LEY Nº 2946

INCREMENTANDO EL MONTO ESTIMADO POR EL ARTÍCULO 2° E INCREMENTANDO EL TOTAL DE EROGACIONES ESTABLECIDOS POR EL ARTÍCULO 1° DE LA LEY 2906 Y SUS MODIFICATORIAS.

 

Estado de la norma: VIGENTE

Publicada en B.O. 3232 de fecha 18-11-2016

Promulgada el 10-11-16.

Sancionada el 09-11-16.

Operador del digesto: M.L.E.

 

 

 

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA

CON FUERZA DE LEY:

 

Artículo 1º: Increméntase en la suma de PESOS CIENTO UN MILLÓN CUATROCIENTOS CINCO MIL ($101.405.000) el total del cálculo de recursos destinados a atender erogaciones a que se refiere el artículo 2°, de acuerdo a la distribución que se indica en el Anexo I de la presente Ley, incrementándose en consecuencia el monto estimado por el artículo 2° de la Ley 2906 y sus modificatorias.

 

Artículo 2°: Increméntase en la suma de PESOS CIENTO UN MILLÓN CUATROCIENTOS CINCO MIL

($101.405.000) el total de erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados) para el ejercicio 2016, establecidos por el artículo 1° de la Ley 2906, y sus modificatorias de acuerdo al Anexo II de la presente Ley. 

 

Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo. 

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los nueve días del mes de noviembre de dos mil dieciséis. 

 

Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ Vicegobernador de La Pampa Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa - Dra. Varinia Lis MARÍN Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.- 

 

 

ANEXO I

 

RECURSOS

4120-57 MINISTERIO DEL INTERIOR-APORTES A MUNICIPIOS 101.405.000 

 

ANEXO II

 

C J UO C FYF S PP pp SP CL SCL PART N°        

Denominación

Importe

0 T  01  1 160  1  30 02 05  01  096   4882

Municipios VS- Ministerio Interior

$101.405.000

 

 

 

EXPEDIENTE N° 15883/16 

SANTA ROSA, 10 DE NOVIEMBRE DE 2016

 

POR TANTO: Téngase por LEY de la Provincia;

Dése, al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese. 

 

DECRETO N° 3715/16 

Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa –   

Ing. Julio Néstor BARGERO, Ministro de Obras y Servicios Públicos A/C Mrio. de Hacienda y Finanzas. 

 

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 10 DE NOVIEMBRE DE 2016 

Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS (2946). 

Ing. Juan Ramón GARAY Secretario General de la Gobernación.-