DECRETO Nº 78-2012

MODIFICA EL ARTÍCULO 6° DEL DECRETO N° 326/04.[1]

 

Estado de la Norma: VIGENTE.

 

Publicado en B.O. Nº 2984 del 17-02-2012.-

Dictado el 03-02-2012.-

Operador de Digesto: R. S.-

 

 

Art. 1º. -  Modificase el artículo 6° del Decreto N° 326/04, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 6°.- Será Autoridad de Aplicación y Gestión, el Instituto de Promoción Productiva dependiente del Ministerio de la Producción de la Provincia de La Pampa y a tales fines tendrá bajo su responsabilidad la reglamentación, organización, ejecución y gestión de todas las acciones que integran la operatoria del PROGRAMA, quedando facultado a celebrar convenios con las empresas para obtener el reintegro de los fondos".­-

 



[1] Nota de Redacción: Título dado por redacción DI.