Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

 

Decreto Nº 798-2007

 

 

Designación al Instituto de Promoción Productiva para supervisar la ejecución de Proyectos del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP).-

 

 

Publicado en B.O. 2734 del 04-05-2007.-

Dictado el 24-04-2007.-

Última modificación: Decreto Nº 4858-2021.-

 

 

 

Art. 1º.- Desígnase al  Ministerio  de  la  Producción  como  Entidad  de  Enlace (EE)   cuyos   objetivos   principales   serán   supervisar   la ejecución  de  los  Proyectos  del  Programa  de  Servicios Agrícolas  Provinciales  (PROSAP)  que  se  financien  en  la Provincia;    coordinar,    formular,    controlar    y    evaluar proyectos   de   inversión   sectorial,   como   así   también administrar y monitorear su implementación.

Texto dado por decreto Nº 4858-2021

 

Texto anterior dado por Decreto Nº 798-2007. Artículo 1°.-Desígnase al Instituto de Promoción Productiva, dependiente de la Subsecretaría de Planificación y Evaluación de Proyectos del Ministerio de la Producción, como Entidad de Enlace (EE), cuyos objetivos principales serán supervisar la ejecución de los Proyectos del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP) que se financien en la Provincia; coordinar, formular, controlar y evaluar políticas y programas de desarrollo agropecuario, e identificar, formular y evaluar proyectos de inversión sectorial, como así también administrar y monitorear su implementación-

         

Art. 2º.- Las principales funciones de la Entidad de Enlace (EE) serán las siguientes, y las que el mencionado programa en el futuro establezca: a) Supervisar y coordinar la identificación, formulación y evaluación de los proyectos; b) Participar en la elaboración, de los proyectos a presentar; c) Aprobar y coordinar todos los proyectos provinciales que se presenten al Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP); d) Articular con el Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP) en lo que respecta la programación y la formulación de proyectos solicitados por la Provincia; e) Presentar formalmente los proyectos al Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP) en sus distintas instancias; f) Coordinar y supervisar la puesta en marcha, implementación, ejecución y seguimiento de los proyectos; g) Mantener actualizado el Programa de Desarrollo Provincial; h) Proponer y coordinar con las otras dependencias del sector agropecuario; i) La realización de estudios básicos y análisis de políticas a nivel micro y macroeconómico; J) Supervisar y coordinar el desarrollo de normas y metodologías de identificación, formulación, análisis económico-financiero, impacto ambiental, seguimiento y evaluación de proyectos y supervisar su aplicación por las unidades ejecutoras; k) Actuar como enlace y punto de coordinación entre la Unidad Ejecutora Central (UEC), la Entidad Provincial de Administración Financiera (EPAF) y las Unidades de Ejecución de Proyectos (UEPs); 1) Asesorar a otras unidades del sector agropecuario en la materia de su especialización; m) Deberá verificar que las Unidades de Ejecución de Proyectos (UEPs) conserven toda documentación original, perfectamente identificada, de aquellos procedimientos de compras y/o contrataciones realizados en el marco del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP), sean éstas financiadas por el Banco o por aporte local. Dicha documentación original deberá estar disponible para eventuales auditorias o revisiones ex-post, hasta 5 años contados a partir de la fecha de cierre del préstamo; n) Cumplir con los requerimientos de información por parte de la Unidad Ejecutora Central (UEC), entre los que se destacan envío en tiempo y forma de: 1) informe anual de evidencias de disponibilidad de recursos presupuestarios de aporte local, 2) informe de planificación anual operativa, 3) informes semestrales de ejecución de cada proyecto activo en la jurisdicción.-

Las funciones específicas relativas a los convenios y el cumplimiento de las condiciones contractuales incluyen: a) Tramitar y presentar al Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP) la Ley de endeudamiento que autorice a las autoridades de la Provincia a celebrar convenios de participación en PROSAP; b) Presentar la documentación que permita la evaluación de que la Provincia tiene la capacidad de endeudamiento y de aporte de contrapartida para el Proyecto propuesto; c) Gestionar y presentar las constancias de la inclusión en el presupuesto provincial de los aportes de contrapartida y del endeudamiento internacional necesario para la ejecución de los proyectos.­-

         

Art. 3°.- Las funciones específicas de la Entidad de Enlace (EE) referentes a la coordinación y supervisión de los proyectos incluyen: a) Apoyar y coordinar el desarrollo de propuestas de proyectos a ser presentados al Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP); b) Apoyar y coordinar la gestión tendiente a la aprobación de los proyectos; c) Realizar la consolidación provincial de los Planes Operativos Anuales (POA) y los presupuestos anuales; d) Supervisar y presentar a la Unidad Ejecutora Central (UEC) el informe de Ejecución Semestral, con los correspondientes comentarios sobre desvíos y el nivel de ejecución; e) Elaborar y gestionar todos aquellos convenios que sean necesarios para el financiamiento y ejecución de los proyectos; f) Participar en la ejecución conducente a asegurar los fondos de contrapartida provincial necesarios para la ejecución de los proyectos; g) Supervisar y evaluar, incluyendo inspecciones técnicas, el cumplimiento de las actividades y metas específicas de las Unidades de Ejecución de Proyectos (UEPs); h) Gestionar conjuntamente con la Entidad Provincial de Administración Financiera (EPAF) la apertura de la cuenta especial provincial del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP) y administrar el uso de los recursos depositados en la cuenta; i) Gestionar, conjuntamente con la Entidad Provincial de Administración Financiera (EPAF), ante la Unidad Ejecutora Central (UEC) los adelantos de fondos para los proyectos provinciales; j) Autorizar, conjuntamente con la Entidad Provincial de Administración Financiera (EPAF), los desembolsos de la cuenta especial para los distintos proyectos provinciales; k) Elevar a la Unidad Ejecutora Central (UEC) la justificación de los desembolsos de fondos efectuados para la ejecución de los proyectos; 1) Hacer el seguimiento de los recursos financieros provinciales totales y de los desembolsos de los diferentes proyectos; m) Elevar los informes de progreso técnico y financiero de los proyectos a la Unidad Ejecutora Central (UEC); n) Colaborar con las Unidades de Ejecución de Proyectos (UEPs), con el apoyo de la Entidad Provincial de Administración Financiera (EPAF), en la preparación de los pliegos (de licitación y/u otros procedimientos) para la contratación de obras y la adquisición de bienes y servicios; o) Aprobar, conjuntamente con las Unidades de Ejecución de Proyectos (UEPs) y la Entidad Provincial de Administración Financiera (EPAF) los pliegos de licitación; p) Participar con las Unidades de Ejecución de Proyectos( UEPs) en el estudio de las ofertas presentadas en los llamados de licitación; q) Aprobar o recomendar la aprobación según los montos, conjuntamente con la Entidad Provincial de Administración Financiera (EPAF) y las Unidades de Ejecución de Proyectos (UEPs), sobre la adjudicación de las licitaciones, elevando los antecedentes a la Unidad Ejecutora Central (UEC) y cuando sea necesario, al Banco; r) Aprobar los Términos de Referencia (TDR) presentados por las Unidades de Ejecución de Proyectos (UEPs) para la contratación de servicios de consultoría; s) Canalizar en caso de ser necesario, cualquier otro tipo de relación necesaria con el sector público y/o privado para la buena administración de los proyectos; t) Realizar toda otra acción conducente al normal desenvolvimiento de la administración de los proyectos; u) Colaborar con las auditorias que se realicen.-

 

            Art. 4°.- La Entidad de Enlace (EE) se organizará de acuerdo a la siguiente estructura básica: A)Coordinador:    El/la    titular    del    Ministerio    de    la Producción  actuará  como  coordinador/a  de  la  Entidad  de Enlace  (EE)  y  tendrá  a  su  cargo  la  función  de  analizar, evaluar  y  fijar  políticas  en  ejecuciones  o  a  ejecutar  en  la EE, detentando  facultades decisorias  y de  fiscalización de la  misma,  cumplir  y  hacer  cumplir  las  decisiones  que  el Poder  Ejecutivoadopte  en  materia  de  política  del  sector. Asimismo  ejercerá  la  representación  de  la  Provincia  ante las autoridades nacionales intervinientes como así también ante las demás provincias participantes del programa. B) Equipo técnico: Se compondrá por profesionales de las distintas   áreas   que   compongan   la   naturaleza   de   los proyectos.

Texto dado por decreto Nº 4858-2021

 

Texto anterior dado por Decreto Nº 798-2007. Artículo 4°.-La Entidad de Enlace (EE) se organizará de acuerdo a la siguiente estructura básica:

A) Coordinador: El Director del Instituto de Promoción Productiva actuará como coordinador de la Entidad de Enlace (EE) y tendrá a su cargo la función de analizar, evaluar y fijar políticas en ejecución o a ejecutar en la Entidad de Enlace (EE), detentando facultades decisorias y de fiscalización de la misma, cumplir y hacer cumplir las decisiones que el Poder Ejecutivo adopte en materia de política del sector. Asimismo ejercerá la representación de la provincia ante las autoridades nacionales intervinientes como así también ante las demás provincias participantes del programa.­-

B) Equipo técnico: Se compondrá por profesionales de las distintas áreas que compongan la naturaleza de los proyectos.­-

 

            Art. 5°.- El/la titular del Ministerio de la Producción afectará el personal necesario perteneciente a reparticiones dependientes  de  dicho  ministerio  para  el  funcionamiento de  la  EE,  los  que  integrarán  el  equipo  técnico  de  apoyo  a la   labor   del   Coordinador   y bajo   su   autoridad -y supervisión

Texto dado por decreto Nº 4858-2021

 

Texto anterior dado por Decreto Nº 798-2007. Artículo 5°.-El Ministro de la Producción afectará a solicitud del Coordinador, el personal necesario perteneciente a reparticiones dependientes de dicho ministerio para el funcionamiento de la Entidad de Enlace (EE) los que integrarán el equipo técnico de apoyo a la labor del Coordinador y bajo su autoridad y supervisión.­-

 

            Art. 6°.- La  coordinación  administrativo,  contable  y financiera  de  los  Proyectos  se  realizará  a  través  de  la Dirección    General    de    Ingreso    y    Crédito    Público, dependiente  del  Ministerio  de  Hacienda  y  Finanzas,  que actuará   como   Entidad   Provincial   de   Administración Financiera (EPAF).

Texto dado por decreto Nº 4858-2021

 

Texto anterior dado por Decreto Nº 798-2007. Artículo 6°.-La coordinación administrativa, contable y financiera, de los Proyectos se realizará a través de la Dirección Provincial de Crédito Público, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, que actuará como Entidad Provincial de Administración Financiera (EPAF).­-

 

            Art. 7°.- La Entidad Provincial de Administración Financiera (EPAF), tendrá funciones referidas al registro contable de los proyectos, a la operación conjunta de la cuenta especial del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP) y a la realización de los pagos por la adquisición de bienes y equipos y contratación de servicios que realizan los proyectos provinciales.­-

 

            Art. 8°.- La Entidad Provin cial de Administración Financiera (EPAF) tendrá, además de las funciones mencionadas en el artículo 7°, las siguientes y las que el Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP) en el futuro establezca:

a) Realizar la administración financiera de los Proyectos interactuando con la Entidad de Enlace (EE) y la Unidad de Ejecución de Proyectos (UEPs) provincial; b) Realizar los pagos a través de las cuentas especiales de la provincia; c) Procesar y presentar la documentación contable y financiera de los Proyectos; d) Presentar la documentación de respaldo a la Unidad Ejecutora Central (UEC) de los pagos efectuados por los Proyectos a través de la Entidad de Enlace (EE); e) Gestionar junto con la Entidad de Enlace (EE) ante las autoridades provinciales competentes la apertura de la cuenta especial provincial, para los fondos de origen del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP) y una cuenta especial para los fondos de contrapartida local; f) Apoyar en las gestiones para obtener los fondos de contrapartida local; g) Ejercer control administrativo en cuanto al cumplimiento de los procedimientos de adquisición de bienes y servicios, contrataciones de servicio de consultoría, desembolsos, etc.; h) Llevar el control financiero, contable y presupuestario de todos lo proyectos en ejecución en la provincia; i) Llevar la contabilidad de gestión presupuestaria de todos los proyectos provinciales del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP), de acuerdo a los procedimientos establecidos por la Unidad Ejecutora Central (UEC); j) Consolidar los pedidos de adelantos de fondos y elevarlos a la Entidad de Enlace (EE) para su autorización  y  remisión  a  la   Unidad  Ejecutora

Central (UEC); k) Elaborar y consolidar la justificación de adelanto de fondos solicitados por las Unidades de Ejecución de Proyectos (UEPs) y elevar las a la Entidad de Enlace (EE) para su autorización y elevación a la Unidad Ejecutora Central (UEC); 1) Realizar los pagos de bienes y servicios solicitados por las Unidades de Ejecución de Proyectos (UEPs); m) Preparar los informes financiero-contables trimestrales para su aprobación por la Entidad de Enlace (EE), los que incluirán un estado de origen y aplicación de fondos, un detalle de gastos de inversiones realizadas, ingresos, recuperación de costos si los hubiese y cualquier información adicional requerida por la Unidad Ejecutora Central (UEC).; n) Asesorar a las Unidades de Ejecución de Proyectos (UEPs) y las Entidades de Enlace (EE) en la preparación de los pliegos de licitación; o) Participar en la revisión de la documentación licitatoria y en el estudio de las diferentes ofertas; p) Participar junto con las Unidades de Ejecución de Proyectos (UEPs) y la Entidad de Enlace (EE) en la recepción de los bienes, obras y servicios contratados; q) Colaborar con las auditorias que se realicen.­