DECRETO Nº 885-2017

Implementa el Programa Empoderar

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en B.O. Nº 3255 del 28-04-17.-

Dictado el 19-04-17.-

Operador del Digesto: Y.A.C.-

 

Artículo 1º.- Impleméntese el Programa Empoderar en la Órbita de la Dirección de Relaciones Instituciones dependiente de la Dirección General de Coordinación de la Secretaria de la Mujer que como Anexo I, forma parte integrante del presente Decreto.-

 

PROGRAMA EMPODERAR

A través de este Programa se pretende lograr la formación socio laboral de mujeres que necesiten tener su propio proyecto de trabajo, generando sus propios ingresos.-

 

DESCRIPCIÓN:

Desde la Secretaría de la Mujer se realizarán talleres que estarán dirigidos a mujeres que buscan una inserción socio laboral y, de este modo, puedan acceder a una independencia económica y personal. Si bien está dirigido a todas las mujeres de la población, se hará principal hincapié en aquellas mujeres que están o han atravesado situaciones de violencia y necesitan romper el vínculo con su agresor para lograr su efectiva recuperación integral.

Se centrará en aportar a las participantes, la adquisición de las competencias (capacidades, habilidades, conocimientos y valores) básicas que facilitan su desarrollo integral en competencias laborales y ciudadanas, implicando un proceso de maduración personal y la obtención de una cualificación básica y una mejora en sus condiciones de empleabilidad.

Asimismo, habrá un módulo de sensibilización y promoción de los derechos laborales de las mujeres.-

 

OBJETIVO:

El objetivo de los diferentes talleres es el de impulsar la incorporación y mantenimiento de las mujeres en el mercado laboral, especialmente las que se encuentran en situaciones de mayor vulnerabilidad, así como a facilitar la conciliación de la vida personal, laboral y familiar.-

 

DESTINATARIOS:

Esta propuesta involucra a las mujeres de toda la sociedad, fundamentalmente a quienes atraviesan situaciones de violencia.-

 

FINANCIAMIENTO:

La elaboración de los talleres como así también la capacitación brindada por los talleristas serán financiadas con el presupuesto de la Dirección de Relaciones Institucionales de la Secretaría de la Mujer.-

 

FRECUENCIA:

La frecuencia de los talleres será semanal, o como lo requiera cada módulo de capacitación.-

 

LOCALIZACIÓN:

Localidades de la provincia que lo requieran.-