RESOLUCIÓN Nº 147/2012

                                                       SANTA ROSA, 2 de octubre de 2012

 

 

VISTO:

 

              El Expediente Nro. 5469/2012 caratulado “MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - DIRECCION GENERAL DE RENTAS S/RESERVA DE UNA CATEGORIA 02 (VACANTE) Y UNA CATEGORIA 05 (VACANTE) PARA CONCURSO INTERNO”;

 

 

CONSIDERANDO:

 

           Que en el expediente de referencia tramita un Concurso Interno de Antecedentes y Oposición, convocado por la Dirección General de Rentas, para cubrir un (1) cargo vacante, categoría 2 –Rama Administrativa- de la ley 643 y un (1) cargo vacante, categoría 5-Rama Administrativa- de la Ley Nº 643;

 

           Que la convocatoria al concurso se realizó mediante Resolución Nº 088/12 de la Dirección General de Rentas de fecha 11 de junio de 2012;

 

           Que la citada Resolución fue publicada en el Boletín Oficial Nº 3001, el día 15 de junio de 2012;

 

           Que a fojas 164 obra dictamen Nº 143/12 del Asesor Letrado delegado ante el Ministerio de Hacienda y Finanzas quien señala: “Esta dependencia no tiene observaciones de tipo legal que formular, respecto al proyecto de Resolución obrante a fs. 158/159 del presente Expediente”;

 

           Que el Contador Fiscal interviniente se expidió a fojas 172/173 donde no conforma las actuaciones, elevándolas a consideración de este Tribunal, emitiendo el Dictamen Nº 421/2012-A.L.F.- fundado en que entre la fecha de publicación en el Boletín Oficial y el cierre de inscripción transcurrieron cinco días hábiles administrativos, no cumpliéndose el plazo de diez días hábiles establecido en el Art. 201 de la Ley Nº 643;

 

               Que sin perjuicio de lo mencionado, del análisis de las constancias obrantes en autos y sometidas a consideración de este Tribunal y atento la inexistencia de impugnaciones al concurso analizado en autos, corresponde conformar el Proyecto de Resolución del Ministro Coordinador de Gabinete obrante a fojas 158/159, desestimando las observaciones del Contador Fiscal, atento haberse acreditado fehacientemente la conveniencia de la medida  propues-

 

 

                                                                                                                 //.-

 

 

 

 

//2.-

 

ta, conforme establece el artículo 5 inciso c de la NJF 513/69;

 

POR ELLO:

 

         EL TRIBUNAL DE CUENTAS

         R E S U E L V E:

 

Artículo 1º: Desestimar  las  observaciones  de  Contraloría Fiscal obrantes a fojas

                  172/173 del Expediente Nº 5469/2012 y, en consecuencia, conformar el Proyecto de Resolución del Ministro Coordinador de Gabinete obrante a fojas 158/159, en virtud de lo establecido en el artículo 5° inciso c) del Decreto Ley N° 513/69 y por los fundamentos expresados en los considerandos de la presente resolución;

 

Artículo 2º: Remitir  las  presentes  actuaciones  al  Contador Fiscal interviniente

                   para su conocimiento y posterior continuidad del trámite.

 

Artículo 3º: Regístrese por Secretaría, comuníquese y cumplido archívese.