Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

 

Decreto N° 566-2005

 

Dictado el 04/04/2005

Publicado en el BO 2626 del 08/04/2.005.-

 

Artículo 1º.- El saldo adeudado en concepto de anticipo de coparticipación impositiva otorgado por Decreto N° 2137/04, será refinanciado a partir del mes de marzo de 2005 en 32 cuotas, las primeras 31 cuotas de $ 1.875,- y la última cuota de $ 1.775.-

 

Artículo 2º.- Autorízase a la Tesorería General de la Provincia de La Pampa, previa intervención de Contaduría General, a descontar el salto de anticipo de Coparticipación Impositiva otorgado por Decreto N° 2137/04, de lo que perciba dicho Municipio por tal concepto, o de aportes destinados a desequilibrios financieros, financiamiento de obras públicas y/o cualquier otro concepto, de acuerdo a lo establecido en el artículo primero.-