RESOLUCIÓN CONJUNTA -C.G.- Nº 620-2016

Aprueba los cursogramas dispuestos para la tramitación de los reemplazos temporarios del personal encuadrado en el artículo 6º de la Ley 1279 y su Decreto Reglamentario, y las prorrogas correspondientes

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Complementaria del Art. 6 de la Ley Nº 1279

Dictado el 29-12-16.-

Operador del Digesto: Y.A.C.-

 

VISTO:

 

El expediente nº 12311/16 “CONTADURIA GENERAL S/PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ART. 6º LEY Nº 1279; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 6º de la Ley 1279 establece la posibilidad de realizar reemplazos de carácter transitorio del personal de la Administración Provincial incluido en la citada ley;

 

Que a los efectos de avanzar en la tramitación de los reemplazos indicados se establecen los cursogramas respectivos;

 

Que corresponde establecer el procedimiento a seguir por cada uno de las reparticiones que intervienen en el trámite para lograr mayor celeridad;

 

Que atento ello, corresponde establecer qué organismos intervendrán y qué controles serán llevados a cabo en la realización de este tipo de trámites;

 

Que es necesario eficientizar los procedimientos administrativos de este tipo de trámites;

 

Que han tomado intervención las Asesorías Letradas actuante en los Ministerios de Salud y de Hacienda y Finanzas;

 

POR ELLO,

 

EL MINISTRO DE SALUD, EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

Y EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA

 

RESUELVEN:

 

Artículo 1º: Apruébese el cursograma establecido en el Anexo I dispuesto para la tramitación de reemplazos temporarios del personal encuadrado en el artículo 6º de la Ley 1279 y su Decreto Reglamentario, estableciéndose los organismos intervinientes y los controles administrativos a realizarse en su tramitación.

 

Artículo 2º: Apruébese el cursograma establecido en el Anexo II dispuesto para la tramitación de prorrogas de reemplazos temporarios del personal encuadrado en el artículo 6º de la Ley 1279 y su Decreto Reglamentario, estableciéndose los organismos intervinientes y los controles administrativos a realizarse en su tramitación.

 

Artículo 3º: El Ministerio de Salud tendrá la responsabilidad de verificar que el postulante a ocupar el reemplazo transitorio cumple con todos los requisitos dispuestos por la legislación vigente, incorporando en cada tramitación una certificación expedida por el Director de Recursos Humanos del Ministerio de Salud.

 

Artículo 4º: Regístrese, notifíquese al Ministerio de Salud, al Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Contaduría General y dese al Boletín Oficial para su publicación.

 

RESOLUCION CONJUNTA Nº 620/16

 

Cr. Ernesto Franco

Ministro de Hacienda y Finanzas

 

Dr. Ruben O. Ojuez

Ministro de Salud

 

Cr. Adrian R. Garcia

Contador General