Decreto Nº 788-2010

Adicional Sanitario creado por Ley N° 2420, para los agentes de la

Ley 2343[1].-

 

Publicado en B.O. 2895 del 04-06-2010.-

Dictado  el 06-05-2010.-

Operador Digesto: R.D.: MAB.-

 

NORMAS QUE MODIFICAN Y/O COMPLEMENTAN

Art. 1º.- Fíjase a partir del 1º de abril de 2010, en el 20 % de la Asignación del Cargo, el adicional por Situaciones Especiales creado por el artículo 25 del ANEXO I de la Ley N° 2343, exclusivamente para los beneficiarios de dicha ley que desempeñen tareas en establecimientos asistenciales que impliquen riesgo físico. La asignación de este adicional será propuesta por el Director de cada esta­blecimiento en función de las tareas desempeñadas. Está sujeto a aportes y contribuciones previsionales y para la obra social y no se imputará para el cálculo del monto garantizado.-

 

         Art. 2º.- Déjese sin efecto a partir del 1°  de abril de 2010 lo dispuesto por el artículo 18 del Decreto 704/08.-

 

Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto vigente.-

 

         Art. 4º.- Dése cuenta a la Cámara de  Diputados de acuerdo a lo establecido por el artículo 2° último párrafo de la Ley N° 1.238.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



[1] Nota de Redacción: Decreto Ratificado por  art. 26 de Ley 2607 –Ley de Presupuesto Ejercicio 2011.