Tribunal de Cuentas  de la  Provincia de La Pampa

 

 

 

 

 

 

 


LEY Nº 2542

 

 

PRORROGANDO HASTA EL 31 DE MAYO DE 2010 LA VIGENCIA DE LA LEY Nº 2416

 

 

Sancionada el 25-11-2009.-

Promulgada el 30-11-2009.-

Publicada en B.O. Nº 2871 del 18-12-2009.-

Operador de Digesto: M. B.-

 

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 31 de mayo de 2010 la vigencia de la Ley 2416.-

Artículo 2°.- La presente Ley entrará en vigencia a partir del 30 de noviembre de 2009.-

Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los veinticinco días del mes de noviembre de dos mil nueve.- C.P.N. Luis Alberto CAMPO – Vicegobernador – Presidente Cámara de Diputados – Provincia de La Pampa.- Lic. Pablo Daniel MACCIONE – Secretario Legislativo – Cámara de Diputados – Provincia de La Pampa.-

 

EXPEDIENTE N° 13618/09.­-

 

Santa Rosa, 30 de Noviembre de 2009.-

 

POR TANTO:

 

Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

DECRETO Nº 2875/09

C.P.N. Oscar Mario JORGE – Gobernador de La Pampa.- Dr. Abelardo Mario FERRAN – Ministro de La Producción- C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER – Ministro de Hacienda y Finanzas- Dr. César Ignacio RODRIGUEZ – Ministro de Gobierno Justicia y Seguridad.- Dr. Abelardo Mario FERRAN – Ministro de la Producción.-

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 30 de Noviembre de 2009.-

        

Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS (2.542).- Raúl Eduardo ORTÍZ – Secretario General de la Gobernación