Decreto N° 5743-2023

Ratifícase el Convenio suscripto el día 6 de octubre de 2023 entre la Secretaria de Abordaje Integral del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de La Pampa, el cual tiene como objeto implementar el Proyecto denominado “ABRAZAR II LA PAMPA ARGENTINA.[1]

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3602 del 22-12-23.-

Dictado el 07-12-23.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

Artículo 1°.- Ratifícase el Convenio suscripto el día 6 de octubre de 2023 entre la Secretaria de Abordaje Integral del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de La Pampa, el cual tiene como objeto implementar el Proyecto denominado “ABRAZAR II LA PAMPA ARGENTINA”, con el objeto de mitigar las situaciones de vulnerabilidad que atraviesa un sector de la población en todo el territorio de la provincia de La Pampa. Dicho Convenio forma parte integrante del presente Decreto como Anexo I.

 

Artículo 2°.- Increméntase en la suma de $ 400.276.458,80 el total de erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados) para el ejercicio 2023, establecido por el artículo 1° de la Ley Nº 3511 y sus modificatorias, de acuerdo al Anexo II del Presente Decreto.

 

Artículo 3°.- Increméntase en la suma de $ 400.276.458,80 el total de los recursos a que se refiere el artículo 2° de la Ley Nº 3511 y sus modificatorias, de acuerdo a la distribución que se indica en el Anexo III del presente Decreto, los que serán destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 2° del presente.

 

Artículo 4°.- Comuníquese a la Cámara de Diputados la modificación presupuestaria a través de la Dirección General de Presupuesto, asimismo, en virtud de lo previsto en el artículo 24 de la Ley N° 3511  y a través de la Secretaría General de la Gobernación, dese cuenta del Convenio suscripto, en ambos casos en la periodicidad establecida en el artículo 3° de la Ley N° 1388 - Complementaria Permanente de Presupuesto.



[1] Nota: Título dado por el Digesto.