Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

 

Decreto N° 979-2005

 

COMPRA DE LICENCIA DE BASE DE DATOS DENOMINADA

“CODIGO POSTAL ARGENTINO”

 

Dictado el 24-05-2005.-

Publicado en B.O. 2634 del 03-06-2005.-

 

 

 Artículo 1°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a contratar en forma directa, con la empresa “Correo Oficial de la República Argentina Sociedad Anómina”, la adquisición de la licencia de uso no exclusiva de usuario   final de la base de datos en archivo plano denominada “Código Postal Argentino” y su mantenimiento anual, encuadrándose legalmente en el artículo 34, inciso C), subinciso 3) de la Ley N° 3 y sus modificatorias.-

 

Artículo 2°.- Apruébase el modelo de contrato que como Anexo forma parte integrante del presente, y facúltase a suscribir el mismo, al señor Ministro de Hacienda y Finanzas.-

 

Artículo 3°.- La Habilitación de Hacienda, previa intervención de Contaduría General, liquidará y pagará a la firma “Correo Oficial de la República Argentina Sociedad Anónima” la suma de $ 9.075,00 en concepto de Licencia anual y $ 4.537,50 en concepto de Mantenimiento anual, contra prestación de los comprobantes respectivos debidamente conformados por el Centro de Sistematización de Datos.-

 

Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará por un monto $ 9.075,00 a la partida 0 - H - 14 - 0-190 - 1 - 11 - 02 - 00 - 00 - 000 - 3 - “Servicios no Personales” del Presupuesto correspondiente al año 2005 y por un monto de $ 4.537,50 a la partida que corresponda del Presupuesto correspondiente al año 2006, de lo cual se dará cuenta a la Legislatura en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 de la Ley N° 3 de Contabilidad.-

 

Artículo 5°.- Exceptúase a la firma “Correo Oficial de la República Argentina Sociedad Anónima”, en virtud a lo establecido en el Artículo  23 inciso a) y b) del Decreto N° 1249/04, de la constitución de la contragarantía correspondiente al pago anticipado en concepto de mantenimiento anual.-

 

MODELO DE CONTRATO

 

Entre el CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A., representada en este acto por ........................................ (en adelante el “Correo”) por una parte, con domicilio en Paseo Colón 746 4° Capital Federal y por la otra el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de La Pampa  con domicilio en Casa de Gobierno 3° Piso, Santa Rosa - La Pampa (en adelante el “Licenciatario”) y representadas en este acto por ........................................................................... (ambas denominadas en adelante conjunta e indistintamente las “Partes” e individualmente la “Parte”).-

 

POR CUANTO:

 

El Correo desea otorgar al Licenciatario una licencia para usar en forma no exclusiva la Base de Datos en Archivo Plano versión 2004 denominada “Código Postal Argentino” (en adelante la “Base de Datos”) de la manera que se especifica a continuación (en adelante la “Licencia”).-

 

La Base de Datos, incluyendo su documentación, presentación, estructura, organización y  su texto incorporado, es de propiedad del Correo y se encuentra protegida por la legislación de propiedad intelectual, y por las disposiciones de tratados internacionales, entre otras.-

 

Solo se licencia su uso en forma no exclusiva, no se vende ni se cede su titularidad, intitularla, copiarla, modificarla o combinar alguna de sus partes, salvo lo específicamente permitido en esta Licencia es facultad exclusiva del Correo.-

 

El Correo también se reserva la facultad exclusiva de comunicar al público el nuevo código postal.-

 

Las denominaciones “Código Postal Argentino” , “CPA” y “C.P.A.” son marcas registradas de titularidad del Correo.-

 

POR TANTO:

 

Las Partes convienen lo siguiente:

 

PRIMERA:

 

1.1 El Correo entrega al Licenciatario la Base de Datos y le licencia su uso en forma no exclusiva.-

1.2 El licienciatario es responsable de la instalación, uso y resultados que obtenga de la misma.-

 

SEGUNDA:

El Correo garantiza al Licenciatario estrictamente los siguientes derechos:

 

2.1 Se licencia esta Base de Datos únicamente para uso interno del Licenciatario. Se considerará “uso interno” al procesamiento de la información perteneciente al Licenciatario exclusivamente. Ello implica que no se podrá utilizar para procesar información de un tercero.-

 

2.2 El Licenciatario está autorizado (i) a realizar una copia de la Base de Datos únicamente para “backup” o como archivo soporte para desarrollar con recursos propios una herramienta de asignación de códigos postales que le permitirá eventualmente validar y normalizar domicilios en sus bases de datos; (ii) a transferir la Base de Datos a un disco duro siempre que guarde el original únicamente a los efectos de copia de seguridad o de archivo.-

 

TERCERA - Precio:

 

El Precio de la presente es de $ 7.500,00 (Pesos Siete Mil Quinientos) más IVA, que el Licenciatario abonará dentro de los siete (7) días hábiles de recibida de conformidad la licencia y el Archivo Plano CPA.-

 

CUARTA - Restricciones:

 

Salvo consentimiento previo por escrito del Correo, queda prohibido al Licienciatario:

 

4.1 Transferir, ceder, sublicenciar, arrendar o de cualquier forma permitir que terceros tengan acceso a la Base de Datos o a su utilización; copiarla o modificarla en todo o en parte, salvo lo expresamente autorizado en esta Licencia.-

4.2 Reproducir, distribuir o enmendar la documentación de la Base de Datos, o copiar la misma en pantalla o en forma electrónica.-

 

4.3 Utilizar la Base de Datos  para proveer servicios a terceros y/o comunicar a terceros el nuevo código postal, salvo lo previsto en el artículo 2.2 de esta Licencia. El Licenciatario podrá efectuar envíos postales utilizando el nuevo código postal, pero en ningún caso podrá atribuirse la comunicación pública del mismo.-

4.4 Incluir la Base de Datos en cualquier aplicación con fines de comercialización de algún producto derivado de dicha operación.-

4.5 Quitar cualquier identificación del producto, notificaciones de derecho de autor, u otras notificaciones o restricciones de propiedad de la Base de Datos.-

4.6 Prestar servicios de cualquier tipo a otros prestadores postales nacionales distintos del Correo, inscriptos o no en el registro del Decreto 1187/93 o cualquier otro que pudiera crearse en el futuro.-

 

Se hace saber al Licenciatario que la Base de Datos contiene mecanismos de seguridad que permiten detectar infracciones a las condiciones  de la Licencia, como así también identificar al infractor.-

El incumplimiento de alguno de los términos aquí expresados, hará caducar automáticamente la Licencia. Esta caducidad será complementaria y no impedirá ni restringirá las acciones penales, civiles o de cualquier naturaleza que el Correo pudiera intentar a fin de impedirá o remediar el menoscabo de sus derechos.-

 

QUINTA - Vigencia - Actualizaciones:

 

5.1 La presente Licencia tendrá una vigencia de un año a partir de la fecha de la firma del presente, pudiendo ejercer el Licenciatario, la facultad de renovarla.-

5.2  El Licenciatario podrá efectuar dos actualizaciones anuales, una por cada semestre, que serán llevadas a cabo por el Correo.-

5.3 El precio anual de mantenimiento de la Base de Datos que involucra a las dos actuaciones mencionadas será de $ 3.750,00 (Pesos Tres Mil Setecientos Cincuenta) más IVA, que el Licenciatario abonará a partir del segundo año de contrato, en caso de renovar el mismo.-

 

SEXTA - Garantía:

 

6.1 El Correo garantiza al Licenciatario que la Base de Datos cumplirá sustancialmente sus funciones en concordancia con las especificaciones de contenido incluídas en su envoltorio, bajo condiciones normales de uso,  por un período de diez (10) días contados a partir de la fecha del día de la entrega.-

 

6.2 El Correo garantiza al Licenciatario que el soporte magnético en la cual esta Base de Datos viene inserta estará libre de defectos técnicos, bajo condiciones normales de uso, por un período de diez (10) días contados a partir del día de la entrega.-

 

6.3 El Correo no garantiza al Licenciatario que la información contenida en la Base de Datos satisfacerá las necesidades del Licenciatario.-

 

6.4 El Correo no asumirá responsabilidades por ningún aval o garantía, escrito o verbal, en relación con la Base de Datos, efectuada por algún tercero, inclusive sus agentes, empleados o representantes.-

 

SEPTIMA - Responsabilidad:

 

7.1 El Licenciatario acepta que lo que se describe a continuación será eventualmente la única y suficiente reparación por todo concepto que podrá reclamar del Correo:

 

7.1.a) Si la Base de Datos no satisface sustancialmente sus funciones en concordancia con las especificaciones de contenido incluídas en su envoltorio, el Licenciatario podrá, dentro de los diez (10) días siguientes a la entrega, comunicar fehacientemente por escrito al Correo cualquier defecto relevante. El Correo por su parte, sólo estará obligado a efectuar todas las gestiones a su alcance, a fin de solucionar el defecto.-

 

7.1b) Si el soporte magnético de la Base de Datos fuera defectuoso, dentro de los diez (10) días siguientes a la entrega, el Licienciatario podrá devolverlo junto con una copia de su comprobante de compra y el Correo reemplazará dicho soporte por otro de igual naturaleza, en Paseo Colón 746 4°, o en cualquier otro domicilio que el Correo notifique en el futuro.-

 

7.2 La presentación del comprobante de compra válidamente emitido por el Correo será condición ineludible para acceder a las reparaciones descriptas.-

 

7.3 El Correo no será responsable por ningún perjuicio, lucro cesante, pérdidas económicas, ni por ningún otro perjuicio incidental o indirecto, resultante del uso normal de la Base de Datos.-

 

7.4 El Correo tampoco será responsable por los hechos, actos u omisiones de terceros, dependientes o no, a los que eventualmente el Licenciatario encomendare  la instalación de la Base de Datos y/o el desarrollo de software para normalización, validación de domicilios y/o asignación e incluso del nuevo código postal en sus propias Bases de Datos.-

 

OCTAVA - Revocación:

 

La Presente Licencia podrá revocarse en los siguientes casos:

 

8.1 Por el incumplimiento por parte del Licenciatario de las obligaciones previstas en ésta Licencia, cuando dicho incumplimiento no sea remediado en un plazo de diez (10) días hábiles; previa intimación fehaciente por parte del Correo para que regularice su situación. No obstante ello, el Correo, ante el incumplimiento de sus obligaciones por parte del Licenciatario, podrá optar por declarar resuelta la Licencia, y reclamar al Licenciatario el resarcimiento de todos los daños y perjuicios derivados de dicha resolución.-

 

8.2 También el Correo podrá revocar la Licencia si acaeciere alguna de las siguientes circunstancias:

 

a) Estado de insolvencia del Licenciatario, declaración de su quiebra o presentación en concurso preventivo.-

 

b) Procesamiento o condena del Licenciatario por la comisión de delitos o infracciones vinculados con la actividad postal o contra la fe pública o contra la Administración Pública.-

 

c) Por el desapoderamiento de sus bienes o interdicción de cualquier naturaleza dictada en su contra.-

 

d) Existencia de informes de agencias especializadas acerca de la situación económico-financiera del Licenciatario, cuyas conclusiones revelaren un comportamiento de aquél que, a juicio del Correo, lo inhabilite para continuar como tal.-

 

NOVENA - Terminación:

 

9.1 Una vez concluida la relación contractual por la causa que fuera, el Licenciatario deberá devolver o destruir todo ejemplar o copia de seguridad de la Base de Datos que tenga en su poder, como así también, eliminar la Base de Datos de todas las aplicaciones que la contengan en totalidad o en parte.

 

9.2 Asimismo, el Licenciatario no podrá prestar servicios de ningún tipo a otros prestadores postales nacionales distintos del Correo, inscriptos o no en el registro del Decreto N° 1187/93 o cualquier otro que pudiera crearse en el futuro, hasta transcurrido un (1) año desde la terminación de la Licencia.-

 

 

DECIMA - Misceláneas:

 

10.1 Si alguna previsión contenida en esta Licencia deviniere inválida o resultara inaplicable, ello no afectará ni menoscabará la observancia de las restantes que mantendrán su vigencia.-

 

10.2 El Licenciatario asume que, salvo lo específicamente asegurado mediante alguna otra licencia acordada por escrito con el Correo, ésta Licencia y la información inserta en el comprobante de compra es el único y total acuerdo existente entre las Partes e invalida cualquier otra información relativa al objeto de este acuerdo que el Licenciatario pudiera haber recibido por cualquier medio.-

 

10.3 La falta de ejercicio por cualquiera de las Partes de cualquier derecho emergente de la presente Licencia o su ejercicio tardío no podrá considerarse renuncia a tal derecho. Esta Licencia es de cumplimiento obligatorio para los sucesores del Licenciatario en los mismos términos que para éste.-

 

10.5 No se considerarán válidas las modificaciones, ampliaciones o enmiendas a ésta Licencia, excepto que se hubiesen instrumentado por escrito y bajo la firma representantes de ambas Partes.-

 

10.6 La relación entre las Partes es de contratistas independientes. Bajo ninguna circunstancia un dependiente de una de las Partes será considerado dependiente de la otra Parte. Cada Parte será exclusiva responsable por el pago de todas las obligaciones, incluyendo las laborales y previsionales, relativas a sus dependientes.-

 

UNDECIMA - Ley Aplicable. Domicilios. Tribunal competente.

 

11.1 La Licencia se regirá en lo atinente a su existencia, validez, calificación, interpretación, alcance, cumplimiento o resolución por las leyes de la República Argentina.-

 

11.2 Las Partes constituyen sus domicilios legales en los lugares indicados en el encabezamiento, adonde deberán dirigirse todas las notificaciones atinentes a esta Licencia, bajo pena de nulidad.-

 

11.3 En caso de contienda judicial, los firmantes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de La Pampa, con expresa renuncia al fuero federal.-

 

En la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, a los .................... días del mes de ............................. de 2005, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto

 

POR EL CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A.

 

Firma: .......................................

Aclaración: ...............................

DNI: ..........................................

 

POR EL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA

 

Firma: ...........................................

Aclaración: ....................................

DNI: ...............................................