ACUERDO Nº 3454-2016

Modifica el Anexo I del Acuerdo 2841 del STJ [1].

 

Estado de la Norma: SIN EFECTO por Acuerdo Nº 3618-19

Dictado el 17-08-2016

Operador de Digesto: M.L.E.-

 

 

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de  La Pampa, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil diez, se reúne el Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Ministro a  cargo  de  la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia, Dr. Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA y los Sres. Ministros, Dres. Hugo Oscar DÍAZ, Elena Victoria FRESCO, José Roberto SAPPA y Fabricio Ildebrando Luís LOSI.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

ACORDARON: -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Modificar el Anexo I del Acuerdo 2841 (texto según Acuerdo 3355)--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

Visto, lo dispuesto en los artículos 33º, 34º y 35º de la Ley Nº 3 de Contabilidad Pública Provincial, lo resuelto mediante Acuerdo Nº 781, de fecha 3 de septiembre de 1975 y la propuesta elevada por los Sres. Secretario subrogantes de la Dirección General de Administración, Dr. Marcelo Rebuffi y Lic. Carlos Alvarado, de fecha 9 de agosto de 2016.----------------------------------------------------------

Y Considerando,  Que por el Acuerdo citado, se aprobó el “Reglamento de Contrataciones del Poder Judicial de la Provincia de La Pampa”, el que indica en su artículo 1º, que las contrataciones que se realicen en la esfera del Poder Judicial, se ajustarán a las normas instituidas en el texto de los artículos 33º y 34º de la Ley Provincial Nº 3, de Contabilidad Pública Provincial. ---------------------------

Que en dichos artículos se establece el principio de que · toda contratación en que el Estado Provincial se parte y, en general toda aquella  que signifique entrada o salida de fondos, que no esté reglada en forma especial, (...) se realizará previa licitación pública (artículo 33) con las excepciones correspondientes (conf. artículo 34).-------------------------------------------------------------------------------

Que, asimismo, mediante Acuerdo 2841, se resolvió modificar el Régimen de Contrataciones del Poder Judicial aprobándose la reglamentación de los apartados B) "Compra Directa con Pedido previo de Precio a Tres proveedores" de los puntos "I - Bienes y Servicios" y "II - Bienes de Capital" del Anexo I de dicho Acuerdo, de conformidad a los requisitos mínimos indicados en el Anexo II y a los modelos con los estándares básicos previstos en los Anexos III y IV.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Que, posteriormente, mediante Acuerdos 3244 y 3355 se actualizaron  los respectivos montos de contratación.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Que, en esta oportunidad, mediante la propuesta del visto los Sres. Secretarios subrogantes de la Dirección General  de Administración ponen de manifiesto la conveniencia de proceder a una nueva actualización de los montos para las contrataciones del Poder Judicial (Anexo I del Acuerdo 2841, texto según Acuerdo 3355), en lo que respecta a los actuales niveles de autorización y aprobación.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Que para la elaboración de la propuesta se tuvo en cuenta "la variación de los precios producida desde la última modificación -mayo del 2015-, para los bienes y servicios adquiridos" y, como referencia general, los nuevos montos dispuestos por el Decreto 1656/16 del Poder Ejecutivo Provincial.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Que, por otra parte, a fin de dotar de mayor eficacia a los procedimientos de contratación que permitan u apropiado cumplimiento de las obligaciones de este Poder Judicial, resulta conveniente adecuar el detalle de los funcionarios que autorizarán y aprobarán las respectivas contrataciones de acuerdo a la actual estructura orgánica de la Dirección General de Administración.---------------------

Que, en virtud de lo expuesto y teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la última modificación, resulta razonable actualizar los montos vigentes en materia de contrataciones para el Poder Judicial, aprobados  por Anexo I del Acuerdo 2841 (texto según  Acuerdo 3355), en un todo conforme a la propuesta elevada por los Sres. Secretarios subrogantes de la Dirección General de  Administración. Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: Modificar el Anexo I del Acuerdo 2841 (texto según Acuerdo 3355), el que quedará redactado conforme a lo dispuesto en el Anexo I del presente Acuerdo, aprobando los nuevos montos para contrataciones del Poder Judicial.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y regístrese. Con lo que terminó el acto que, previa lectura y ratificación, firman los señores magistrados arriba nombrados, todos por ante mí, de lo que doy fe.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

 

FIRMANTES:

Dr. Eduardo D. FERNANDEZ MENDIA, Ministro

Dr.Hugo Oscar DIAZ, Ministro

Dra. elena Vistoria FRESCO, Ministro

Dr. José Roberto SAPPA, Ministro

Dr. Fabricio Ildebrando Luis LOSI, Ministro

Dra. Natalia Karina RUDOLF, Secretaria de Primera instancia - STJ-Subrogante.

 

 

ANEXO I



 

Clase de erogaciones

 

 

Autorización Previa

 

Aprobación

I.- Bienes y Servicios

 

 

 

A) Compra Directa:

 

 

Hasta 15.000,00

Secretario de la Dirección General de Administración

Secretaria de Economía y Finanzas

$15.000,00 a $ 30.000,00

Secretario de la Dirección General de Administración

Director General de Administración

B) Compra Directa con pedido previo e Precio a tres Proveedores:

 

 

$30.000,01 a $ 73.000,00

Secretario de la Dirección General de Administración

Director General  de Administración

C) Licitación Privada

 

 

$73.000,01 a 600.000,00

Secretario de la Dirección General de Administración

Director General de Administración

$600.000,01 a $1.800.000,000

Director General de Administración

Presidente dle Superior Tribunal de justicia

$1.800.000,01 a $3.650.000,00

Presidente del Superior Tribunal de Justicia

Superior Tribunal de Justicia

D) Licitación Pública

 

 

$ 3.650.000,01 en más

Superior Tribunal de Justicia

Superior Tribunal de Justicia

E) Alquileres

Superior Tribunal de Justicia

Superior Tribunal de Justicia

F) Reintegros:

Secretario de Economía  y Finanzas

Secretario de Economía y Finanzas

G) electricidad, teléfonos y otro servicios públicos.

Secretario de Economía  y Finanzas

Secretario de Economía  y Finanzas

H) Suministros (adquisiciones al departamento de Compras):

Secretario de Economía  y Finanzas

Secretario de Economía  y Finanzas

I) Viáticos y demás gastos de comisiones:

 

 

1) Comisiones que realicen agentes del Poder Judicial con categoría no superior a Prosecretario

 

 

------------

Secretario de Economía  y Finanzas

2) Otras Comisiones

------------

Director General de Administración

3) Comisiones con régimen especial

------------

Director General de Administración

J)Anticipos:

 

 

1) Correspondientes a las mencionadas en el punto I 1)

Secretario de Economía  y Finanzas

Secretario de Economía  y Finanzas

2) Correspondientes a las mencionadas en el punto I 2)

Director General de Administración

Director General de Administración

3) correspondientes a las mencionadas en el unto I 3)

Director General de Administración

Director General de Administración

4) Otros

Secretario de Economía  y Finanzas

Secretario de Economía  y Finanzas

K) Otros gastos.

De acuerdo a su monto según lo establecido en los incisos A,B,C,D.

 

L) Compra de combustible a  la Dirección provincial de Vialidad.

Secretario de Economía  y Finanzas

Director General de Administración

 

II) Bienes de Capital

 

 

 

A) Compra Directa

 

 

Hasta $15.000,00

Secretario de la Dirección General de Administración

Secretario de Economía y Finanzas

$15.000,01 a 30.000,00

Secretario de la Dirección General de Administración

Director General de Administración

B) Compra Directa con Pedido previo de Precio a Tres proveedores

 

 

$30.000,01 a $73.000,00

Secretario de la Dirección General de Administración

Director General de Administración

C) Licitación Privada:

 

 

$73.000,01 a $ 600.000,00

Secretario de la Dirección General de Administración

Director General de Administración

$600.000,00 a $1.800.000,00

Director General de Administración

Presidente del Superior Tribunal de justicia

$1.800.000,01 a $3.650.000,00

Presidente del Superior Tribunal de justicia

Superior Tribunal de justicia

D) Licitación Pública

 

 

$3.650.000,01 en más

Superior Tribunal de Justicia

Superior Tribunal de Justicia

 

III) Trabajos Públicos

 

 

 

 

Superior Tribunal de Justicia

Superior Tribunal de Justicia