Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

 

Decreto N° 550-2005

Registro de Beneficiarios Actuales y Potenciales de Programas Estatales “PILQUEN”

 

Dictado el 31-03-2005.-

Publicado en B.O. 2630 del 06-05-2005.-

 

 

 Artículo 1°.- Impleméntase bajo la órbita de  la Subsecretaría  de Política  Social dependiente del Ministerio de Bienestar Social,  el Sistema Provincial de Registro de Beneficiarios Actuales y Potenciales de Programas Estatales “PILQUEN” cuyos objetivos, mecánica de trabajo, organismos actuantes y equipo técnico, se consignan en el Anexo I del presente Decreto, atendido con las partidas pertinentes del presupuesto vigente.

 

Artículo 2°: Apruébanse los modelos de convenios que como Anexos II y III, forman parte de este Decreto, que deberán suscribir los representantes de las Municipalidades y Comisiones de Fomento; los funcionarios responsables de las áreas involucradas y los responsables de recolectar, cargar, procesar e interrelacionar la información, que solo será utilizada a los fines de la optimización y diagramación de las políticas publicas provinciales.

 

Sistema PILQUEN (tejido)

Sistema de Registro de Familias Beneficiarias Actuales y Potenciales de Programas Sociales Estatales

 

OBJETIVO GENERAL:

 

Implementar un sistema único de registro de familias beneficiarias actuales y potenciales de programas sociales estatales, para favorecer la gestión social, municipal y provincial.

 

OBJETIVOS ESPECIFICOS:

 

         Construir un sistema único de registro de familias beneficiarias actuales y potenciales de programas sociales estatales,

         Instrumentar el sistema en las distintas jurisdicciones que atienden la problemática social – salud, vivienda, educación, acción social,

         Monitorear situaciones críticas,      Planificar políticas sociales de la Provincia de La Pampa,

         Efectuar el seguimiento histórico de familias beneficiarias de programas sociales estatales,

         Determinar la población objetivo para las diferentes acciones de gobierno,

         Producir reportes y elaborar indicadores de evolución de la situación social,

         Facilitar a las familias beneficiarias el acceso a las prestaciones de otros programas sociales estatales,

         Georeferenciar y evaluar resultados de las políticas públicas,

         Obtener información permanente  desarro-llando investigaciones sobre pobreza, vulnerabilidad social, que posibilite planificar, evaluar y monitorear las políticas públicas provinciales

 

INSTRUMENTACION:

 

          Para tal fin, la Subsecretaría de Política Social, a través de la Dirección General de Planificación Social, dispone de un área técnica específica para el funcionamiento del sistema, que coordinará acciones con los diferentes sectores provinciales y jurisdicciones municipales. Este sistema, a su vez, se interrelaciona con el sistema de información, monitoreo y evaluación de Programas Estatales -SIEMPRO-, dependiente del ministerio nacional responsable de las políticas públicas sociales y con el de Identificación Nacional Tributaria y Social -SINTyS- formalizado por convenio de fecha 21 de agosto de 2002.

         El Gobierno Provincial prioriza la creación y organización de un sistema de información, cuya función estratégica es construir un registro de familias beneficiarias actuales y potenciales, ordenar la dimensión y monitoreo de los programas, a los fines de producir la creación de interrelaciones  operativas  que  permitan   evaluar  la  inversión   social realizada,  detectando  los cambios y las nuevas necesidades de la población.

      Este sistema es un instrumento técnico para favorecer la coordinación de los programas sociales estatales destinados a la población vulnerable, asegurando la disponibilidad de la información necesaria sobre la población atendida y las condiciones de operación de los programas sociales estatales.

    La Base de Datos de familias beneficiarias de programas sociales estatales consolida permanente-mente información actualizada sobre la oferta pública de programas destinados a la población en situación de vulnerabilidad. Entre otros usos, la misma permite conocer quiénes, dónde, con cuántos recursos y a través de que bienes y servicios las políticas públicas responden a las necesidades de la población focalizada.

            La Base de Datos de familias beneficiarias de programas sociales estatales es un canal de información formal y permanente entre los decisores políticos, ejecutores y beneficiarios de los programas, que será compartida a las distintas jurisdicciones, acompañada de asistencia técnica y capacitación para su operación y actualización. Los datos y la información producida debe ajustarse a requisitos de calidad, comparabilidad, validez, pertinencia y oportunidad. A estas exigencias, comunes a la producción de información, se agregan otros requerimientos necesarios como la cobertura y desagregación de la información a nivel local, requerimiento indispensable para la gestión de políticas selectivas y flujo permanente de información, con periodicidad adecuada.

           Con esta intención, se propone a los sectores provinciales y jurisdicciones municipales el uso de metodologías, instrumentos y técnicas de diagnóstico, gerenciamiento e intervención para eficientizar la asignación de recursos y mejorar la eficacia de las políticas sociales. Asimismo, el fortalecimiento institucional requiere incrementar la capacitación de los recursos humanos que constituyen el principal insumo para la gestión de las acciones públicas.

           Esta propuesta tiene como objetivo establecer un sistema de información permanente de la situación de pobreza y vulnerabilidad social, que permita mejorar la formulación de los programas existentes, identificar nuevas necesidades y focalizar las intervenciones en la búsqueda de una mayor eficiencia y eficacia en el uso de los recursos.

            Este sistema de información toma como unidades de análisis a los núcleos familiares. Tiene una desagregación mayor al concepto de relevamiento por hogar censal.

                  Se propone alentar un cambio en el modelo de gestión tradicional de las políticas sociales y  reemplazarlo por  una gestión basada en  resultados, en la que cada uno de los programas pueda definir la situación que enfrenta y adónde quiere llegar. Este nuevo modelo de gestión posibilitará saber qué se está haciendo y cómo se está haciendo, y a su vez, que el gobierno rinda cuentas a la sociedad sobre los resultados de su gestión.

 

EQUIPO TÉCNICO DE GESTIÓN:

 

El Equipo Técnico Provincial y Municipal que da origen a esta propuesta, acuerda establecer relaciones institucionales de efecto reticular, intervinculantes y retroalimentadas.

Los recursos humanos son fundamentales para darle vitalidad a un proceso de trabajo y en consecuencia, quienes han estado trabajando en él, son los que pueden decidir si esta creación puede concretarse.

Subsecretaría de Política Social,

Dirección General de Planificación -Organismo Ejecutor- representado por el funcionario a cargo y. técnicos del sector,

Ce.Si.Da: (Centro de Sistematización de Datos) representado por el Jefe del Área "Desarrollo" y técnicos del sector.

En caso de ausencia o imposibilidad, estos representantes podrán ser reemplazados por las personas que, cumpliendo el mismo tipo de función, cuenten con la anuencia de los titulares de los organismos de los que procedan.

Texto incorporado por Art. 2º del Decreto Nº 694-2012.

 

 

Texto Anterior dado por Decreto 550-2005.

EQUIPO TECNICO DE GESTION:

 

       El Equipo Técnico Provincial y Municipal que da origen a esta propuesta, acuerda establecer relaciones institucionales de efecto reticular, intervinculantes y retroalimentadas.

            Los recursos humanos son fundamentales para darle vitalidad a un proceso de trabajo y en consecuencia, quienes han estado trabajando en él, son los que pueden decidir si esta creación puede concretarse.

 

Subsecretaría de Política Social,

Dirección General de Planificación Social  -Organismo Ejecutor-

    Elvira Mata

    Laura Ramborger

    Natalia Diaz

    Carlos Tavella

 

Ce.Si.Da, (Centro de Sistematización de Datos)

                   Julio Fredes

                   Raúl Petrelli

 

En caso de ausencia o imposibilidad, estos representantes podrán ser reemplazados por las personas que, cumpliendo el mismo tipo de función, cuenten con la anuencia de los titulares de los organismos de los que procedan.

 

ORGANISMOS ACTUANTES:

 

IPAV (Instituto Provincial Autárquico de Vivienda)

Dirección General de Estadística y Censos,

Dirección de Asuntos Municipales,

Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Cultura y Educación,

Subsecretaría de Salud Integral,

Subsecretaría de Trabajo,

Dirección General del Registro  del Estado Civil y Capacidad de las Personas,

Municipios y Comisiones de Fomento de la Provincia de La Pampa, a través de las áreas de Acción Social Municipal.

Banco de La Pampa

 

Podrán incorporarse otros  organismos de  la Administración Pública  Provincial, Centralizada o Descentralizada, con los alcances y obligaciones que establece el presente Programa.

Todos los organismos mencionados integran el presente proyecto en virtud de que su competencia resulta compatible con los objetivos del mismo.

Los titulares de los precitados organismos deberán suscribir los pertinentes compromisos de confidencialidad.

 

MECANISMO DE EJECUCION:

 

Relevamiento:

Al tiempo de relevamiento los encuestadores informarán a  los encuestados  el objeto de la requisitoria, los objetivos del presente programa y la conformación del archivo cuyo titular es la Subsecretaría de Política Social de la Provincia de La Pampa. En dicho acto se le impondrá del carácter facultativo de la encuesta y  la posibilidad de acceder permanentemente al registro para corroborar sus datos y, en su defecto, realizar las rectificaciones o supresiones que estimen corresponder.

 

Se realizará de la siguiente forma:

                   Etapa 1: Año 2005

Se encuestará en base a los listados de beneficiarios existentes, simultáneamente en todas las jurisdicciones Municipales.

1.Programas de Seguridad Alimentaria (14.000 núcleos
   familiares)

2. Pensiones Graciables Provinciales

3. Plan de Empleo Provincial “Entre Nosotros”

 

                   Etapa 2: Año 2006

 

     Plan Jefas/es de Hogar Desocupadas/os

     Pensiones No Contributivas Nacionales

     Rucalhué y Planes de Vivienda

     Programa de Desarrollo Social Pro-Vida

 

                   Etapa 3: Año 2006

 

 Por la presentación espontáneade las familias-personas, en los  distintos servicios, la matriculación en las escuelas y en la atención de los Centros de Salud.

 

Muestras Ad Hoc para actualización permanente:

La veracidad de la información será convalidada a través de muestreos intencionales que permitan confirmar las situaciones sociales, y a su vez, evaluar los cambios que se produzcan.

 

Sistematización de la información:

El procesamiento de los datos se realiza para cada instancia de  relevamiento, con desagregación por localidad y pudiendo construir el índice de vulnerabilidad social, que jerarquiza la magnitud de los problemas y las necesidades de programación de soluciones.

 

Informe de Gestión de Resultados:

Los informes contienen diagnósticos de situación y el índice de vulnerabilidad social. También la relación de beneficiarios y prestaciones estatales, estimando el grado de cobertura existente.-

Los datos colectados podrán publicitarse y/o informarse únicamente como datos estadísticos

 

DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA BÁSICA DEL ARCHIVO

 

El sistema está estructurado alrededor de cada núcleo familiar. En función de esta definición hay un registro con todos los datos identificatorios del núcleo, otro para cada uno de los integrantes (donde constan todos los datos personales registrados en la encuesta) y un tercero con cada uno de los planes en los que el integrante del grupo está inserto. Cada grupo tiene un jefe (elegido al momento de la encuesta por el encuestado), a quien se le adjudican todas las acciones dirigidas al grupo. El sistema está soportado por el administrador de base de datos Progress) y tiene un conjunto de tablas de codificación complementarias generadas a partir de los sistemas de codificación habitualmente utilizados para este tipo de estadísticas (localidades, provincias, código postal, sexo, nacionalidad, etc)

 

Interacciones y cesiones:

 

El sistema tiene una base de datos principal, conceptualmente definida en el párrafo estructura, pero tiene interrelaciones varias con todos los organismos integrados al sistema. Está previsto recibir periódicamente las actualizaciones que cada uno de los organismos participantes administre y que sean afines al sistema. Estas no modificarán los datos de la encuesta, sino que operarán como archivos complementarios, generando alertas tanto para los encuestadores como para todos los otros participantes que pudieren haber sido afectados por los nuevos datos. Pilquen no será un sistema para intercambio de datos, puesto que solo brindará información en tres formas:

         a) Por medio de informes: que serán consensuados entre el solicitante y el titular del archivo y luego enviados a Ce.Si.Da. para su desarrollo, quedando para dicho titular la responsabilidad de la aprobación, ordenando su procesamiento por única vez o con la periodicidad que considere conveniente. Ce.Si.Da. será el responsable del procesamiento y entregará los informes a dicho titular.

 

         b) Por medio de consultas: El solicitante requiere el acceso a determinados datos. Una vez consensuado con el titular del archivo, se solicitará a Ce.Si.Da. la generación de una aplicación que resuelva
el requerimiento. Una vez desarrollado, el titular del archivo  aprueba y la funcionalidad queda operativa para aquellos autorizados a accederla.

 

         c) Por medio de alertas: Se denominan alertas a las informaciones que generará el sistema para permitir a los distintos usuarios conocer novedades que pueden ser de su interés para actualizar sus propios sistemas. Con la periodicidad que se convenga, Ce.Si.Da. o el titular del archivo efectuarán corridas sobre las bases de datos y generarán el alerta, que quedará accesible al usuario que la deba administrar (una novedad podría generar múltiples alertas, como por ejemplo un fallecimiento).

 

Limitaciones de acceso:

 

Como forma de proteger la intimidad de las personas y su privacidad, el sistema tendrá limitaciones en el acceso a la información y estará protegido por  convenios de confidencialidad. Cada encuestador tendrá sólo acceso al subconjunto de datos de la(s) localidad(es) sobre la(s) que es responsable. Solamente el Equipo Técnico de Gestión precitado  tendrá acceso a la totalidad de las encuestas. Todo otro organismo que requiera datos, podrá acceder con las  limitaciones que establece el presente Programa y las que determine el Titular del archivo.

 

Usuarios:

 

La asignación de responsabilidades y acceso a los datos se hará en base a la identificación de usuarios que administra el sistema. Será responsabilidad del Titular del archivo definir (con el aval de cada uno de los intendentes municipales cuando así correspondiere) nuevos usuarios y asignarle el perfil correspondiente, utilizando funcionalidades de administración reservadas a sus usuarios maestros. Cada una de las transacciones que se realicen identificará al usuario que la generó no admitiéndose la existencia de usuarios grupales. La contraseña del usuario será generada por él y no podrá ser accedida ni modificada por ningún otro participante. La pérdida de la clave hará necesaria la redefinición del usuario, quedando constancia informática de tal actividad.

 

TITULAR RESPONSABLE DEL  ARCHIVO:

 

Desígnase como responsable del tratamiento de los datos colectados y titular del respectivo archivo a la Subsecretaría de Política Social.

 

NATURALEZA Y CATEGORÍA DE LOS DATOS A REGISTRAR

 

Se colectarán los datos personales en los términos del art. 2 apartado 1 de la Ley 25.326 de los destinatarios de Programas Sociales y aquellos atienentes a determinar la situación socioeconómica que, además del apellido, nombre y número de documento nacional de identidad, fecha de nacimiento, edad, consisten en estado civil, y los atinentes a situación laboral, educativa, sanitaria,  edilicia y asistencial.

 

PLAZO DE CADUCIDAD DE LOS DATOS

 

El archivo que se crea por el presente programa tendrá la vigencia de los programas sociales cuyos beneficiarios se relevan y por el tiempo que resulte conducente a los fines axpuestos, pero los datos colectados deberán ser cotejados permanentemente.

La ausencia de cotejo por el plazo de 2 (dos) años determinará la caducidad automática del mismo, que permanecerá en la base al sólo efecto de constituir el historial de la asistencia  brindada .

 

MECANISMO DE ACCESO POR LOS TITULARES DE LOS DATOS

 

Los titulares de los datos podrán cotejar la exactitud de los mismos y en su defecto solicitar las respectivas rectificaciones y/o supresiones ante las autoridades municipales que integren el programa y/o ante la Subsecretaría de Política Social cita en planta baja de Casa de Gobierno.

En todos los casos se dejará constancia de la solicitud efectuada y del acceso brindado.

 

CUESTIONES NO PREVISTAS

En todo lo no previsto en el presente Programa, resultarán de aplicación las disposiciones de orden público de la Ley Nº 25.326, quedando facultada la Subsecretaría de Política Social para dictar los actos administrativos que resulten pertinentes.

 

CONVENIO DE EJECUCIÓN DEL SISTEMA PILQUEN          

 

En la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los ..... días del mes de ..... del año 2005 entre el MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL, representado por la Subsecretaría de Política Social a través de su titular señor Sergio ZILIOTTO, con domicilio en Centro Cívico -Planta Baja- de Santa Rosa, en adelante LA SUBSECRETARIA, por una parte; y por la otra la Municipalidad de ..................., representada por su titular Señor ......................, con domicilio en ........................ de esa localidad, en adelante EL MUNICIPIO se conviene en celebrar el presente Convenio, en función de la ejecución del Sistema Pilquen, implementado según Expte N° 11325/04 por Decreto N°          /05, sujeto a las siguientes cláusulas:------------------------------------------

PRIMERA: EL MUNICIPIO adhiere la implementación del Sistema Provincial de Registro de Familias Beneficiarias Actuales y Potenciales de Programas Sociales Estatales “Pilquen”, que permitirá la detección, priorización y registro de las familias beneficiarias y aspirantes de programas sociales para facilitar su atención a través de las intervenciones sociales desde una perspectiva integral, familiar y territorial.------------------------------------------------------

SEGUNDA: El MUNICIPIO manifiesta su voluntad de ejecutar el Sistema Pilquen, con miras a administrar su uso y gerenciar la aplicación de esta herramienta, para el diagnóstico socioeconómico preciso de grupos poblacionales, permitiendo una efectiva selección técnica, objetiva, equitativa y transparente de los beneficiarios de programas sociales.-----------------------

TERCERO: El MUNICIPIO, se compromete a aplicar este sistema de información, como un instrumento idóneo de registro y gestión de demanda social y oferta de programas sociales.—-------------------

CUARTA: El MUNICIPIO inicia la implementación del Sistema PILQUEN, mediante el relevamiento de los núcleos familiares de los siguientes programas sociales: Entre Nosotros, Pensiones Provinciales, Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, incorporando en sucesivas etapas los demás programas sociales estatales.--------------------------------------------------------

QUINTA: EL MUNICIPIO y LA SUBSECRETARIA se comprometen a mantener la información de las familias con carácter confidencial, siendo necesario que se realicen los esfuerzos para salvaguardar los derechos de secreto institucional de la acción pública social, a tal fin cada una de las personas que participen deberán firmar el Convenio de Confidencialidad aprobado por el Anexo III del Decreto Nº                                .---------------------

SEXTA: El MUNICIPIO se compromete a limitar la información confidencial a aquellos empleados que intervengan en los propósitos mencionados precedentemente, y que hayan recibido la capacitación  y  asistencia  técnica de la Dirección General de Planificación Social dependiente de la Subsecretaría de Política Social.------------------------------------------------

SÉPTIMA: El MUNICIPIO conformará el equipo de trabajo –coordinador, encuestadores y data entry- de acuerdo a los requisitos enunciados en la Estructura Operativa del Proyecto y firmará los Convenios de Confidencialidad con los responsables para garantizar la seguridad de la información. Las pautas para dotar de seguridad a la información obran en el  Anexo I del Decreto Nº ....................                     ---------------------

OCTAVA. El MUNICIPIO y LA SUBSECRETARIA tendrán facultades para sistematizar la información del Sistema Pilquen y producir informes que reflejen la realidad familiar relevada, la cual tendrá que contar con el aval y autorización del responsable municipal y/o provincial para su difusión y posible publicación de los datos de manera tal que la información obtenida no pueda asociarse a persona determinada o determinable tal como lo establece el artículo 2º de la Ley Nº 25.326)

NOVENA: El Sistema “Pilquen” tendrá que actualizarse a través de la inscripción de beneficiarios de programas estatales y deberá registrar los cambios de los núcleos familiares de manera permanente. -------

DECIMA:  LA SUBSECRETARIA ejercerá control y supervisión para que el Sistema Pilquen se aplique y se utilice de acuerdo con las normas y criterios establecidos.---------------------------------------------------

Previa lectura y ratificación en el lugar y fecha arriba mencionada, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha precitados. --------------------------------------------------------------------

 

..................................       ................................   Intendente Municipal                      Subsecretario de

                                          Política Social     

CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD

 

 

------LA SUBSECRETARIA DE POLÍTICA SOCIAL dependiente del MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL a través de la  DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN SOCIAL, organismo ejecutor del SISTEMA PILQUEN, según lo dispuesto en Decreto         /05, en adelante LA DIRECTORA, representado en este acto por  la Licenciada Elvira Luisa MATA – DNI-.................-, por una parte, y el Sr/a.................................... –DNI ...................................., responsable de Acción Social de la localidad de .......................por la otra parte, en adelante EL RESPONSABLE celebran el presente convenio de confidencialidad, el que se regirá por las cláusulas siguientes:-

 

PRIMERA: Las partes acuerdan otorgar a todos los datos referidos a personas físicas o jurídicas, ya sea que consten informes, formularios, documentación, publicaciones, estudios o en cualquier otro tipo de información, impresos en papel u obrantes en medios electrónicos o magnéticos, discos, ópticos, microfilmes, películas u otros medios similares a los cuales EL RESPONSABLE tenga o pudiera llegar a tener acceso, el carácter de CONFIDENCIAL, por lo que está obligado a guardar SECRETO PROFESIONAL, del que sólo podrá ser relevado por expresa autorización de LA DIRECTORAsólo en lo referente a los procesos internos  o cualquier otra información  que no se refiera a personas determinadas o determinables, o por  resolución judicial, y/o por mediar fundadas razones relativas a la seguridad pública, la defensa nacional o la salud pública. Además, EL RESPONSABLE se compromete a no utilizar los datos, a los que tenga acceso, en beneficio propio, de familiares o terceros en general, ni utilizarlos con finalidades distintas o incompatibles con aquellas que motivaron su obtención.------------------------------------------------------

SEGUNDA: EL RESPONSABLE se compromete en forma personal, a adoptar las medidas técnicas, administrativas u organizativas que individualmente pudieran corresponderle, para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales, y evitar de ese modo su adulteración, pérdida, consulta o tratamiento no autorizado. Esta medida conlleva la responsabilidad de formalizar todos los convenios de confidencialidad que deba realizar con el equipo de trabajo local.----------------

TERCERA: La violación por parte de EL RESPONSABLE del secreto profesional especificado en la cláusula  PRIMERA u omisión en la toma de las medidas previstas en la cláusula SEGUNDA, lo hará pasible de las sanciones previstas en la Ley Nº 25.326 de protección de los Datos Personales, y su Decreto Reglamentario; sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiera corresponder.---------------------------- CUARTA: La obligación de EL RESPONSABLE a que se refiere el artículo anterior seguirá vigente aún después de la finalización de la relación  que   lo rige con LA DIRECTORA, sólo puede ser relevado por las causales previstas en la cláusula  PRIMERA,  asumiendo  a  su  cargo  EL RESPONSABLE  los

daños y perjuicios que pudiera irrogar la violación de dicha obligación. El transcurso del tiempo desde que se interrumpa la relación que lo vincula con

LA DIRECTORA, no es causal de relevamiento de la obligación de guardar secreto profesional.---------------- QUINTA: El presente convenio de confidencialidad se celebra en cumplimiento de lo establecido en el artículo séptimo del CONVENIO oportunamente firmado entre el Ministerio De Bienestar Social de la Provincia de La Pampa y la Municipalidad de ............... el día ........................- ---------------------------

 

En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un solo tenor y al mismo efecto, en Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los ................... días del mes de ................. de  ..... .........----------------------------

-------------------------                    ----------------------

EL RESPONSABLE                   LA DIRECTORA