DECRETO Nº 08-2014

 

Aprueba el Organigrama y Manual de Misiones y Funciones correspondiente a las Unidades de Organización del Ministerio de Bienestar Social

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en B.O. N.º 3086 del 31-01-14.-

Dictado el 09-01-14.-

Operador del Digesto: Y.A.C.-

 

Artículo 1º.- Apruébase el Organigrama y Manual de Misiones y Funciones correspondiente a las Unidades de Organización del Ministerio de Bienestar Social, aprobado por Decreto N° 657/13, que como Anexo I y II forman parte integrante del presente.-

 

Artículo 2º.- Deróganse los Decretos N° 06/2003 y N° 2278/09.-

 

Artículo 3º.- Modifíquese la denominación de la Coordinación de Fiscalización creada por Decreto N° 910/05, la cual pasará a denominarse Coordinación de Fiscalización -Registro de Entidades de Bien Público.-

 

ANEXO I

 

 
 

ANEXO II

 

A.-ÁREA MINISTRO:

 

La Estructura que depende en forma directa de su área se integra por:

 

I. Secretaría Privada.-

II-Despacho Administrativo.-

III-Coordinación de Fiscalización.-

IV-Coordinación Legal y Técnica.-

V-Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno.-

 

l.-SECRETARIA PRIVADA:

 

1.-MISIONES: Corresponde a la Secretaría Privada llevar la agenda diaria de actividades del señor Ministro y atender los requerimientos efectuados por el titular de la cartera para el desarrollo de las mismas.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Llevar la agenda diaria de actividades funcionales y audiencias concedidas.

b) Atender y canalizar las consultas e inquietudes planteadas por personas físicas y organizaciones de la sociedad civil.-

c) Llevar registro de las comunicaciones recibidas y efectuadas.-

d) Cumplir en tiempo y forma con los actos funcionales encomendados por el Ministro, ofreciendo la más amplia colaboración para concretar su objeto.-

e) Realizar toda actividad conducente a la comunicación del Ministro tanto con los funcionarios de la cartera, como con las restantes entidades públicas provinciales, nacionales y municipales.-

 

II.-DESPACHO ADMINISTRATIVO

 

1.-MISIONES: Asistir al Ministerio de Bienestar Social en todas las tramitaciones propias del organismo, ordenando su atención y diligenciamiento.-

 

2.-FUNCIONES

a) Recibir, tramitar y expedir la documentación del Ministerio de Bienestar Social en razón de su competencia.-

b) Informar diariamente al Ministro todas las requisitorias y documental que deba tramitar por ante el referido funcionario, estableciendo sus respectivos cursos procesales.-

c) Elaborar, fundar y propiciar la firma del Ministro en los proveídos, notas, informes, proyectos y actos que lo requieran.-

d) Verificar la correcta confección y redacción de los escritos que deban ser suscriptos por el funcionario citado.

e) Velar por el cumplimiento de las normas procesales administrativas en lo referente a formalidades y plazos de las tramitaciones.-

f) Dirigir y organizar las acciones del personal que se desempeñe en el Despacho Administrativo. -

g) Llevar registro y archivo de las Resoluciones dictadas, así como de ladocumentación que debe conservarse a los fines de la acreditación de cumplimiento de las obligaciones inherentes a dicho Ministerio.

h) Diligenciar las adquisiciones y contrataciones que correspondan, mediante el proceso que en cada caso resulte aplicable.-

i) Llevar el contralor de los bienes patrimoniales de todas las áreas del Ministerio.-

j) Colaborar con las restantes dependencias del Ministerio de Bienestar Social en todo cuanto resulte pertinente para cumplir con las funciones de dicha cartera.-

 

III.- COORDINACIÓN DE FISCALIZACIÓN-REGISTRO DE ENTIDADES DE BIEN PÚBLICO

 

1.-MISIONES: Llevar actualizado el Registro de Entidades de Bien Público, fiscalizando, controlando y asesorando a las mismas en virtud de lo dispuesto por Decreto N° 132/07.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Efectuar el contralor de las Entidades de Bien Público velando para que cumplan con la normativa vigente, con los Estatutos y con los reglamentos internos, si los tuviere.-

b) Asesorar en todo lo que se refiera al cumplimiento de las obligaciones legales que rigen a las Entidades de Bien Público, respecto del organismo.-

c) Verificar el cumplimiento de los requisitos legales y formales de inscripción.-

d) Requerir toda la información y documentación que se estime necesaria para el cumplimiento de las funciones precitadas.-

e) Habilitar a pedido de la parte interesada, los libros que deben llevar las Entidades de Bien Público, rubricándolos siempre que cumplan con los recaudos legales.-

f) Disponer medidas para el mejor funcionamiento de las actividades precitadas.-

g) Controlar el cumplimiento de la entrega de las rendiciones de cuentas de las instituciones por apoyos económicos recibidos con fondos nacionales y/o provinciales.-

h) Organizar el personal dependiente de la Coordinación y asignarle las tareas necesarias para el cumplimiento de lo mencionado precedentemente.-

 

IV.- COORDINACIÓN LEGAL Y TÉCNICA:

 

1.-MISIONES: Asesorar al Ministro en materia legal, efectuando las recomendaciones que resulten pertinentes para el cumplimiento de las funciones que legalmente constituyen la competencia del Ministerio de Bienestar Social.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Elaborar propuestas de actos administrativos de alcance particular o general.

b) Sugerir el dictado o sanción, adaptación, modificación, revocación o derogación de normas jurídicas, para implementar o cumplimentar las políticas públicas propiciadas por el Ministerio de Bienestar Social.

c) Proyectar convenios, actas generales y complementarias atinentes al objeto precitado.

d) Proponer las respuestas institucionales a requerimientos efectuados por organismos públicos.

e) Coordinar las comisiones de trabajo, reuniones intra e interinstitucionales que al efecto indique el Ministro.-

 

V.- DELEGACIÓN DE ASESORÍA LETRADA DE GOBIERNO:

 

1.-MISIONES: Efectuar, a requerimiento de los responsables de las diferentes áreas del Ministerio de Bienestar Social, el control de legalidad de los proyectos de actos administrativos y convenios, así como del procedimiento adoptado, emitiendo dictamen conforme lo normado por la Ley N° 507.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Emitir opinión jurídica en los expedientes sometidos a su consideración.-

b) Expedirse sobre la interpretación de normas legales y su aplicación.-

c) Recopilar y ordenar los dictámenes según índices temáticos, alfabéticos y cronológicos.-

d) Observar la jurisprudencia establecida por Asesoría Letrada de Gobierno:

e) Intervenir en los procedimientos que resulten de su competencia en virtud de la legislación vigente.-

 

B.-SUBSECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO Y FAMILIA:

 

DEPENDENCIA: Ministerio de Bienestar Social

 

1.-ESTRUCTURA:

L.-Dirección General de Niñez y Adolescencia.-

II.-Subdirección General de Coordinación de Hogares de Niñas, Niños y Adolescentes.-

III.-lnstituto Provincial de Educación y Socialización de Adolescentes.

IV.-Dirección de Adultos Mayores.

V.-Dirección de Discapacidad.-

VI.-Dirección de Prevención y Asistencia de la Violencia Familiar.-

 

1.-MISIONES: Ejecutar la política del Ministerio de Bienestar Social en materia de prevención, promoción y asistencia de niños, jóvenes, familias, adultos mayores y personas con capacidades diferentes, de conformidad con la legislación vigente, leyes y normas reglamentarias que se dicten en relación a cada una de las temáticas, tendiendo al máximo objetivo: la transformación, el mejoramiento social y de la calidad de vida.-

Asistir al Ministro de Bienestar Social en la diagramación de normas y ejecución de las políticas públicas que promuevan la protección y promoción de la familia y el individuo, mediante la articulación de las acciones gubernamentales y no gubernamentales que coadyuven a concretar su desarrollo personal y comunitario, reconociendo y protegiendo sus derechos y coadyuvando a la superación de las situaciones de vulnerabilidad que impidan su ejercicio.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Propiciar la suscripción de convenios de descentralización de las acciones en materia de desarrollo social, reconociendo y afianzando las competencias locales en la materia.-

b) Difundir las acciones de la Subsecretaria de Desarrollo Humano y Familia en materia de niñez, violencia familiar, jóvenes familias, adultos mayores personas discapacitadas, convocando a la comunidad a participar activamente en la promoción de las mismas.

c) Accionar coordinadamente con los organismos nacionales, provinciales, municipales y no gubernamentales que aborden las temáticas de incumbencia de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia.

d) Ejercer la protección de niños, niñas y adolescentes, adultos mayores, discapacitados y demás grupos vulnerables asistidos por la Subsecretaria de Desarrollo Humano y Familia a través de los servicios y/o programas de su dependencia, de conformidad con lo dispuesto por la normativa vigente.

e) Propender al compromiso transversal de las diferentes direcciones a su cargo para efectivizar un trabajo en red encaminado a brindar un fuerte soporte estatal 'a los fines de fortalecer los sectores asequibles y lograr su autonomía.

f) Coordinar las acciones de los organismos que se encuentran bajo su esfera jerárquica a Ios fines de evitar la superposición de acciones y lograr un trabajo eficiente y eficaz.

g) Disponer articulación con otras áreas gubernamentales y no gubernamentales, tendientes a establecer protocolos de actuación que permitan resolver situaciones problemáticas de una manera ordenada y a través de un abordaje integral.

h) Afianzar la presencia estatal y el apuntalamiento de los sectores más vulnerables a los efectos de generar una red de contención y avanzar hacia la autonomía plena en los casos en que esto sea posible.

i) Garantizar que las Direcciones a su cargo agoten todas las medidas tendientes a los efectos de la restitución de derechos, en el caso que aquellos se encuentren vulnerados, ordenando a los citados organismos la toma de las medidas de protección regulares y excepcionales que resulten necesarias.

j) Facilitar la producción de eventos sociales que sirvan como lugar de encuentro de las autoridades ministeriales, difusión de las tareas realizadas, sensibilización y capacitación de las diferentes temáticas con el objetivo de ampliar las redes solidarias y comprometer a la sociedad en la realización de su propio bienestar.

k) Propiciar la formación de los equipos de trabajos que sirven a la realización de los objetivos enunciados.-

 

I.- DIRECCIÓN GENERAL DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA:

 

DEPENDENCIA: Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia

 

1.-MISIONES: Trabajar en la protección y promoción de la familia, impulsando su integración social, la protección de sus derechos, el desarrollo pleno de sus miembros con especial atención en las niñas, niños y adolescentes y promover su inclusión social.

 

2.-FUNCIONES

a) Difundir y propender a garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes asegurando su pleno goce, según las garantías reconocidas en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, demás tratados internacionales vigentes en la República Argentina, así como la normativa nacional y provincial vigente en la materia.

b) Diseñar y ejecutar políticas públicas de promoción de los derechos de la niñez y adolescencia.

c) Propiciar la formación de redes de trabajo y contención, especialmente entre la Provincia, los Municipios y las organizaciones civiles que desarrollen sus actividades bajo el sistema integral de protección de niños, niñas y adolescentes.

d) Propiciar alternativas tendientes a evitar la separación del niño de su familia o de sus guardadores o de quien tenga a su cargo su cuidado o atención y, en caso de resultar necesario, efectuar las propuestas que acojan a los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en situación de vulnerabilidad bio-psico-social.

e) Implementar programas de asistencia técnica para la formación de equipos constituidos por las autoridades locales, de atención interdisciplinaria de las problemáticas de la niñez, adolescencia y familia.

f) Generar metodologías de intervención que favorezcan la integración social, la solidaridad y el compromiso social en la protección de la familia.

g) Ejercer la autoridad de aplicación respecto de las normativas que resulten de su competencia, requiriendo y colaborando con las autoridades judiciales y/o administrativas en cuanto a ellas competa.-

 

II.- SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE HOGARES DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES:

 

DEPENDENCIA: Dirección General de Niñez y Adolescencia.-

 

1.-MISIONES: Brindar protección integral a los adolescentes que en razón de circunstancias determinadas, deban permanecer transitoriamente separados de su familia de origen o de su grupo humano de referencia, para proveer su contención y superación de las respectivas problemáticas.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Brindar a los adolescentes las condiciones necesarias para un desarrollo integral y saludable, resguardando su intimidad, integridad física y emocional.-

b) Implementar las medidas que propicien la recomposición de vínculos, realizando un abordaje individual, familiar y comunitario.-

c) Realizar las actividades y talleres que coadyuven al aprendizaje de prácticas saludables, la creatividad, el aprendizaje de artes y oficios, así como el deporte, la recreación y la vinculación positiva tanto entre pares como con adultos.-

d) Promover el conocimiento de los propios derechos para su defensa y ejercicio ciudadano.-

 

lIl.-INSTITUTO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN y SOCIALlZACIÓN DE ADOLESCENTES (I.P.E.S.A.)

 

DEPENDENCIA Dirección General de Niñez y Adolescencia.

 

1.-MISIONES: Implementar un plan terapéutico basado en el enfoque socioterapéutico-educativo, proporcionando residencia y asistencia adecuada que facilite la inserción de los adolescentes en conflicto con la ley penal en su comunidad, reconociéndolos como sujetos de derecho.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Brindar residencia y asistencia adecuada a adolescentes que por disposición de autoridades judiciales deban cumplir medidas que impliquen la internación en el Instituto.-

b) Proporcionar un adecuado contenido terapéutico a la medida judicial de institucionalización, acorde a lo dispuesto por las normativas internacionales, nacionales y provinciales vigente en la materia.-

c) Generar un espacio institucional durante el período de internación, la participación del adolescente en las instancias de socialización, a través de su integración progresiva a la comunidad.-

d) Realizar las actividades tendientes a recuperar la función socializadora de las respectivas familias, mediante abordajes interdisciplinarios, valorizando su participación y protagonismo.-

e) Promover en el residente que no cuente con familia continente, los vínculos que le permitan iniciar un proyecto de vida basado en la autodeterminación, el afecto, respeto, superación personal y conductas saludables.-

 

IV.-DIRECCIÓN DE ADULTOS MAYORES:

 

DEPENDENCIA: Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia.-

 

1.-MISIONES: Diagramar e instrumentar descentralizadamente, programas generales que promuevan la atención, reconocimiento y contención de los adultos mayores, para garantizar los derechos establecidos en la legislación vigente.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Implementar programas Nacionales y Provinciales destinados a mejorar la calidad de vida de los adultos mayores de La Pampa.-

b) Promover las iniciativas locales que fomenten la participación y compromiso comunitario en la materia.-

c) Generar conocimiento, concientización y sensibilización respecto de la población destinataria, revalorizando su experiencia e imaginario.-

d) Coordinar acciones con organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil que propicien actividades, capacitación y programas educativos, recreativos y de contención de los adultos mayores.-

e) Procurar la formación de recursos humanos en gerontología, idóneos en la atención de los adultos mayores.-

f) Fiscalizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de establecimientos geriátricos en la forma dispuesta por la Ley N° 2130 y normas reglamentarias.-

g) Concientizar sobre las prácticas que contribuyen a un envejecimiento saludable.-

 

V.-DIRECCIÓN DE DISCAPACIDAD:

 

DEPENDENCIA: Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia.-

 

1.-MISIONES: Promover la protección integral de las personas con discapacidad implementando políticas públicas que propicien el cumplimiento de sus derechos así como la participación e inclusión plena y efectiva en la comunidad.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Promover la difusión y el cumplimiento de la Convención Internacionales sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.-

b) Propiciar las acciones y programas que conformen la política pública en materia de discapacidad. -

c) Ejercer la competencia normativamente asignada para la aplicación de la Ley N° 2226 -Régimen especial de protección integral para personas con discapacidad.-

d) Fomentar acciones que faciliten el acceso de las personas con discapacidad a los sistemas y servicios convencionales.

e) Articular acciones y recursos con las organizaciones de la sociedad civil y organismos gubernamentales, tanto a nivel Nacional, Provincial y Municipal que promuevan la igualdad de oportunidades, la plena participación y Ia equidad de las personas con discapacidad.-

f) Planificar y ejecutar programas, servicios y acciones en pos de la inclusión y bienestar personal, familiar, social, comunitario y laboral de las personas con discapacidad.

g) Realizar las acciones que le competen respecto del Sistema Único de Prestaciones Básicas, (Junta Evaluadora de personas con discapacidad y Junta Evaluadora de Prestadores).-.

h) Ejercer la Secretaría del Consejo. Provincial para las Personas con Discapacidad.-

i) Coordinar la Red de Prevención, Habilitación y Rehabilitación de Base Comunitaria de acuerdo a lo establecido por Ley N° 2387.-

 

VI.-DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN Y ASISTENCIA DE LA VIOLENCIA FAMILIAR:

 

DEPENDENCIA: Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia.-

 

1.-MISIONES: Contribuir al conocimiento de la problemática de la violencia familiar, dentro de la Provincia de La Pampa, promoviendo en las personas y en la comunidad pampeana el desarrollo de formas no violentas de convivencia propiciando la participación y el compromiso de toda la sociedad a través de acciones superadoras de esta problemática social.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Promover y proteger los derechos de las mujeres en el marco de los derechos humanos, entendiendo como primordial el interés superior de los niños, niñas y/o adolescentes que se vean afectados por una situación de violencia dentro de su grupo familiar.

b) Promover políticas públicas basadas en el criterio de transversalidad demandando la articulación de todas las áreas de Gobierno, como así también de las Organizaciones No Gubernamentales

c) Promover la formación de redes interinstitucionales e intersectoriales capaces de construir un modelo de intervención local para la prevención y atención de la violencia familiar.

d) Diagramar e implementar tareas de promoción, prevención, atención y capacitación sobre la violencia familiar.

e) Articular con organismos que se encuentren trabajando la violencia familiar y también con aquellos que puedan aportar estrategias que permitan mejorar la calidad de vida de las víctimas y su entorno familiar.-

f) Brindar atención integral (legal, social y psicológica) a familias que presentan situaciones de violencia familiar.-

g) Promover la modificación de conductas estereotipadas, fortaleciendo en el sujeto las capacidades personales que permitan una adecuada resolución de conflictos para mejorar la calidad de vida, en los aspectos políticos, sociales, económicos y culturales.-

 

C.-SUBSECRETARIA DE POLÍTICA SOCIAL:

 

DEPENDENCIA: Ministerio de Bienestar Social.-

 

ESTRUCTURA:

 

I-Dirección General de Planificación.-.

II.-Dirección General de Promoción Comunitaria.

III.-Delegaciones Zonales Norte, Centro-Este, Oeste y Sur.-

 

1.-MISIONES: Asistir el Ministro de Bienestar Social en la diagramación y ejecución de las políticas públicas que promuevan el desarrollo local, la participación comunitaria, el deporte, el turismo social y la superación de estados de carencia que coloquen a la persona o grupo familiar o social en estado de riesgo o vulnerabilidad bio-psico-social.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Promover la conciencia de convivencia social y desarrollo comunitario, reconociendo la competencia insoslayable de las autoridades comunales en la materia. Diagramar la política pública en materia deportiva y de turismo social.-

b) Elaborar y ejecutar programas que propicien la participación de la comunidad en prácticas saludables y solidarias, tendientes a la integración de los sectores vulnerables.-

c) Ejecutar los proyectos de promoción social que propendan a la radicación en las comunidades y desalienten la migración.-

d) Promover la capacitación de los recursos locales para la concreción de los proyectos de desarrollo promovidos por las comunas.-

 

I.-DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN:

 

DEPENDENCIA: Subsecretaría de Política Social

 

1.-MISIONES: Asesorar a la Subsecretaría de Política Social en las cuestiones técnicas y metodológicas relacionadas con la planificación estratégica de las políticas sociales en la Provincia de La Pampa, así como respecto del diseño, coordinación, instrumentación y supervisión del conjunto de áreas y programas que conformen la política social provincial.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Relevar, actualizar, sistematizar y analizar información social agregada de interés social, para la toma de decisiones en los distintos niveles políticos y técnicos.-

b) Promover, desarrollar y coordinar líneas de investigación aplicadas.-

c) Analizar el desarrollo e instrumentación de la política social a nivel nacional provincial y municipal, a los fines de constituirse en un organismo con capacidad de generar informes técnicos y de asesoramiento al gobierno provincial en circunstancias que así ameriten y sean solicitadas.-

d) Identificar y sugerir áreas prioritarias de intervención social para la instrumentación de programas sociales estratégicos.-

e) Fomentar y coordinar el conocimiento e intercambio permanente de información de carácter sectorial e intersectorial, estatal y privado favoreciendo el desarrollo de actividades conjuntas.-

f) Programar y coordinar instrumentos técnicos de participación y toma de decisiones intersectoriales e intermunicipales, con el fin de reforzar los objetivos descentralizadores de la política social provincial, incrementar la coherencia de los programas sociales en los distintos niveles y potenciar los objetivos de cambio social propuestos.

g) Diseñar, ejecutar y coordinar programas de capacitación permanente de recurso humano (tanto a nivel profesional como técnico y administrativo) dentro del ámbito del Ministerio de Bienestar Social.-

h) Adecuar los recursos humanos a su disposición, y la estructura funcional del área con el objetivo de optimizar la gestión.-

i) Sugerir, generar y ejecutar estrategias y alternativas de comunicación dentro del ámbito del Ministerio de Bienestar Social, que resulten en apoyo de los distintos programas, proyectos e intenciones político-estratégicas del Ministerio, propiciando la adecuada comunicación de las acciones ministeriales y la adhesión de la ciudadanía al plan de gobierno.-

 

II.-DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN COMUNITARIA:

 

DEPENDENCIA: Subsecretaría de Política Social.-

 

1.-MISIONES: Propiciar, diseñar y ejecutar programas estratégicos de desarrollo sustentable tendientes a mejorar la calidad de vida de las comunidades pampeanas, sin comprometer los recursos y posibilidades de las futuras generaciones, así como coordinar la intervención estatal a través de acciones concretas que satisfagan situaciones específicas de riesgo y vulnerabilidad social.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Generar instrumentos de diagnosis social que facilite el diseño y ejecución de programas de desarrollo social sustentable atendiendo a la especificidad de cada región de la Provincia.-

b) Facilitar el trabajo multidisciplinario con distintos órganos de gobierno que permitan ejecutar políticas públicas eficaces en términos de promoción comunitaria.-

c) Diseñar y ejecutar programas estratégicos de participación y capacitación que promuevan el bienestar de la población objetivo.-

d) Fortalecer la infraestructura social mediante la puesta en marcha de programas de mejoramiento habitacional.-

e) Facilitar los procesos de otorgamiento de pensiones y asistencia económica de personas en situación de contingencia social, cuya autoridad de aplicación es el Ministerio de Bienestar Social.-

f) Coordinar acciones encomendadas en el marco de la normativa vigente, respecto del reconocimiento de preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas y de su participación para el ejercicio de los derechos correspondientes.-

 

III.-DELEGACIONES ZONALES NORTE, CENTRO-ESTE, OESTE Y SUR:

 

DEPENDENCIA: Subsecretaría de Política Social.-

 

1.-MISIONES: Coordinar en sus ámbitos territoriales de competencia, las políticas públicas desarrolladas por el Ministerio de Bienestar Social. Sin perjuicio de la dependencia que se establece en el presente, los Delegados a cargo observarán las indicaciones y recomendaciones que, de acuerdo a cada caso, establezcan las autoridades del Ministerio de Bienestar Social competentes en la materia.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Articular con las respectivas autoridades locales y las organizaciones no gubernamentales, las acciones que optimicen la ejecución de los planes y programas implementados por el Ministerio.-

b) Proponer las acciones que optimicen recursos institucionales para la ejecución local de programas impulsados por la Dirección General de Deportes, Recreación y Turismo Social.-

 

D.-SUBSECRETARIA DE JUVENTUD DEPORTES RECREACIÓN Y TURISMO SOCIAL:

 

DEPENDENCIA: Ministerio de Bienestar Social.-

 

ESTRUCTURA:

l.-Dirección General de Deportes, Recreación y Turismo Social

II.-Coordinación de Plantas de Campamentos.-

III.-Dirección General de Juventud.-

 

1.-MISIONES: Asistir al Ministro de Bienestar Social en la diagramación y práctica de políticas públicas que promuevan el desarrollo de actividades juveniles, deportivas, recreativas y turísticas, fomentando la participación de los habitantes de la provincia.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Diagramar la Política Publica en materia de Juventud, deportiva y Turismo Social.-

b) Coordinar con las autoridades comunales y las instituciones, la ejecución de programas.-

c) Promover y participar en la elaboración y ejecución de instrumentos de carácter interjurisdiccional que la provincia que la provincia suscriba o adhiera cuando refieran a materia de su competencia.-

e) Implementar programas de asistencia técnica para la formación de equipos constituidos por las autoridades locales de atención interdisciplinaria de las problemáticas de la juventud.-

f) Propiciar la formación de redes de trabajo y contención especialmente entre la Provincia, los Municipios y las Organizaciones que desarrollen actividades juveniles, deportivas, recreativas y turísticas.-

g) Organizar y promover el funcionamiento y financiamiento de la Casa de la Juventud en Córdoba.-

 

I.-DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTES. RECREACIÓN Y TURISMO SOCIAL:

 

1.-MISIONES: Fomentar las prácticas deportivas tanto en su aspecto de promotoras de la salud, como de la contención social, el desarrollo cultural, perfeccionamiento de las disciplinas y sus atletas.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Promover la capacitación de las actores intervinientes en el proceso de enseñanza y organización de prácticas deportivas.-

b) Propiciar la creación, accesibilidad y difusión de campamentos turísticos, albergues juveniles y todo otro centro de recreación que permita el turismo social y el desarrollo de prácticas, deportivas.-

c) Proponer las medidas que contribuyan al cumplimiento de las funciones encomendadas, procurando la mayor accesibilidad de toda la población pampeana al deporte, sea este amateur o profesional.-

d) Instar la coordinación de las organizaciones competentes en la materia, para aunar criterios y esfuerzos en la ejecución de programas deportivos y de recreación comunitaria.-

 

II.-COORDINACIÓN DE PLANTAS DE CAMPAMENTO:

 

DEPENDENCIA: Dirección General de Deportes, Recreación y Turismo Social.-

 

1.-MISIONES: Promover la integración de una red de plantas estatales de camping y campamentos, para potenciar el turismo social.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Proponer las acciones que coadyuven a la conformación y funcionamiento de una red integrada de plantas de campamento y camping estatales.

b) Administrar la planta de campamento de la localidad de Pehuen-Co en un todo de conformidad al convenio celebrado con el Estado Nacional.-

c) Promover la difusión y conocimiento de los espacios de referencia para el desarrollo del turismo social.-

 

III.-DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD:

 

DEPENDENCIA: Subsecretaría de Juventud, Deportes, Recreación y Turismo Social.-

 

1.-MISIONES: Asistir y asesorar al Ministro de Bienestar Social en todo lo pertinente a las medidas de Gobierno tendientes a la participación de los jóvenes en las actividades políticas, culturales, deportivas, etcétera.-

 

2.-FUNCIONES:

a) Planificar las políticas, programas y acciones específicamente relacionados con la problemática de la juventud.-

b) Participar y organizar actividades que se desarrollen en los distintos ministerios promoviendo la celebración de acuerdos interministeriales.

c) Articular acciones para optimizar el bienestar de los jóvenes pampeanos que cursan sus estudios en la ciudad de Córdoba.-

d) Promover acciones para el financiamiento y asistencia técnica de las entidades gubernamentales y no gubernamentales que desarrollen programas relacionados con la inserción a la sociedad de la juventud de la provincia.-